German Suárez, juez y parte en el concurso de desguace de 2006 en La Luz

Germán Suárez

Iván Suárez

Juez y parte en un concurso de Puertos. Germán Suárez, presidente del Círculo de Empresarios de Las Palmas, ocupó su asiento en el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de la provincia oriental el 21 de diciembre de 2006 y votó a favor de la propuesta de la mesa de adjudicación para otorgar la explotación de una planta de desguace de barcos en la zona de servicios del Puerto de La Luz y de Las Palmas a Astilleros Canarios (Astican), compañía de la que era socio propietario y que preside en la actualidad.

Una concesión que, sin embargo, nunca llegó a ejecutar y que, además, concluyó en la vía judicial con una dura sentencia del Tribunal Supremo que obligaba a retrotraer las actuaciones administrativas al momento anterior de la adjudicación. Esta resolución, fechada en febrero de 2013, anulaba un fallo anterior de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) estimando el recurso de casación interpuesto por Vivatell SL, una de las empresas que concurrieron al concurso.

Para los magistrados de la Sala Tercera del Supremo, era “evidente” el deber de abstención de Germán Suárez en la votación. La sentencia acredita además que su actuación fue más allá de su presencia y voto en el Consejo de Administración, ya que el propietario de Astican participó en la redacción de las bases del concurso y en su adjudicación. Por ello, la Sala concluye que esta “gravísima irregularidad” debió considerarse como “vicio invalidante del acto, pues afecta al interés público general y a la transparencia que en materia de contratación administrativa y de decisión de gasto público ha de presidir la actuación de los poderes públicos”.

El TSJC había desestimado en mayo de 2009 el recurso presentado por la empresa Vivatell al considerar que la intervención de Germán Suárez en el Consejo de Administración, a pesar de ser “improcedente”, no era causa suficiente para anular el concurso porque el acuerdo del Consejo, entonces presidido por Emilio Mayoral, “se adoptó por unanimidad, sin suscitar ningún debate”, limitándose este órgano a asumir en su integridad la propuesta de la mesa de adjudicación. Añadía la Sala del TSJC que la empresa recurrente no promovió la recusación de Suárez durante la tramitación del procedimiento.

El Supremo rebate estos argumentos y precisa que, si bien es cierto que la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa no establece que la falta de abstención sea necesariamente motivo de invalidez, los casos deben ser examinados de manera singular. En el analizado, “no cabe duda que la intervención en la deliberación de las bases y la adjudicación del contrato por quien tenía una incompatibilidad evidente vicia el acto administrativo, aun cuando el acuerdo fuera por unanimidad y descontada la intervención de quien debió abstenerse pudiera haberse llegado al mismo resultado”.

Tampoco considera justificativo el hecho de que Vivatell no presentara la recusación, pues “es evidente que la puede hacer en cualquier momento” y que esta empresa ya denunció los hechos en el recurso de reposición que interpuso en su momento.

Por estas razones, el Supremo decide devolver las actuaciones al momento anterior al que se produjo el vicio procedimental, esto es, la adjudicación por parte del Consejo de Administración del concurso para la explotación de la planta de desguace. Sin embargo, desestima el resto de peticiones que había incluido la empresa recurrente para que se valorara adecuadamente su proposición económica, se le adjudicase el concurso y se estableciera una indemnización. Tampoco impone el pago de las costas procesales a la Autoridad Portuaria.

Hasta la fecha, Vivatell no ha instado la ejecución de la sentencia del Supremo, según han confirmado a este periódico fuentes portuarias.

Segunda victoria de Vivatell

La empresa Vivatell fue la adjudicataria del concurso de 2001 para el desguace de buques abandonados en el dique Reina Sofía, el mismo en el que, desde hace dos semanas, Logiscrap, la última concesionaria, construye la terminal de chatarra.

El propietario de Vivatell, Alberto Larriba, llevó a la Autoridad Portuaria a los juzgados en 2004 por no haberle otorgado la concesión administrativa de 35 años que había solicitado tras la explotación temporal para trabajar en sus instalaciones.

Larriba denunció entonces que Puertos prefería vender los barcos a empresas de desguace extranjeras a otorgárselos a la empresa que ganó el concurso. En aquella ocasión, Vivatell también ganó el pleito, primero en el TSJC y después en el Supremo. Sin embargo, Javier Sánchez Simón, entonces presidente de la Autoridad Portuaria, ofreció una concesión en unas condiciones que no se ajustaban a la sentencia, según denunció en su momento la empresa, que inició otro procedimiento de reclamación patrimonial, aún pendiente de resolución.

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