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Medicina Legal comprobará si el tratamiento le causa a Andrea “sufrimiento desmesurado”

Los padres de Andrea, en el hospital / Sara Torreiro

David Lombao

El Instituto de Medicina Legal de Galicia tiene la palabra. La salida a la luz pública de la petición de muerte digna para Andrea, la niña de 12 años ingresada en el Clínico de Santiago por el agravamiento de su enfermedad neurodegenerativa, apoyada por el Comité de Ética Asistencial pero negada por los responsables hospitalarios, acaba de propiciar un nuevo movimiento judicial. Después de que la Gerencia del Complejo Hospitalario de Santiago (CHUS) se haya dirigido al juzgado para “orientar” las decisiones médicas y haya esgrimido un auto judicial del pasado julio para negarse a atender la petición familiar, el juez Roberto Soto ha emitido una providencia en la que le encomienda al IMELGA determinar si el estado de Andrea es terminal y si el tratamiento le está produciendo “sufrimiento desmesurado”

Este mismo viernes el hospital tendrá que aportar al magistrado el historial clínico “completo” de la paciente, así como el informe del Comité de Ética Asistencial que el pasado 14 de septiembre apoyó la petición de muerte digna. Reclama, además, un informe “actualizado y exhaustivo” del Servicio de Pediatría en el que el hospital “especificique, al menos, los concretos criterios clínicos” por los que “estima que la paciente no se encuentra en situación terminal ni concurre situación de dolor y/o sufrimiento desmesurados”, como indica la familia.

Más allá de la versión hospitalaria, el juzgado se dirige de oficio al IMELGA para solicitar que, también este viernes, se le realice a Andrea un “reconocimiento judicial y forense”, en el propio hospital y a puerta cerrada. Ese reconocimiento, indica, tendrá que servir para determinar si “se trata de una paciente con enfermedad irreversible incurable y en estado terminal” y, además, para evaluar el “procedimiento pautado por el servicio de pediatría”. Concretamente, Medicina Legal indicará si la hidratación y alimentación artificiales son un tratamiento “extraordinario o desproporcionado a las perspectivas de mejora de la paciente” y si “produce dolor o sufrimiento desmesurado”.

Se trata, indica el juez, de conocer con certeza si “las medidas de soporte vital pautadas conducen a una prolongación innecesaria de la agonía de la paciente y/o la mantienen con vida en forma penosa, gravosa y artificial”. En cuanto estas pruebas sean practicadas el juez recibirá los padres de Andrea para escuchar su visión de lo que está sucediendo.

El auto de julio remité al Comité de Ética

Esta providencia llega en medio de un maremagnum de declaraciones en las que tanto la Gerencia del CHUS como la conselleira de Sanidade y el propio presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, aluden al auto judicial de julio para afirmar que el actual procedimiento es el correcto. Ante esta coyuntura este viernes ha sido el propio juzgado el que ha hecho público ese auto en el que, como informó este diario, el juez avala el proceder de los médicos, pero también se remite al informe del Comité de Ética -que se emitió en septiembre- para advertir de la posibilidad de introducir cambios.

En ese procedimiento, que el magistrado enmarca en una “crisis emocional familiar absolutamente comprensible”, el juzgado autorizó “el tratamiento pautado por considerarlo adecuado al interés de la niña”, si bien introduce matices que no son menores. “El pediatra -evidencia- ha solicitado informe del comité ético (...) que puede dar lugar a la modificación del criterio médico actual”, indica. Además, resalta, el tratamiento debe tener como objetivo “disminuir en mayor grado posible el sufrimiento, respetando su dignidad personal en el desarrollo de su enfermedad”.

En el propio auto se advertía además de que la autorización para aplicar las pautas propuestas desde el hospital “no obsta la autonomía de los médicos” para, “con la familia y de conformidad con el marco legal”, y atendiendo a la aplicación de la ley en este caso concreto, “aplicar las soluciones terapéuticas adecuadas al estado y progresión de la paciente”. Todo esto, advertía, “teniendo en cuenta también las consideraciones del Comité Ético”, cuyo informe, al no ser vinculante, el hospital decidió no atender.

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