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Bankia gana el juicio por su salida a Bolsa a Iberdrola, porque tenía más información que los particulares

El juez desestima la demanda de Iberdrola contra Bankia por su salida a Bolsa

Economía

El Juzgado de Primera Instancia 89 de Madrid diferencia el caso de Iberdrola del de los inversores particulares a los que el Tribunal Supremo obligó a devolver el dinero de la salida a bolsa de la entidad. Según el fallo, que previsiblemente será recurrido, la empresa energética pudo tener indicios del riesgo de su inversión cuando unos días antes de la operación las agencias de rating Moody's y Fitch rebajaron la calificación crediticia del banco, informa EP.

Señala que en este proceso “toda la prueba ha redundado en que Iberdrola no supo de Bankia nada distinto de lo que ella misma inscribió en el Registro Mercantil y después publicó en su folleto” a la hora de decidir acudir a la Oferta Pública de Suscripción (OPS) de acciones lanzada por la entidad en 2011.

En su decisión, el juez se basa en la sentencia del Tribunal Supremo, que en 2016 ya consideró que las cuentas de la entidad financiera no reflejaban la realidad en su salida a Bolsa, lo que obligó a Bankia a devolver el dinero a los inversores particulares. Sin embargo, diferencia el caso de Iberdrola.

El juez señala que la energética sí que tuvo conocimiento de lo que califica de 'acceso a otro tipo de información complementaria', ya que, indica, ninguna de las dos rebajas de rating fue conocida por los inversores minoristas.

Así, destaca que aunque esta comunicación de rebaja de la calificación de Bankia se hizo a través de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), no resultaba factible para los inversores minoristas consultar toda la información pública remitida al regulador, mientras que, en el caso de Iberdrola “contó con dos avisadores de inseguridad e incertidumbre” de Bankia, pese a lo cual, días después decidió adquirir acciones por valor de casi 70 millones de euros.

Solo uno de los testigos de Iberdrola dijo que la decisión se había basado en la contabilidad de Bankia. Pero en su dossier de inversión se hablaba de operación de carácter sistémico, porque si la colocación tiene éxito se reducirán los costes de financiación de empresas como Iberdrola, y se decía que la operación podía ser rentable a medio plazo porque se entraba con un descuento elevado sobre el valor en libros, entre otros detalles. Por tanto, la contabilidad no sería la causa principal de la inversión, sino la posible rentabilidad de la inversión.

El testigo reconoció que pensaron que la compra salía barata y que en cinco años duplicarían beneficios.

De esta manera, el juez desestima la demanda presentada por la compañía para recuperar los 12 millones de euros que perdió por su inversión en la salida a Bolsa de Bankia y le condena a pagar las costas del juicio. Cabe recordar que la entidad pertenece en un 66% al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), con lo que esta decisión judicial podría redundar en una mayor recuperación de fondos públicos.

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