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Cuando el diablo no sabe qué hacer...

La Audiencia Nacional condena a 3 años y medio de cárcel al rapero Valtonyc por su canción sobre el rey Juan Carlos

Elisa Beni

Esta semana en la Audiencia Nacional han tenido lugar siete juicios por enaltecimiento del terrorismo relacionados directamente con expresiones a través de las redes sociales en las que se colisiona frontalmente con la concepción de la libertad de expresión. Siete. De hecho una tercera parte de las causas que la Fiscalía de la Audiencia Nacional maneja están relacionadas con ese tipo de delitos que se mueven en la peligrosa franja de la represión.

El riesgo que supone esta expansión del Derecho Penal, hacia áreas que precisan de un forzamiento de la interpretación y de una aplicación tan extensiva como la recogida en la reforma de 2015 del Código Penal, nos ha vuelto a asaltar esta semana con el asunto del bus de HazteOír, con las investigaciones por un carnaval y otras tantas. Mientras, en la culata de la Nacional han aparecido las muescas de haber mantenido en prisión preventiva como terroristas peligrosos a los titiriteros -en un asunto que acabó archivado-, la asunción del asunto de Alsasua como un delito de terrorismo con privación de libertad incluida -forzando la interpretación por parte de la fiscalía y de una juez sin experiencia en terrorismo- y ahora los juicios contra la tuitera que repitió antiguos chistes sobre el magnicidio del número dos de la dictadura y otros.

Cuando el diablo no sabe qué hacer, con el rabo se espanta las moscas.

Tal vez tras cuarenta años a sus espaldas, se imponga ahora una reflexión sobre el papel de la Audiencia Nacional en nuestro ordenamiento jurídico. Aun reconociendo su rol en la lucha contra el terrorismo de ETA, aun admitiendo que no era posible enjuiciar estos delitos en el territorio de referencia, nos encontramos ahora ante un tribunal que parece navegar en busca de contenido. La amenaza del terrorismo yihadista es una realidad, que podría juzgarse en los tribunales ordinarios, aunque debemos alegar la especialización de la AN. Ese, desde luego, es un punto para sumarle a sus competencias en materia de cooperación internacional o crimen organizado. A fin de de cuentas ya fue aligerada del “peligro” que su utilización de la jurisdicción universal podía tener para el poder.

No obstante, hay otras sombras que es preciso introducir en el balance.

La para muchos indomable Audiencia Nacional, que atemorizaba por igual a la casta y a los terroristas, ha sido convenientemente domesticada. Este ha sido el empeño de los últimos gobiernos, de diverso signo, que han ido modificando las normas y las personas para asegurarse el resultado. Algo que ya latía desde su constitución . No olvidemos que se trata del único tribunal español que tiene un presidente que por Ley no ejerce jurisdicción. No es que sea descargado del trabajo jurisdiccional para que ejerza el de presidente sino que no puede ni juzgar ni ejecutar lo juzgado. Ello es debido a que el presidente de la AN fue concebido siempre como un enlace directo con el poder político. No es un secreto que entre sus funciones está la de despachar en Moncloa con el presidente del Gobierno. Incomprensible pero legal.

La domesticación ha pasado por alejar a los jueces incómodos. A unos los acecharon hasta pillarlos en falta para echarlos. A otros los desalojaron mediante puestos golosos y bien remunerados que han dejado o dejarán temporalmente vacantes juzgados que ya no se cubren por antigüedad, lo que deja espacio a la designación de sus sustitutos. Ha incluido la novedad de que el presidente de su todopoderosa Sala de lo Penal simultanee su cargo con el de vocal del CGPJ designado por políticos para hacer política judicial. Inaceptable. O que su fiscal jefe haya sido relevado para colocar en su lugar a uno más afín al gobierno aunque sin olvidar que el anterior se movió en sus últimos tiempos apoyando las acusaciones por los delitos que antes mencionábamos. Quizá para intentar conseguir su renovación en el cargo por el PP.

La Audiencia Nacional tiene grandes luces y permite proteger de forma eficaz a jueces y fiscales -para evitar asaltos y problemas como los de Murcia- para volverlos más independientes e invulnerables. A la par, tiene una vis atractiva de algunas personalidades peculiares que buscan visibilidad o poder pidiendo ser destinados a ella. Es más incluso diría que tiene una cierta capacidad de alterar a la larga las personalidades de algunos de sus integrantes. Un poder tan concentrado y tan visible, choca constantemente con el deseo del poder político y económico por atemperarlo. No estaría de más reflexionar sobre si la dispersión de determinados casos por los tribunales de la jurisdicción ordinaria no impediría actualmente de forma más efectiva la presión que se pudiera ejercer sobre ellos.

No estoy abogando taxativamente por la desaparición de este peculiar tribunal pero es evidente que hay algunas reflexiones que hacer sobre su futuro. Lo que no puede suceder es que vaciado, afortunadamente, de gran parte de su carga de trabajo por el fin del terrorismo etarra (y del de GRAPO y todas las demás organizaciones nacionales), su horizonte pase por el forzamiento de los delitos de enaltecimiento o humillación de las víctimas u otros con fuerte componente de opinión para convertirse en aquello de lo que le acusaban: heredero del Tribunal de Orden Público. Yo se que no fue así y que todas las competencias del TOP y sus expedientes pasaron a la Audiencia de Madrid pero no me gustaría ver cómo a estas alturas le dan la razón a sus críticos.

Camino llevan.

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