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Asfaltar una carretera durante 13 horas a 41ºC: la Fiscalía pide tres años de cárcel por una muerte en el tajo

Minuto de silencio en la puerta del Ayuntamento de Sevilla tras la muerte de Rafael Luque

Javier Ramajo

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Rafael Luque dejó mujer y tres hijos de 26, 18 y 18 años cuando murió el 12 de julio de 2017 en el punto kilométrico 9 de la carretera A-406 que discurre entre las poblaciones de Moron de la Frontera y El Saucejo. Realizaba tareas de asfaltado. Eran las 21.00 horas de aquella tarde de pleno verano en la campiña de la Sierra Sur. Había temperaturas de hasta 41 grados centígrados previstas para ese día entre las 12.00 y las 20.00 horas, es decir, un nivel de alarma naranja. Llevaba 13 horas trabajando cuando empezó a sentirse mal. Él y la cuadrilla habían hecho una sola parada para almorzar en una venta cercana. La obra no tenía carácter urgente o de emergencia. En el día del accidente no había coordinador que se encargara de la seguridad y salud de la obra ni se estaba cumpliendo el horario laboral del convenio del sector de la construcción de Sevilla de julio y agosto, de siete horas efectivas al día, entre 7.30 y 14.30, incluyendo los 15 minutos de descanso para el bocadillo. Por todas esas circunstancias, la Fiscalía pide tres años de cárcel para cada uno de los cuatro acusados por delitos contra los derechos de los trabajadores de los artículos 316 y 318 del Código Penal. El juicio aún no está señalado pero en el banquillo se sentarán el administrador único de la empresa encargada de la obra, el jefe de obra y autor del plan de prevenciones, el director técnico de la empresa y otro empleado que tenía asignadas las obligaciones de vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas.

Luque, de 54 años, tenía la categoría profesional de conductor de camión aun cuando también parece que desempeñaba en ocasiones el puesto de conductor de maquinaria (conductor de barredora de asfalto). Poco antes de morir, según el relato del fiscal, “estaba con una pala dándole al borde de la tolva con la maquina”. Finalizada esa labor “se sentó en el suelo, tuvo convulsiones y perdió el conocimiento”, encontrando la muerte del mismo “por un fallo multiorgánico debido a un golpe de calor”. El fiscal apunta, entre otras muchas cuestiones, que “la extensión del asfalto y en verano la temperatura de este podía alcanzar 140 a 150 grados centígrados”. Él, al parecer como peón de asfalto, estaba ese día encargado de igualar con un cepillo las dos capas de aglomerado asfáltico que se habían extendido en los dos sentidos de la calzada“. Las obras en la que participaba Rafael presuntamente se realizaban para que la carretera estuviera en el estado correcto para que por ella discurriera una etapa de la 72ª edición de la Vuelta Ciclista a España, en concreto el día 1 de septiembre de 2017. ”En los partes diarios de trabajo de la obra los días 11 y 12 de julio consta que el fallecido trabajó doce horas diarias“, resalta el fiscal.

“Todos los trabajadores estuvieron en una situación de riesgo potencial por las condiciones de trabajo para su integridad física y salud”, destaca el fiscal. Según su relato del caso, donde ejerce la acusación popular el sindicato CCOO, los partes de trabajo del día en que murió el trabajador no recogen las horas de inicio y finalización pero “consta acreditado que se comenzó a trabajar en torno a las 8.00 horas hasta las 15.00 y desde las 17.00 horas hasta el momento del accidente, si bien finalizaron después de las 20.00 horas”. Para la Fiscalía, “no consta acreditado” que hubiera un acuerdo previo entre la empresa y los trabajadores para la continuación del trabajo durante la jornada fuera del horario del convenio citado anteriormente. “La cuadrilla paró de trabajar y acudieron a almorzar a una venta cercana, almuerzo que duró poco más de una hora, aun cuando no consta que la pausa del almuerzo tuviera un tiempo determinado por la empresa”, dice el escrito al que ha tenido acceso elDiario.es Andalucía.

Sin coordinador de seguridad

Construcciones Maygar S.L. había suscribió un contrato con la Junta de Andalucía en julio de 2014 para la prestación del servicio de mantenimiento de firmes en la red de carreteras de Andalucía en Sevilla, que fue prorrogado posteriormente hasta julio de 2018. Antes, en 2015, la Junta formalizó en 2015 un contrato de servicios con otra empresa, Ingeniería Atecsur S.L., para la coordinación de seguridad y salud en las obras de la red de carreteras autonómicas. Es decir, la dirección técnica de las obras como en la que trabajaba Rafael y la coordinación de seguridad y salud de las mismas dependían de dos departamentos administrativos diferente de la Consejería de Vivienda y Fomento. El 25 de octubre de 2016 fue la última visita que se hizo a la obra por un coordinador de seguridad y salud.

El fiscal se detiene en otro aspecto relacionado con esto. Un mes antes del accidente, el coordinador de seguridad y salud durante la fase de ejecución de las obras comunicó a su empresa, Atecsur, que al finalizar la jornada laboral del 26 de junio causaría baja voluntaria en su puesto de trabajo. “No fue hasta el día 18 de julio de 2017 [seis días después del accidente laboral] cuando se comunicó a la Dirección General de la Junta de Andalucía el cambio de coordinador de seguridad y salud”, señala Fiscalía, que, con base a ello, apunta que “en el día del accidente no había coordinador que se encargara de la seguridad y salud de la obra”, “ni consta que previamente por parte de Atecsur se hubiera comunicado a la autoridad administrativa la baja del anterior”.

Recuerda el fiscal que, según el contrato para la ejecución de obras, se establecía una distinción entre obras urgentes y programadas. Las primeras serían aquellas actuaciones que debían realizarse inmediatamente a la detección de su necesidad: reparación de baches o deformaciones producidas en la calzada sea cual sea su causa y que su existencia entrañe un peligro para la seguridad vial, criterio de peligrosidad vial según la Administración. Las obras en las que murió el trabajador consistían en la corrección de deformaciones de rasantes mediante extendido de zahorra artificial y ejecución de mezcla bituminosa en caliente para rodadura. “De lo actuado no se desprende que la obra tuviera carácter urgente o de emergencia”, dice el fiscal. En esa carretera, y para otros tramos, se había solicitado permiso a la Jefatura Provincial de Trafico para realizar trabajos de mantenimiento por un modelo normalizado y a continuación se recibía la autorización por parte de esta.

CCOO: “Es fundamental revertir la falta de inversión en prevención de riesgos laborales”

El trabajador fallecido inició su relación laboral con la empresa Construcciones Maygar por contrato para obra o servicio determinado en octubre de 2016 'conductor-asfalto/maquinista operario asfalto/conductor asalariado de camiones' para una obra de conservación en Benaoján (Málaga) pero el día en que se produjo su muerte no prestaba servicios como conductor de vehículo alguno. No lo realizaba prácticamente desde que fue contratado, habiendo realizado funciones propias de un oficial de segunda. Fue declarado apto por la empresa por tiempo de un año hasta el próximo examen medico, que se preveía para octubre. “No consta previa en el trabajador fallecido ninguna patología previa que lo hiciera más sensible al trabajo con altas temperaturas”, dice el fiscal.

CCOO, que ejerce la acusación popular en los casos de muertes en el tajo en Sevilla, no sólo en este, señala que “casi cinco años después, seguimos asistiendo a diario a incumplimientos por parte de empresas que juegan con la vida de sus trabajadores y trabajadoras solo para maximizar beneficios”, apunta en declaraciones a este periódico de Pepa Cuaresma, secretaria de Organización de CCOO de Sevilla.

Según la dirigente sindical, “en Sevilla, durante 2021, hemos tenido que lamentar la friolera de 64 accidentes laborales diarios y una muerte en el trabajo cada diez días y medio”. “Es fundamental revertir la falta de inversión en prevención de riesgos laborales y en formación por parte de los empresarios, así como dotar de más recursos a la Inspección de Trabajo para dotarla de más capacidad de vigilancia y control ante las empresas que incumplen sistemáticamente las medidas de salud laboral”, considera.

Fuentes de la empresa Construcciones Maygar indican escuetamente a elDiario.es Andalucía que la familia de Rafael Luque “ha retirado la acusación” durante la instrucción de la causa, si bien no se quiere hacer declaraciones respecto a las circunstancias que rodearon a la muerte de uno de sus trabajadores. “Somos una empresa muy pequeña, a los trabajadores los consideramos como parte de la familia y todo esto nos ha afectado bastante”, comentan desde Construcciones Maygar.

Las obligaciones de los acusados

En el Plan de Prevención de Riesgos Laborales –que recoge el fiscal para la obra de Morón de la Frontera en la que murió Rafael Luque– se preveían los correspondientes a los trabajos en condiciones extremas de calor, estableciendo para aquellos trabajadores que van a ejecutar labores de forma manual, y que pueden verse expuestos a altas temperaturas que “se adoptarán medidas organizativas para evitar que la realización de trabajos pesados en las horas de más calor, llegándose a suspender los trabajos si a juicio de los propios trabajadores resultaran demasiado altas. Las medidas 'a priori' consistirán en programar por la mañana los trabajos de mayor esfuerzo físico, dotar de lugares de descanso de temperatura apropiada para los trabajadores, verificaciones periódicas de las condiciones de trabajo y se proporcionará agua en cantidad apropiada. Se mantendrá un control sobre las previsiones meteorológicas y sobre las condiciones reales y se interrumpirán los trabajos cuando estas sean demasiado altas y se informará a todos los trabajadores de los peligros que puede ocasionar el estrés térmico y el golpe de calor, y este puede llegar a causar la muerte”.

El primero de los acusados, como administrador único de la empresa Maygar, era el responsable del control de que las labores de los empleados se realizaran conforme a lo dispuesto en la normativa en materia de prevención de riesgos laborales y a tener un control de las obras que estaba llevando a cabo su empresa y en relación al cumplimiento de las jornadas de trabajo conforme al convenio, recuerda Fiscalía. También tenía que observar las especificaciones que estaban contenidas en el plan se seguridad y salud en materia de que estuviera provisto el puesto de coordinador de seguridad y salud durante la fase de ejecución así como que se realizaran las comunicaciones correspondientes a las autoridades administrativas que dirigían la parte técnica y de seguridad de las obras.

El segundo y tercer acusado, jefe de obra de Maygar y director técnico de Maygar, tenían idénticas responsabilidades a las mencionadas anteriormente en materia de prevención de riesgos laborales y especialmente de aplicar las medidas que disminuyeran o atenuaran los riesgos de las condiciones climatológicas extremas sin cumplir lo dispuesto en el convenio y sin llegar a parar momentáneamente la obra. “Tampoco consta que tuvieran diligencia alguna al apercibirse de la inexistencia de coordinador de seguridad y salud ni de que hiciera las gestiones pertinentes para notificar tal omisión o intentar su subsanación, sin que conste hubiera algún peligro inminente de haber procedido a la parada de la obra o a ajustarse al horario convenido”, describe el fiscal, que señala también que “ni constan que avisaran a la empresa Atecsur ni dieran cuenta al director técnico del contrato de la Consejería del desarrollo de esa realización de obra en concreto”.

El jefe de obra, apenas seis días antes del accidente mortal, “comunicó por correo electrónico al asesor técnico de la Delegación Territorial de la Consejería aspectos técnicos de la obra, con cuatro archivos adjuntos, respecto de los puntos kilométricos 7 y 9 de la carretera A-406”. Después de la muerte de Rafael, “remitió igualmente la certificación de obra correspondiente a julio de 2017 donde se hacía constar el accidente mortal, alegando que estaban a la espera del resultado de la autopsia”.

El cuarto acusado, también perteneciente a la empresa Maygar, fue nombrado recurso preventivo de la obra y tenía asignadas las obligaciones de vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas para, en el caso de observar un incumplimiento de las mismas, ponerlo en conocimiento de los responsables de la empresa para que estos adopten las medidas,teniendo como funciones el apoyo organizativo al jefe de obra al pie de tajo, el control inmediato de calidad de los trabajos ejecutados, la aplicación del plan de prevención de riesgos laborales y vigilancia del cumplimiento por los trabajadores bajo su control, además de otras responsabilidades de carácter técnico”.

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