Qué dice la ley de Integridad aragonesa: claves sobre el fichaje por Blackstone de la exdirectora que facilitó el centro de datos

Luis Faci

25 de septiembre de 2026 13:43 h

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Tras la ampulosa denominación de 'Directora de Inversiones Estratégicas', Marta Ríos era una simple asesora encuadrada en el área de la Presidencia del Gobierno de Aragón. A este escalón menor en el escalafón autonómico se agarra el Ejecutivo de Jorge Azcón para justificar que Ríos, que acaba de fichar por Blackstone –cuyo megacentro de datos en Calatorao facilitó ella misma–, no está sometida a la ley aragonesa de Integridad y Ética Públicas. Las dudas en todo caso persisten y este viernes la oposición ha pedido explicaciones al propio Azcón, que ha evitado ser claro y que ha contraatacado tanto al PSOE como a CHA con casos propios.

¿Qué dice la ley?

Estas dudas se enmarcan en la propia ley, que vio la luz en el primer gobierno del socialista Javier Lambán. La normativa dedica su artículo 53 a las “limitaciones al ejercicio de actividades privadas con posterioridad al cese”. Durante los dos años siguientes a dejar el puesto, las autoridades y cargos no pueden realizar actividades privadas relacionadas con procedimientos en los que hayan intervenido. Pero la ley no prohíbe cualquier fichaje por una empresa con la que el cargo tratara o negociara, sino que acota esa intervención a tres supuestos: haber emitido un “informe preceptivo y vinculante”, haber “dictado resolución” o haber presentado propuestas en reuniones del Consejo de Gobierno que terminaran en un acuerdo. ¿Fue este el caso? Según el Ejecutivo autonómico, no.

El mismo artículo impone además una obligación de trámite. Durante ese periodo de 24 meses, el excargo debe declarar ante el órgano competente en conflictos de intereses la actividad que va a desempeñar, “con carácter previo a su inicio”. La Administración tiene un mes para pronunciarse sobre su compatibilidad y comunicárselo tanto al interesado como a la empresa que lo contrata. Si no contesta, el silencio es positivo.

¿Afecta a Marta Ríos?

La cuestión previa es si todo esto alcanza a Marta Ríos. El artículo 4 de la ley enumera quiénes son esas “autoridades” y esos “cargos”: los miembros del Gobierno, los viceconsejeros, los secretarios generales técnicos y directores generales y los responsables de organismos, empresas, fundaciones y consorcios públicos. A ellos se suman los “directores y jefes de gabinete integrados en los gabinetes de los miembros del Gobierno”. Los asesores, por lo tanto, no aparecen en la lista.

En esa ausencia se apoya el Ejecutivo de Azcón. Según su tesis, Ríos era personal eventual de la Presidencia, y el personal eventual, que el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) considera a todos los efectos empleado público, solo queda sujeto a la ley aragonesa de forma parcial. Así, la ley afecta a los empleados públicos en cuanto al código de conducta y a la protección de denunciantes; no les alcanzan ni las declaraciones de bienes y actividades ni las restricciones tras el cese.

El cargo exacto

Pero aquí entra en juego otra clave. El nombramiento de Ríos no dice 'asesora', sino que el decreto de 28 de septiembre de 2023, publicado en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) el 9 de octubre, la designa 'Directora de Inversiones Estratégicas del Gabinete de la Presidencia del Gobierno de Aragón'. Es, casi textualmente, la figura que el artículo 4.2.h somete a la ley: una directora integrada en el gabinete de un miembro del Gobierno. El propio organigrama oficial de la Presidencia la distinguía de los asesores que figuraban en el mismo gabinete.

En todo caso, aun en el caso de que la ley fuera aplicable a la exdirectora de Inversiones Estratégicas, el fichaje no sería irregular de manera automática. Según la descripción pública de su cargo, Marta Ríos se encargaba de la interlocución con grandes inversores –una atribución a través de la cual ejerció de facilitadora para la llegada de Blackstone a Calatorao–, pero no de firmar resoluciones ni informes vinculantes.

Donde sí surgen más dudas es en el trámite. Según el Ejecutivo, Ríos no comunicó su incorporación a QTS antes de producirse porque, a tenor de su interpretación de la ley, no estaba obligada a hacerlo. Pero si prevaleciera la lectura contraria, la que la sitúa entre los directores de gabinete mencionados en la normativa, el incumplimiento partiría del propio hecho de no haber presentado la declaración previa que exige la legislación.

El caso deja al descubierto, de cualquier forma, los límites de una normativa ligada casi por completo a expedientes y firmas, y que deja en una zona gris figuras como la creada por el Gobierno de Jorge Azcón para captar inversiones.