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Condena a la manada de Huesca: más de 26 años de cárcel para tres jóvenes por violar de forma continuada a una menor

ElDiarioAragón

27 de marzo de 2026 19:49 h

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La Audiencia de Huesca ha condenado a los tres jóvenes de la conocida como la manada de Huesca a penas que suman más de 26 años de prisión por un delito de acoso y otro continuado de agresión sexual con acceso carnal a una menor de 14 años cometidos entre el 2 de noviembre de 2019 y marzo de 2020 en el barrio del Perpetuo Socorro de Huesca. La víctima se encuentra en tratamiento psiquiátrico desde entonces y padece alteraciones de conducta y descontrol emocional.

Los condenados son Mateo M.N., de 22 años en el momento del primer delito, que recibe la pena más alta —15 años de prisión—; Antonio G.G. (alias 'Antoñito'), de 20 años, y Juan Ramón G.L. (alias 'Noño'), de 19 años, condenados a más de 5 años cada uno tras alcanzar un acuerdo de conformidad con el Ministerio Fiscal y la acusación particular antes del juicio.

Según consta en los hechos probados, la primera violación tuvo lugar el 2 de noviembre de 2019, cuando la víctima, que entonces aún no había cumplido los 15 años, paseaba por el barrio del Perpetuo Socorro. Mateo M.N. la condujo hasta un descampado junto al parque de los Mártires, donde Antonio G.G. la violó “tapándole la boca para que no gritase”, mientras Mateo M.N. y otros menores vigilaban y grababan los hechos. A continuación la obligaron a practicar felaciones bajo la amenaza de difundir los vídeos.

Desde ese día y durante meses, los integrantes de la manada de Huesca la perseguían en coche y en moto por el barrio, la llevaban a locales y casas abandonadas y la sometían a nuevas agresiones sexuales. En una de ellas le ataron las piernas con un cable, la arrastraron por el suelo y la violaron “uno detrás de otro mientras los otros la sujetaban”. En otra ocasión la golpearon con palos en piernas y brazos diciéndole “vamos a entrenarte para pelear” e intentaron meterla en el fuego.

Mateo M.N. es el único que no llegó a ningún acuerdo con la acusación y quien carga con la condena más severa: 14 años y 6 meses de prisión por el delito continuado de agresión sexual, más 6 meses adicionales por el delito de acoso. Las magistradas justifican la pena atendiendo a “la hoja histórico penal del acusado, a la presencia del mismo en la mayoría de las agresiones denunciadas, a la concreta violencia e intimidación ejercida hacia la víctima y a la corta edad de esta y la diferencia de edad con el acusado”. Además, se le impone una medida de libertad vigilada de 10 años tras cumplir la pena e inhabilitación durante 20 años para cualquier actividad con contacto con menores.

Juan Ramón G.L. ha sido condenado a 5 años de prisión por la agresión sexual continuada sobre la menor, más penas de 4 meses por cada uno de los tres delitos de agresión sexual sin acceso carnal cometidos contra otras tres víctimas —de 15, 17 años y una testigo protegida— y 2 meses y 20 días por el delito de acoso. Antonio G.G. recibió idénticas penas por los delitos que comparte con Juan Ramón G.L. A estos dos condenados se les aplicaron las atenuantes de dilaciones indebidas y reparación del daño como consecuencia del acuerdo alcanzado con la Fiscalía —cada uno consignó 13.000 euros a favor de la víctima—, atenuantes que no beneficiaron a Mateo M.N. al no haberlas alegado ni acreditado su defensa.

La prueba principal contra Mateo M.N. fue la declaración preconstituida de la víctima, quien no llegó a testificar en juicio para evitarle el riesgo de “reactivación traumática y descompensación emocional”. El tribunal consideró su testimonio creíble y lo respaldó con los diarios personales de la menor, descubiertos por la Policía durante la investigación y cuyo contenido cotidiano fue verificado al 100% por el instructor del atestado. En esos diarios la víctima narró los hechos de forma espontánea y describió el deterioro psicológico que le produjeron.

La sentencia recoge que a consecuencia de los hechos la menor ha precisado atención psiquiátrica y psicológica, se encuentra en tratamiento habitual con ansiolíticos y presenta “ansiedad, alteraciones de conducta y descontrol emocional”.

En materia de responsabilidad civil, los tres integrantes de la manada de Huesca deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la víctima principal con 30.000 euros más intereses legales. Juan Ramón G.L. deberá abonar además 10.000 euros a una segunda víctima y 9.000 euros a cada una de las otras dos.