Casi dos años ha tardado un acusado en reconocer ante la Fiscalía de Asturias que, en marzo de 2024, fue él quien mató a su tío político y enterró su cadáver en una finca en Granda (Siero). Una confesión que le ha llevado a aceptar una condena de 12 años de prisión y cinco años de libertad vigilada.
Un hermano y un primo suyo han admitido también haber encubierto el crimen. Tres testimonios que han sido ratificados este viernes por los tres coacusados ante el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo.
La víctima mantenía a la familia
Los tres acusados son de nacionalidad colombiana, al igual que la víctima, J.J.P.C. , de 52 años y padre de cinco hijos. El fallecido llevaba apenas un año en España cuando ocurrió el crimen.
J.J.P.C. se había trasladado a Asturias para trabajar en una empresa de limpieza y así conseguir ingresos para su familia, que se quedó en el país latinoamericano. En la misma compañía trabajaban su cuñado y los dos hijos de éste, los dos acusados que eran, por tanto, sobrinos políticos del fallecido. También formaba parte de la plantilla un primo de estos dos últimos, el tercer acusado.
Una tarde bebiendo cerveza
La Fiscalía relata en su escrito de calificación que el grupo quedaba en ocasiones después de la jornada laboral para tomar unas cervezas. El 25 de marzo de 2024, los tres acusados y la víctima quedaron para tomar algo y, después de un tiempo en que permanecieron todos juntos, uno de ellos quedó a solas con J.J.P.C.
Ambos fueron a un supermercado a comprar más cerveza y bebieron un número indeterminado de ellas. Sobre las 19.40 horas, se desplazaron a la vivienda del acusado en Granda. En un momento dado, y tras una videollamada que hizo J.J.P.C., se inició entre los dos una discusión por un episodio familiar violento ocurrido en el pasado.
De la discusión al apuñalamiento
“En el marco de la discusión se produjo un enfrentamiento físico entre ambos en el que, el acusado teniendo a J.J.P.C. de frente, utilizando un arma blanca tipo cuchillo que se encontraba en el lugar y con la intención de acabar con su vida, lo atacó en la zona del cuello. A continuación lo apuñaló repetidamente, también en otras zonas del cuerpo, causándole la muerte”, señala la Fiscalía.
Aproximadamente una hora después, este acusado llamó a su hermano y le relató lo que había sucedido, por lo que este último acudió a su domicilio. Ya juntos, entendiendo ambos que J.J.P.C. estaba muerto, y para evitar que se encontrara el cadáver, decidieron que la mejor opción era enterrarlo en una zona del huerto de la finca y borrar cualquier rastro que pudiera conducir a su hallazgo. También cogieron el móvil de la víctima y lo destruyeron.
J. J. P. C. fue enterrado sin la ropa que llevaba en la parte de arriba, con una bolsa de plástico que lo cubría parcialmente (cabeza, tronco y extremidad superior derecha) y otra bolsa enlazada a la primera con cinta americana negra, con la que el cuerpo quedó totalmente envuelto.
Enterrado en el jardín
A continuación, según la versión de la Fiscalía que hoy han corroborado los propios acusados, cavaron un hoyo en el jardín y metieron en él el cadáver, eliminaron el arma del crimen, limpiaron el lugar de forma exhaustiva y decidieron borrar las conversaciones que ambos habían mantenido por teléfono ese día.
Las investigaciones policiales se iniciaron el día 26, después de que la pareja sentimental de la víctima -con el que había mantenido la conversación de la videollamada- presentara una denuncia por la desaparición de J. J. P. C.
Los cómplices
El 10 de abril, el hermano que actuó como cómplice compareció libremente en dependencias policiales y, con el objeto de protegerle y dificultar la investigación policial, declaró libremente que no recordaba si el día de los hechos había estado con él y que no conocía información o dato que pudiera ser relevante para el esclarecimiento del caso.
No obstante, el día 29 regresó y, al contrario de lo que había manifestado con anterioridad, afirmó que, el día que J. J. P. C. había desaparecido, recibió una llamada de su hermano para que fuera a su casa a tomar algo, lo que hizo. Aseguró que al llegar a la casa vio que J. J. P. C. estaba también en la vivienda y que, cuando se marchó a las 21.45 horas, los había dejado a los dos en el inmueble, ebrios y escuchando música.
Eliminaron pruebas
Por su parte, el primo de los acusados mantuvo el día de los hechos varias conversaciones telefónicas con ambos hermanos y en algún momento de una de las llamadas se enteró de la muerte de J.J.P.C. No obstante, se lo ocultó a la Policía, borró mensajes de su móvil y ofreció diversas versiones a los agentes.
La Fiscalía sostiene que si esta conducta no se hubiera producido, se podría haber encontrado más rápidamente el cadáver de la víctima, esclarecer la autoría de su muerte y evitar que se hubieran ocultado pruebas del delito.
El hallazgo del cadáver
El 7 de mayo de 2024 se autorizó la entrada y registro en la finca del principal investigado, al considerar los agentes que el cuerpo podría estar allí enterrado. El cadáver fue localizado al día siguiente, cerca de un lugar de compostaje, tras los intentos fallidos de la primera jornada de búsqueda. Se encontraba en proceso de saponificación (proceso natural de conservación cadavérica), motivado por las condiciones del terreno, que era húmedo, y por las bolsas de plástico que lo envolvían.
Tras admitir el relato de hechos de la Fiscalía, el principal acusado aceptó 12 años de prisión y cinco años de libertad vigilada además del pago de indemnizaciones a la familia de su tío político por un importe de 390.000 euros.
Las penas e indemnizaciones
A su hermano no se le impuso pena alguna, al aplicarle la excusa absolutoria prevista en el artículo 454 al ser encubridor. No obstante, por vía de responsabilidad civil, deberá abonar una indemnización a los familiares de la víctima de 4.000 euros por el daño moral derivado de su acción, respondiendo solidariamente con su hermano, al haber participado desde un principio ambos en la ocultación del cadáver.
Su primo ha sido condenado a un año de prisión. La Fiscalía no se ha opuesto a que se le conceda el beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena. Este acusado, por vía de responsabilidad civil, deberá abonar a la familia de la víctima una indemnización de 2.000 euros por el daño moral causado.