El Gobierno de Canarias remite el nuevo decreto del alquiler vacacional a cabildos y ayuntamientos
La Consejería de Turismo, Cultura y Deportes ha remitido el nuevo decreto del alquiler vacacional a los cabildos y los 88 ayuntamientos para que estas administraciones lo estudien y hagan llegar sus propuestas, destaca este martes un comunicado del Gobierno canario.
El consejero del área, Isaac Castellano, el viceconsejero de Turismo, Cristóbal de la Rosa, y la directora general de Ordenación Turística, Candelaria Umpiérrez, lideraron unas reuniones que se celebrarán también con representantes del sector, como la FEHT, Ascav, Ashotel, Asofuer, Asolan y Excelfuer, entre otros, además de administradores de fincas y otros agentes implicados.
“El objetivo de la norma es proporcionar las herramientas necesarias para que las administraciones locales puedan evitar distorsiones en el mercado del alquiler en sus respectivas islas y municipios”, explicó Isaac Castellano.
El consejero añadió que la voluntad del Ejecutivo “es garantizar el derecho a la vivienda de todos los ciudadanos de las islas, sin por ello demonizar el alquiler vacacional, que se ha comprobado que es un sector que, cuando cumple los requisitos legales y de calidad, impulsa la recaudación de impuestos y la contratación laboral”.
Cristóbal de la Rosa explicó que “corresponde al Gobierno mejorar la ordenación de la actividad del alquiler de viviendas para uso turístico, fijar las condiciones que se consideren imprescindibles para que se realice con calidad, seguridad jurídica y respeto a los derechos del turista, de quien alquila la vivienda, de los residentes de la zona y de la sociedad en su conjunto”.
El viceconsejero añadió que “es preciso enfatizar que la ordenación turística no puede comprenderse al margen de la planificación del territorio y del urbanismo, competencias estas últimas de cabildos y ayuntamientos, respectivamente”.
Por su parte, Candelaria Umpiérrez aseguró que otro de los objetivo irrenunciables es que no se fomente la competencia desleal, sino que “las plataformas digitales se hagan responsables de la veracidad de la información que ofrecen y que no cedan su espacio a viviendas que no cumplan los requisitos legales y de calidad”.
La modificación del decreto, que se adapta a las sentencias emitidas por el Tribunal Supremo en diciembre de 2018 y enero de 2019, recoge que hasta que no se adapten los instrumentos de ordenación territorial y urbanística se podrán aprobar ordenanzas insulares y municipales que regulen los aspectos territoriales y urbanísticos de implantación de esta modalidad de alojamiento turístico.
La norma también establece principios rectores básicos para los instrumentos de planeación que se basan en desarrollar nuevas tipologías de alojamiento turístico para incrementar la calidad y competitividad del destino y el crecimiento de la economía local y del archipiélago.
También en armonizar la expansión de esta oferta turística con el desarrollo del resto de los sectores económicos, con la consecución de un equilibrio social que satisfaga las necesidades de residentes y turistas, así como con las infraestructuras, servicios y equipamientos existentes.
Se pretende compatibilizar el uso de vivienda vacacional con la finalidad de proteger el medio ambiente, el desarrollo sostenible y el uso eficiente del suelo y demás recursos naturales.
Aboga por respetar la proporcionalidad y el carácter no absoluto en la implantación del uso de vivienda vacacional para que contribuya a asegurar la calidad de vida del residente, su bienestar social y la conservación de los signos de identidad cultural, favoreciendo la integración de la actividad en el entorno económico, cultural, social y ambiental de cada isla, municipio y núcleo.
La modificación del decreto propone además determinados parámetros que pueden ser utilizados en la planificación insular para fijar estándares territoriales en la implantación de la vivienda vacacional, como la superficie relativa de suelo destinado a uso turístico y a uso residencial, la suficiencia de las infraestructuras, la distribución equilibrada de los usos, el impacto en los equipamientos y los impactos en la sostenibilidad ambiental, entre otros.
También prohíbe alquilar las casas protegidas, se refuerzan los requisitos generales para poder destinar una residencia a vivienda vacacional y se exige a las plataformas digitales la publicación del número de inscripción en el Registro General Turístico de la Comunidad Autónoma de Canarias que se haya asignado.
Se establece además la necesidad de que las personas explotadoras de viviendas vacacionales integradas en edificaciones sometidas a régimen de propiedad horizontal pongan a disposición de la comunidad de propietarios un número de teléfono de atención, en horario 24 horas, a fin de poder comunicar incidencias que se puedan producir y les afecten.
Se plantea asimismo la necesidad de que, en caso de contratarse personal, se deberán cumplir las normas laborales, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales aplicables a los trabajadores, así como el convenio colectivo que sea de aplicación.
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