NC acusa a CC y PSOE de rechazar una propuesta que pretendía impulsar la actividad económica de la Isla y el balneario de la Fuente Santa
El secretario de Organización de Nueva Canarias (NC) en La Palma, Miguel Ángel Pulido, critica “el rechazo de los grupos que apoyan al Gobierno de Canarias (CC-PSOE) y la abstención del PP a las enmiendas presentadas por Nueva Canarias a la Ley ómnibus”. Explica que, en concreto, “proponíamos modificar el artículo 12 de la Ley 6/2002, de 12 de junio, sobre medidas de ordenación territorial de la actividad turística en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma, incluyendo la actividad extrahotelera en el suelo rústico y eliminando la dichosa fórmula de S= 5.p2” que “plantea un excesivo consumo de suelo” con miras a favorecer la actividad económica en la Isla. Asimismo, añade, “planteábamos la modificación del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, para añadir en el anexo ‘Reclasificación de los Espacios Naturales de Canarias, Isla de La Palma’, en el P-10 Monumento Natural de los Volcanes de Teneguía, dos nuevos apartados, recogiendo la existencia de la Fuente Santa y la necesidad de la construcción del balneario para poner en valor ese recurso termal, mandatando al Gobierno a modificar las Normas de Conservación del Espacio, actualmente vigentes, que impiden hacer allí cualquier actuación”.
El grupo parlamentario de Nueva Canarias presentó el pasado mes de septiembre 30 enmiendas “al articulado del proyecto de Ley de medidas tributarias, administrativas y sociales que modifica 27 leyes”. Entre ellas, según informó en su día NC, figuraban “dos enmiendas para favorecer la actividad turística y, por ende, económica en La Palma, modificando la Ley 6/2002 sobre medidas de ordenación territorial de la actividad turística en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma”.
Miguel Ángel Pulido, secretario de Organización de NC en La Palma, explicó entonces que “el objetivo de la modificación propuesta” era “liberar a los establecimientos turísticos alojativos de dimensión media; es decir, aquellos con una capacidad alojativa entre 41 y 200 plazas, de la obligación de adoptar la modalidad hotelera”. Dicha modificación, que incluía también “la modalidad extrahotelera”, dijo, se justificaba “plenamente por la aprobación y vigencia sobrevenida del Decreto por el que se establece el régimen aplicable, en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma, a los establecimientos turísticos en suelo rústico”.
Por otra parte, expuso Miguel Ángel Pulido, “con la redacción actual, para cualquier actuación turística en suelo rústico la carga máxima alojativa susceptible de implantar en dicho suelo, salvo en la categoría de asentamientos, no puede superar la fórmula matemática de S= 5P², donde S es la superficie vinculada a la actuación y P el número máximo de plazas alojativas turísticas. Esta fórmula plantea un excesivo consumo de suelo, no garantiza el carácter aislado y menos aún la calidad de la instalación alojativa turística”. Por ello, proponían “la eliminación de dicha fórmula, estableciendo un estándar de densidad mínimo de 200 metros cuadrados (m2) de suelo por plaza alojativa turística, con una capacidad máxima de 200 plazas alojativas y un mínimo de 10.000 m2 de superficie de parcela, excepto para actuaciones de hasta diez plazas alojativas donde la parcela podrá tener un mínimo de 5.000 m2”.
En otras dos enmiendas presentadas por Nueva Canarias se planteaba “la modificación del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias para recoger la existencia de la Fuente Santa dentro del espacio natural protegido del Monumento Natural de Los Volcanes de Teneguía, así como expresar la conveniencia y necesidad de habilitar un área específicamente delimitada dentro del mismo, de forma vinculada a dicho recurso, para su racional explotación como balneario en compatibilidad con los valores actualmente presentes en el espacio natural, destacando los de índole geomorfológico”.