La Justicia da carpetazo a la acusación de Montelongo por injurias
Águeda Montelongo, diputada regional del Partido Popular y consejera del Cabildo de Fuerteventura, no solo ha visto cómo ha quedado en nada su acusación contra Lázaro Cabrera de Coalición Canaria por vejaciones, injurias y amenazas. Además, el juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Puerto del Rosario ha puesto de relieve los cambios de versión y las contradicciones en los que Montelongo incurrió desde que puso la denuncia, según se desprende de la sentencia firme a la que ha tenido acceso CANARIAS AHORA y que absuelve a Cabrera.
La acusación había solicitado que se impusiera una pena de multa, a razón de 150 euros diarios por cada una de las tres faltas. También había pedido que se aplicara el artículo 57.3 del Código Penal imponiendo a Lázaro Cabrera la prohibición de aproximación y comunicación a menos de 500 metros de la denunciante durante seis meses.
La denuncia se remonta al 4 de abril de 2012, con motivo de una discusión posterior a la celebración de un Pleno del Cabildo de Fuerteventura en el que se votó en contra de la ampliación del campo de tiro de Pájara. Águeda Montelongo dijo entonces que esperaba que el debate no diera lugar a pintadas contra la legión. Dicha alusión, recoge la sentencia, fue interpretada por Lázaro Cabrera (quien asistía de público) “como una alusión personal” ya que un hermano suyo “había sido identificado como el supuesto autor de unas pintadas realizadas en el sur de la isla de Fuerteventura contra miembros del Partido Popular” a cuenta de la polémica de las extracciones petrolíferas.
A ello siguió una discusión entre Cabrera y Montelongo en presencia de otras personas. Por un lado, el juez no considera probado que la consejera popular dirigiera gestos al denunciante durante su exposición durante el pleno, pero tampoco queda acreditado que Cabrera llamase “imbécil” a Montelongo, ni que pese a su enfado estuviese dispuesto a agredirla: “Todos los testigos fueron claros en reflejar su actitud airada y el alto tono de su voz [de Cabrera], lo cual dista mucho de que el denunciado estuviese a punto de acometer físicamente a la denunciante”.
El juez asimismo descarta que una de las expresiones que empleó Cabrera (“las pintadas te las hago en la cara por muy importante que seas”) constituya una amenaza, ya que si bien la tacha de “desafortunada”, no reúne “las notas mínimas de seriedad y credibilidad” para tipificarse como falta.
Por último, la sentencia refleja varias incongruencias en la versión de la denunciante, resaltando por ejemplo que “el origen de la discusión mantenida en el recibidor del Cabildo de Fuerteventura no fue del modo relatado inicialmente por la Sra. Montelongo”, como se desprende de las manifestaciones de varios testigos (incluida Rosa Enseñat, compañera de partido suya en el PP), del denunciado “y de las propias omisiones de la denunciante en el acto de la vista”.