Lanzarote abarata costes para privatizar el agua
El Consorcio del Agua ha decidido iniciar un procedimiento negociado con publicidad para adjudicar la gestión del Ciclo Integral del Agua La decisión fue adoptada por la práctica totalidad de los miembros de la Asamblea del Ente Local reunida este viernes, a excepción del Ayuntamiento de Tías que apostaba por un nuevo concurso público.
En nota de prensa posterior, desde el Consorcio han explicado que aunque la legislación permite un negociado sin publicidad 'se opta por hacerlo con publicidad invitando así a todas las empresas del sector'. El Presidente del Consorcio, Pedro San Ginés (CC), asegura que la tramitación del procedimiento será “tan clara y transparente que invitamos a los grupos de la Oposición en el Cabildo a formar parte de la Mesa de Contratación”
De las tres opciones que permite la legislación actual, es decir, procedimiento negociado, nuevo concurso público o liquidación de la empresa pública Inalsa, los representantes del Cabildo y Ayuntamientos, quienes ostentan el 60% y 40% respectivamente del Ente Local, optaron por “negociar la futura adjudicación mediante un procedimiento con publicidad habida cuenta de que entendemos es el procedimiento necesariamente más beneficioso en estos momentos desde el punto de vista del interés público, por razones de economía, costes y tiempo, y por eficacia en la actuación administrativa”, indicó el Presidente del Consorcio en rueda de prensa al término de la sesión y en la que estuvieron presentes los siete alcaldes y el vicepresidente 1º de la Corporación insular.
Una vez publicado el anuncio en el Perfil del Contratante de la página web del Cabildo y el Boletín Oficial de la Provincia, se dará un plazo de diez días para que las empresas tanto nacionales como internacionales que estén interesadas soliciten al Consorcio ser invitadas a participar. Veinte días después éstas tendrán que presentar su candidatura para que una vez que la Mesa de Contratación las estudie eleve la más adecuada y ventajosa a la Asamblea del Consorcio para su aprobación.
Lo que se cambiará del pliego de condiciones
La decisión de optar por el procedimiento negociado con publicidad está avalada por el artículo 170 del RDL 3/2011 de 14 noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Púbico en el que se recoge que los contratos que celebren las Administraciones Públicas podrán adjudicarse mediante negociado cuando tras haberse seguido un procedimiento abierto o restringido, no se haya presentado ninguna oferta o candidatura, o las ofertas no sean adecuadas, siempre que las condiciones iniciales del contrato no se modifiquen sustancialmente.
A este respecto, la Asamblea del Consorcio ha decidido que los puntos del pliego de condiciones administrativas ya redactado con anterioridad susceptibles de negociación con las empresas invitadas son: El 3.1 apartados a), b) y c) relativos a la retribución del concesionario y la revisión de precios. Las cláusulas relativas a los cánones variables 3.2 a 3.4 referentes a los cánones inicial (no el importe sino el plazo de pago), variables y extraordinario. El 3.5 respecto a las inversiones mínimas a realizar por el adjudicatario en cuanto al plazo. El 4 que hace referencia a la duración del contrato El 17.a) y b) relativo a las garantías provisionales y definitivas