Podemos descarta la readmisión de Juan Manuel Brito porque milita en Sí Se Puede, un partido “divergente”

Juan Manuel Brito (ALEJANDRO RAMOS)

Canarias Ahora

Las Palmas de Gran Canaria —

La dirección de Podemos en Canarias ha restado importancia a la sentencia que ordena readmitir en el partido a Juan Manuel Brito, ex vicepresidente segundo del Cabildo de Gran Canaria. Para la formación morada, el fallo judicial alude exclusivamente a cuestiones formales y no entra en el fondo del asunto, por lo que tratará de “subsanar el procedimiento de expulsión” al entender que los motivos políticos que llevaron a adoptar esa decisión el pasado mes de enero subsisten y “siguen siendo graves y ajenos al proyecto de Podemos”.

La cúpula regional del partido advierte de que esta reincorporación de Brito va a quedar “en nada” por la aplicación del protocolo de doble militancia. “Entendemos que se le restituyen los derechos como inscrito, pero no podemos olvidar que actualmente es dirigente de una formación política divergente”, señalan fuentes de Podemos en alusión a Sí Se Puede, organización con la que confluyó en Tenerife para las elecciones autonómicas de 2015 y que se constituyó en Gran Canaria en octubre de 2016 con el propio Brito y la actual consejera del Cabildo María Nebot como sus principales promotores.

Esa declaración de “divergente” de Sí Se Puede y otras cinco organizaciones políticas de la isla se adoptó en la última reunión del anterior Consejo Ciudadano Autonómico, veinte días antes de su disolución para la celebración de las primarias que dieron la Secretaría General del partido a la diputada regional Noemí Santana. El consejo decidió entonces que estos partidos eran “opuestos a la acción y los objetivos” de la formación morada e incompatibles con su proyecto.

La nueva dirección regional de Podemos explica que, tras esta sentencia, hará llegar toda la documentación a la recién constituida Comisión de Garantías Autonómica para que este órgano decida qué hacer. La formación morada también ha querido expresar su “máximo respeto” a los órganos del partido y a las decisiones judiciales y ha remarcado que la Comisión de Garantías Estatal, encargada de aprobar la expulsión de Brito, actúa de forma “independiente y autónoma”.

Las mismas fuentes precisan que aún no han podido analizar en profundidad la sentencia y que en estos momentos el partido está inmerso en un proceso de cambio de normativa interna para adaptarse a las disposiciones acordadas en la última asamblea estatal, en Vistalegre II.

Derechos de asociación y participación política

El Juzgado de Primera Instancia número 9 de Las Palmas de Gran Canaria dictó el pasado 31 de octubre una sentencia que concluía que la Comisión Estatal de Garantías Democráticas de Podemos vulneró los derechos fundamentales de asociación y participación política de Brito en el proceso que acarreó su salida del partido.

El exconsejero de Emergencias y Medio Ambiente del Cabildo de Gran Canaria fue expulsado de en enero de 2017, tres meses después de que se le abriera expediente tras la denuncia colectiva presentada por un grupo de cargos orgánicos y electos del partido por una serie de irregularidades cometidas desde su entrada en el partido y en el Cabildo.

En esta carta le acusaban, entre otras cuestiones, de falta de transparencia en contrataciones o de estar detrás del intento de nombramiento de su pareja como directora general de Igualdad, una medida que finalmente fue frenada por el presidente del Cabildo y que también llevó a la ruptura de la federación estatal de Acción En Red con el grupo de activistas liderado por Brito bajo el mismo nombre en las Islas.

Tras su expulsión definitiva, fue cesado como consejero del Cabildo de Gran Canaria, aunque advirtió de que recurriría su expulsión de Podemos en los juzgados. En la sentencia conocida este domingo, el juez estima la demanda interpuesta por Brito porque entiende que durante a tramitación del expediente Podemos quebrantó diversas normas de sus propios estatutos.

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