Varapalo de Saavedra a los ayuntamientos
El informe del Diputado del Común del año 2012, que mañana presentará su titular, Jerónimo Saavedra, a los diputados en la Comisión de Gobernación, pasará a la historia como uno de los más duros y polémicos de la Institución hacia el Gobierno de Canarias, por sus críticas a la aplicación de la Ley de Dependencia, su política en materia de viviendas o por cuestionar la constitucionalidad de la rebaja salarial y laboral del 20% a parte de los funcionarios de la Comunidad Autónoma.
Sin embargo, los ayuntamientos tampoco salen bien parados en el informe, más allá de haber declarado obstruccionista al consistorio de La Oliva, sobre todo en lo que se refiere a la aplicación de la Ley de Actividades Clasificadas, sobre todo en lo que se refiere a ruido y actividades insalubres.
Así, se asegura que en esta materia “hemos observado una pasividad generalizada en la actuación” ante las denuncias formuladas por los ciudadanos, lo que para Saavedra significa que “lo que inicialmente era una simple molestia, se convierta en una auténtica pesadilla para los reclamantes”.
Una pesadilla derivada de que los ayuntamientos no actúan “ante actividades que impiden el descanso y generan efectos perjudiciales tanto para la salud física y mental, como para nuestro entorno”.
Amparar al infractor
Una inacción que favorece incluso que “el infractor se siente amparado por esa desidia administrativa”.
Según el informe, los recursos humanos con formación jurídica para incoar expedientes sancionadores existentes en los ayuntamientos a veces son escasos“, motivo por el que a pesar de iniciarse el expediente, el msmo ”no se hace con la prontitud deseada“.
“La experiencia en el área nos indica que el retraso habido en los expedientes se debe,en parte, a la escasez de medios, tanto personales como materiales, que padecen en la actualidad las corporaciones locales”, afirma el informe.
Es más, debido a que en muchas de las quejas tramitadas el requerimiento se prolonga en el tiempo, el mismo “no es efectivo, puesto que, una vez efectuado, no se hace un seguimiento del mismo y, generalmente, o bien no es contestado por la administración llamada a colaborar, o bien no es tramitado correctamente, con lo cual los ciudadanos ven frustradas sus pretensiones”.
Evidentemente, el informe concluye que “el anormal funcionamiento de los servicios públicos en relación a la inejecución de las resoluciones administrativas dictadas”, promueve la posibilidad de “indemnizaciones por los perjuicios ocasionados a las víctimas” por parte de los consistorios.