Canarias presenta la nueva convocatoria de las ayudas al alquiler de viviendas

A quienes resulten beneficiarios de esta convocatoria, se les costeará los recibos del alquiler comprendidos entre el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021

Canarias Ahora

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La Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda del Gobierno de Canarias ha presentado una nueva ayuda al alquiler de la vivienda para 2020-2021, a través del Instituto Canario de la Vivienda (ICAVI). Este nuevo apoyo cuenta con un presupuesto de 17.500.000 euros y con la colaboración, en su financiación, del Ministerio de Movilidad, Transportes y Agenda Urbana.

El Ejecutivo regional destaca en una nota de prensa que esta subvención está destinada a garantizar el acceso a una vivienda en régimen de alquiler a los sectores de población de Canarias más vulnerables, así como a aquellos jóvenes que deseen acceder a sus primeros inmuebles. Con esta convocatoria, se pondrá en marcha uno de los primeros programas del nuevo Plan de Vivienda de Canarias 2020-2025

Los principales destinatarios de estas subvenciones serán aquellas personas mayores de edad y residentes en España que cuenten con un contrato de alquiler de vivienda en Canarias, que cumplan el límite de precio arrendamiento y unas condiciones de ingresos determinadas. Dentro de los perfiles de personas solicitantes, esta ayuda priorizará a las familias numerosas o monoparentales, a unidades de convivencia que incluyan a víctimas de violencia de género o a personas con diversidad funcional con un grado igual o superior al 33%.

El consejero del área, Sebastián Franquis, ha afirmado que se trata de “uno de los programas más importantes del Plan de Vivienda de Canarias” que facilita “a las familias que estén en una situación de vulnerabilidad social y económica pagar parte de su alquiler, ya que somos conscientes de que la demanda de vivienda en Canarias es mucho mayor”.

Las subvenciones se dividirán en dos líneas. Por un lado, las de alquiler general y para mayores de 65 años, que podrán financiar hasta un 40% o un 50% en el caso de que todas las personas de la unidad familiar superen los 65 años. Por otro, las ayudas al alquiler destinadas a menores de 35 años que podrán subvencionar hasta el 50% de la renta por el inmueble y, excepcionalmente, podrán convivir en el mismo personas de más de 35 años dependientes.

Asimismo, a quienes resulten beneficiarios de esta convocatoria se les costeará los recibos del alquiler comprendidos entre el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021. Franquis ha recordado que “será un requisito indispensable” indicar en la solicitud qué modalidad es la elegida (ayuda al alquiler general y para mayores de 65 años o para menores de 35 años) para proceder a su baremación por parte del Instituto Canario de la Vivienda (ICAVI).

Para poder solicitar este subsidio, los ingresos de la unidad de convivencia deberán ser iguales o inferiores a tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) exceptuando ciertos casos puntuales, como familias numerosas o con miembros con diversidad funcional, que podrán alcanzar cuatro o cinco veces el IPREM.

Tipos de solicitudes

Todas estas solicitudes se podrán presentar desde el próximo 18 de enero hasta el 5 de marzo, tanto de forma presencial como telemática a través del Instituto Canario de la Vivienda o las oficinas de las Cámaras de Comercio de Canarias.

Debido a la pandemia de la COVID-19, el ICAVI priorizará la modalidad de presentación telemática, en la que quien no tenga certificado de firma electrónica o DNI electrónico, podrá darse de alta sin dificultad en el sistema Cl@ve Permanente o mediante el teléfono 012. Una vez obtenida la Cl@ve Permanente, se deberá solicitar cita en la sede de la Cámara de Comercio de su isla o el ICAVI para, desde allí, cumplimentar y presentar electrónicamente su solicitud de ayuda al alquiler.

En el caso que se opte por la presentación presencial, esta se realizará preferentemente en las oficinas de las Cámaras de Comercio de Canarias o del ICAVI con solicitud de cita previa a través del 012, o en cualquiera de los registros previstos en la normativa del procedimiento administrativo, como detalla el Gobierno en la nota.  

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