Condena al SCS por lesionar la vejiga de un paciente

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado al Servicio Canario de la Salud (SCS) a indemnizar con 46.000 euros a un paciente al que le seccionaron la vejiga durante una operación de una hernia inguinal en un centro concertado, según informa Efe.

La sentencia, contra la que cabe recurso, considera probado que ese paciente fue operado de una hernia inguinal en el Hospital San Roque Maspalomas (Gran Canaria), en una intervención durante la cual sufrió una lesión en la vejiga urinaria que lo mantuvo de baja durante dos meses y le dejó una cicatriz antiestética en el abdomen. El SCS rechazaba pagar indemnización alguna, porque consideraba que lo ocurrido era un riesgo asumido por el paciente al consentir el tratamiento quirúrgico al que fue sometida.

Sin embargo, la juez discrepa de ese criterio, porque no observa en documento alguno, en el expediente aportado por el SCS, que “pueda ser seccionada la vejiga urinaria como un riesgo o consecuencia posible de una intervención quirúrgica de hernia inguinal”. La sentencia reconoce que no se puede determinar si lo que le ocurrió a este paciente fue consecuencia una mala praxis médica o de un simple accidente, pero insiste que, en cualquiera de esos dos supuestos, “no es consecuencia ordinaria de la intervención”.

Por ello, falla que el paciente ha sufrido un daño como consecuencia de un mal funcionamiento de un servicio público y declara al SCS responsable patrimonial de lo ocurrido. La juez entiende “prudente y razonable” que el SCS indemnice con 46.000 euros a este ciudadano por los días que estuvo de baja, por el daño estético que comporta la cicatriz y por el daño moral “derivado de la omisión del consentimiento informado”.

Esta sentencia, fechada en enero, ha sido difundida eset jueves a los medios por la organización El Defensor del Paciente, que prestó asistencia jurídica al afectado.

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