El Gobierno permitirá de forma temporal contratar a profesores como refuerzo ante la COVID-19 que no hayan cursado el máster específico

Una profesora preparando el aula

Canarias Ahora

Las Palmas de Gran Canaria —

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El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP), ha aprobado este martes un Real Decreto Ley que permitirá, de manera excepcional y temporal, la contratación de docentes que cumplan con todos los requisitos pero que aún no hayan cursado el máster específico. De este modo, y tal como habían solicitado las Comunidades Autónomas, podrán realizar el refuerzo de las plantillas necesario para garantizar el derecho a la educación en condiciones de seguridad durante el curso 2020-2021, marcado por la evolución de la pandemia.

De esta forma, se podrá nombrar funcionarios interinos para plazas de docentes contratados como refuerzo ante la COVID-19 para los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, técnicos de FP, profesores de música, artes escénicas, artes plásticas y diseño y escuelas oficiales de idiomas de titulados que no estén en posesión del máster que acredita la formación didáctica. 

La cobertura de estas plazas será de carácter excepcional y limitado. Además, podrá llevarse a cabo para las materias en las que se agoten las listas de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo en régimen de interinidad y de demandantes de empleo que estén en posesión del citado máster. Las plazas creadas se amortizarán al finalizar el curso en el que desaparezcan los motivos de urgente necesidad que originaron su creación.

Con este real decreto, se adaptan también los criterios de evaluación, promoción y titulación en Primaria, Secundaria y Bachillerato de forma que las administraciones educativas podrán autorizar su modificación para adecuarlos mejor a la situación provocada por la pandemia. Los equipos docentes valorarán de manera colegiada y global si se han alcanzado los objetivos de cada etapa.

Además, se suprimen las evaluaciones de final de etapa de educación Primaria y Secundaria Obligatoria, por contar con otras fuentes de información de rendimiento educativo del alumnado. Respecto al calendario escolar, se considerarán días lectivos todos aquellos en los que se preste atención y apoyo educativo al alumnado, sea de forma presencial o a distancia.

En cuanto a la Formación Profesional, se permite la reducción de la duración de los módulos de formación en centros de trabajo (FCT), respetándose en todo caso el mínimo de horas establecidas en la ley. En el caso de la FP de Grado Superior, este módulo de FCT se podrá integrar en el módulo de proyecto, y en el caso de la FP Básica y de Grado Medio, se podrá crear un módulo de proyecto para integrarlo con la formación en centros de trabajo.

Se permitirá también sustituir la estancia en empresas por una propuesta de actividades asociadas al entorno laboral cuando no exista otra alternativa, informa el Ministerio en un comunicado.

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