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A España le faltan datos sobre condenas por violación: “Se recogen menos sentencias de las que se dictan”

Juicio por agresión sexual en Álava

Oriol Solé Altimira

Barcelona —
16 de junio de 2026 22:02 h

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“Ninguna institución española sabe, ni de manera aproximada, cuántas sentencias se han dictado por los delitos sexuales más graves ni cuántas personas han sido juzgadas y condenadas por ello”.

Esta es la conclusión de una investigación de la Universitat de Girona (UdG) tras analizar las bases de datos sobre sentencias por estos tipos penales de las tres instituciones que los recogen: la Fiscalía General del Estado (FGE), el Registro Central de Delincuentes Sexuales (RCDS), dependiente del Ministerio de Justicia, y el Centro de Documentación del Poder Judicial (CENDOJ), que recopila resoluciones de Audiencias Provinciales, Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades autónomas y el Tribunal Supremo.

El estudio, publicado en la Revista Española de Investigación Criminológica, revela las carencias a la hora de recopilar los datos, pese a que la última ley sobre delitos sexuales tenía un apartado específicamente dedicado a la necesidad de contar con encuestas y trabajos sobre “índices de condena y consecuencias” de la violencia sexual.

El catedrático de Derecho Penal y Criminología de la UdG, Daniel Varona, destaca que el objetivo del estudio no es criticar a las instituciones, sino que España se sitúe en la línea de los países europeos que mejor recogen las estadísticas de criminalidad.

La comparación de datos que Varona ha realizado junto a los profesores Steven Kemp y José María López Riba constata la disparidad entre las estadísticas de distintas instituciones, lo que, a juicio de los autores del estudio, implica que se infraestiman “de manera muy notable” las cifras penales para uno de los delitos de mayor relevancia. “Se recogen menos sentencias de las que realmente se dictan”, concluye Varona.

“En Inglaterra, las estadísticas del propio sistema judicial revelan que menos del 5% de las denuncias por violación terminan en condena, pero este porcentaje no podemos conocerlo oficialmente y con exactitud en España”, señala el catedrático.

ElDiario.es ha contactado con las tres instituciones comparadas en el estudio. El Ministerio de Justicia, del que depende el RCDS, ha indicado que no valora estudios académicos, mientras que la Fiscalía General sí ha admitido algunas dificultades en la recogida de datos.

Por su lado, el Poder Judicial explica que desde la entrada en vigor el año pasado de la nueva ley de organización judicial, los informes trimestrales del Observatorio contra la violencia de género incluyen algunos datos sobre asuntos relativos a violencia sexual fuera del ámbito de la pareja o expareja.



En 2023, por ejemplo, la memoria anual de la Fiscalía reportó un total de 145 sentencias (59 por violación y 86 por abuso sexual); el Registro Central, apenas 82 entre ambos delitos; mientras que el CENDOJ alcanzó las 575 sentencias en España por delitos sexuales graves.

Cinco años antes ya había ocurrido algo parecido: la memoria de la FGE recopiló 105 sentencias por delitos sexuales graves, por 64 el RCDS y 214 el CENDOJ.

Incluso dentro del portal estadístico del Poder Judicial, que es la institución que más sentencias recoge, se han detectado déficits. Al poderse filtrar por Audiencias Provinciales, el estudio ha descubierto que Alicante, a pesar de ser la cuarta provincia más poblada de España, presenta en el CENDOJ cuatro veces menos sentencias de violación que la trigesimosexta, Navarra. Y Valencia, que es la tercera provincia en número de habitantes, registra la mitad de sentencias que la vigésima, Guipúzcoa.

Pese a que, en el conjunto de España, la Fiscalía registra menos sentencias que el Poder Judicial, en Alicante la proporción es inversa: en 2023, la memoria anual del Ministerio Público contabilizó siete sentencias en Alicante por delitos sexuales graves, por solo cinco del CENDOJ.

“Hay algunas Audiencias Provinciales que parece que son objetoras del CENDOJ”, advierte Varona, que no ve “manos negras” en estos déficits, sino “una cuestión mucho más pedestre” vinculada al funcionamiento ordinario de las oficinas judiciales.

Por ejemplo, Varona explica que en Catalunya la aplicación informática interna en la que se tramitan las sentencias no incluye su envío automático al CENDOJ, por lo que si el funcionario se olvida de activar la casilla que lo habilita, la resolución no llega a la base de datos central. “No es algo que requiera mucha inversión, simplemente se tendría que habilitar el envío por defecto en los programas informáticos”, expone.

Varona enfatiza que para solucionar los déficits detectados por el estudio en la recopilación de datos “es más necesaria una voluntad de cambio de las instituciones que grandes inversiones”. “Si todos ponemos un poco de nuestra parte, se puede mejorar”, agrega.

Es más, Varona lamenta que en España ninguna institución realice una encuesta nacional de victimización (de todos los delitos, no solo de los sexuales). Solo Barcelona tiene una buena encuesta de este tipo, resalta el experto, pero limitada al ámbito municipal. “Recoger mejor los datos con unas reglas comunes nos permitiría conocer la magnitud de los problemas”, asevera.

La respuesta de las instituciones

Además de no comentar estudios académicos, desde el Ministerio de Justicia han considerado que la información contenida en el Registro “se considera suficiente para los objetivos para los que fue creado”. Sí han dado más explicaciones la Fiscalía General del Estado (FGE) y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Desde la Fiscalía General han admitido que la variedad de sistemas de gestión informática en función de las comunidades autónomas “dificulta la recopilación de información estadística”.

Como la estadística de las memorias refleja tanto datos propios de la actividad de las fiscalías provinciales como de los procedimientos judiciales, “con carácter general resulta más difícil para las distintas fiscalías el control de la calidad estadística del detalle de la información, como es el caso de las sentencias”, explican fuentes de la FGE.

Desde la Fiscalía General, indican las mismas fuentes, se comprueba toda la información que remiten las fiscalías provinciales para realizar la memoria. Sin embargo, la FGE reconoce que no dispone de medios técnicos propios para comprobar “la exactitud de los datos estadísticos que se recopilan”, debido a los distintos sistemas de gestión informática, tal y como viene manifestando la propia institución en sus memorias.

La FGE, recuerdan desde la institución, ha pedido al Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica (CTEAJE) en varias ocasiones mejoras en la extracción automática de la información de los sistemas para su memoria, así como la necesidad de un mayor detalle en el desglose en la información estadística relativa a los delitos. También considera que hay que unificar los sistemas informáticos disponibles o, al menos, que el tratamiento de la información estadística sea uniforme.

Por su lado, fuentes del CGPJ explican que el CENDOJ no tiene una finalidad estadística de recuento de sentencias, sino que está concebido como una base de datos de consulta. En consecuencia, añaden, es posible que no estén todas las sentencias.

Desde el Poder Judicial también recuerdan que, desde la última reforma legal, los informes trimestrales del Observatorio contra la violencia de género incluyen algunos datos sobre asuntos relativos a violencia sexual fuera del ámbito de la pareja o expareja, como las agresiones sexuales, la trata u otros tipos penales recomendados por el Convenio de Estambul. Ello permitirá “una estadística más pormenorizada”, defienden desde la institución. Los datos se están empezando a recoger y la estadística “tendrá que ir mejorando”, agregan.

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