Lía murió tras una caída de seis metros en El Hierro: años antes, el Ayuntamiento descartó ahí una barandilla de seguridad

Lugar donde se produjo el accidente mortal de Lía en El Hierro.

Iván Suárez

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Lía Dorta murió a los veinte años en el Hospital Doctor Negrín de Gran Canaria, en la isla donde vivía. Horas antes, se había precipitado por un desnivel de cerca de seis metros en el municipio de Valverde, en El Hierro, donde se encontraba de vacaciones. 

Los hechos ocurrieron la madrugada del 24 de julio de 2022. La joven, que estudiaba el doble grado de Traducción y Turismo en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC), disfrutaba de una noche de fiesta junto a unos amigos en una conocida discoteca de la capital herreña, un municipio de poco más de 5.000 habitantes. En un momento, se apartó del grupo junto a otro joven y se adentró en una zona de penumbra en busca de intimidad para orinar. Rebasó un murete de piedra de apenas 55 centímetros y cayó por un hueco al lado de la rampa de acceso a una finca. A pesar de la altura, en el lugar no había valla de seguridad. Tampoco estaba iluminado ni señalizado. Tras la caída, fue evacuada en helicóptero a Gran Canaria, donde acabó falleciendo debido a la gravedad de las lesiones. 

Cuatro años después, hay dos procesos judiciales en curso. La vía penal fue reabierta el pasado mayo por un juez sustituto y está pendiente del informe de reconstrucción encargado a un equipo especializado de la Guardia Civil. En la vía contenciosa, la familia reclama al Ayuntamiento de Valverde una indemnización por responsabilidad patrimonial. 

En el marco de este segundo procedimiento, ha salido a la luz un documento oficial que compromete la posición del Consistorio. En el legajo aportado por la administración figura una nota interior firmada en 2017 (cinco años antes de la muerte de Lía) que acredita que el Ayuntamiento, que ejercía la dirección de obra a través del arquitecto municipal, previó y presupuestó una barandilla de seguridad en ese lugar, pero que al final decidió no instalarla al entender que la altura de los cerramientos era suficiente. 

“No se ejecuta, además de porque en planos del proyecto no se indica su emplazamiento, (porque) es consideración de (la) D.O. (la dirección de obra) estimar suficiente la altura de los cerramientos y la naturaleza de talud de los terrenos que delimita”, señala ese documento en relación con la partida identificada con el número 6.02, una barandilla metálica de acero galvanizado que estaba presupuestada en 3.320,94 euros. El director de obra consideró en ese momento que esa fase de la obra estaba “completada”. 

“Una trampa mortal”

Para la familia, se trata de un hecho trascendental para valorar la posible responsabilidad de la administración en los hechos. “Era una trampa mortal”, resume Maite, la madre de Lía. “De forma consciente y deliberada, el Ayuntamiento recepcionó la tan mencionada rampa sin la barrera que hubiera impedido la muerte de la joven”, expone su abogado en el recurso presentado en la vía contenciosa. Y añade: “Los muros perimetrales de piedra, de altura variable entre 40 y 65 centímetros (55 en el lugar en el que se precipitó la joven), no cumplen en modo alguno la función de barandilla o pretil de seguridad, siendo su altura a todas luces insuficiente para proteger a una persona de una caída desde esa altura”. 

En ese recurso, la familia acusa al Ayuntamiento de Valverde de omitir “de forma grave y continuada” sus deberes “de conservación, seguridad, iluminación, señalización y protección del espacio público”. 

Infografía del lugar del accidente.

La obra controvertida se ejecutó entre 2010 y 2017. El Ayuntamiento de Valverde se había comprometido con el propietario de una finca a construir una rampa de acceso para salvar el notable desnivel entre esa parcela y la vía pública. A pesar de que no estaba en el proyecto, como admitió una técnica de la propia administración ante la Diputación del Común, esta actuación se materializó en la cuarta fase de las obras de construcción de una nueva vía entre las calles San Francisco y San Juan de la capital herreña. 

Acceso privado, suelo público

Un informe pericial aportado en los juzgados por la familia de Lía advierte de que esa rampa se realizó sin un proyecto específico, sin planos, sin documentación técnica y sin la preceptiva licencia. El arquitecto que firma esa pericial constata, además, que el lugar exacto del accidente se encuentra dentro de una parcela catastral de la que es titular el Ayuntamiento. Es decir, que aunque el espacio sirva de acceso a una finca privada, el suelo donde se produce la caída “es de dominio público municipal”.

“Es un hecho determinante”, expone el abogado de la familia, que subraya que el desnivel de cerca de seis metros constituía “un peligro evidente y previsible para cualquier persona que transitara la zona” y que, a pesar de ello, era de libre acceso y no estaba vallado, ni iluminado, ni señalizado.

En julio de 2022, cuando ocurrieron los hechos, ese acceso estaba delimitado por una pequeña cancela metálica de unos 90 centímetros de altura que impide el paso a la rampa de cemento. Esta verja está flanqueada por dos pequeños muros de piedra de altura variable, de 40 a 65 centímetros. Entre uno de esos muretes y la pared de piedra había un hueco de cerca de seis metros de altura. Por ese lugar cayó Lía. 

“El lugar funcionaba como una plataforma-mirador abierta, sin control de acceso alguno, directamente conectada con la acera pública”, recoge el recurso de la familia, que considera “altamente significativo” que días después del accidente mortal el Ayuntamiento colocara unas vallas para impedir la entrada en ese espacio. “Es un reconocimiento implícito de la peligrosidad preexistente y demuestra que existían medios sencillos, económicos y eficaces para haber evitado la tragedia”, sostiene. 

“En cuanto a la pregunta que nos hacemos todos, si el accidente que sufrió Lía Dorta se pudo haber evitado, he de decir que frente a las pruebas aportadas, rotundamente sí, ya que si hubiesen existido unas protecciones adecuadas, se hubiese evitado el fatal accidente”, exponía el arquitecto firmante del informe pericial aportado por la familia.

Ahora se sabe, además, que la barandilla de seguridad estaba presupuestada y no fue colocada por decisión del Ayuntamiento. Para el abogado de los demandantes, la inexistencia de una valla de seguridad en el lugar es una prueba del “descontrol absoluto” de la administración. 

Un antecedente cinco meses antes

La familia incide en que la peligrosidad del lugar no era desconocida para el Ayuntamiento. Apenas cinco meses antes del accidente de Lía, otro joven sufrió una caída en el mismo punto y en circunstancias idénticas. Sobrevivió, pero sufrió importantes lesiones. La familia sostiene que, a pesar de la gravedad de ese suceso, que también se investiga en los juzgados de Valverde, la administración local no adoptó ninguna medida de seguridad.  

Para el abogado de los demandantes, hay otro elemento crucial para demostrar que lo ocurrido meses antes era conocido en el municipio. Se da la circunstancia de que el principal testigo de la causa penal, el joven que acompañó a Lía al lugar de los hechos, es hijo de Carlos Brito, actual alcalde de Valverde y en aquel momento concejal y policía local. En su declaración en sede judicial, este testigo reconoció que fue su padre quien le informó que tiempo atrás otro joven ya se había precipitado por ese mismo desnivel. 

A la espera del informe de la Guardia Civil

La causa penal por la muerte de Lía fue reabierta el pasado 25 de mayo por un juez sustituto. El procedimiento se instruye en el juzgado de Valverde. Su magistrada titular, Ana Rosa Domínguez, había dictado en octubre de 2023 un primer auto de archivo, al considerar que la caída fue un accidente fortuito, que la víctima asumió el riesgo de manera voluntaria y que había una cancela (de unos 90 centímetros) que delimitaba el lugar donde se produjo la caída. Meses después, en enero de 2024, volvió a rechazar el recurso de reforma presentado por la familia, que recurrió de nuevo -en apelación- a la Audiencia Provincial.

La Fiscalía solicitó en aquel momento la desestimación del recurso, al entender que no había indicios suficientes para continuar el procedimiento por un presunto delito de homicidio por imprudencia grave.

El Ministerio Público, no obstante, matizaba lo expresado por la instructora. “Es cierta la existencia de una suerte de valla o cancela (ciertamente de baja altura) que delimita el acceso a la rampa de cemento y que se hallaba cerrada en el momento de los hechos, pero no es a través de la misma como accede Lía, sino superando el muro que sigue a la misma. Y es cierto que dicho muro es de baja altura y no advierte de la altura de caída”, exponía en ese escrito la fiscal, quien, sin embargo, compartía con la magistrada que la actuación de la joven suponía “la asunción de un riesgo”. 

Valla instalada en el lugar tras la muerte de Lía.

En mayo de 2024, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife confirmó el archivo provisional al no apreciar relevancia penal en los hechos y remitió a la vía contenciosa para resolver el caso. Ese auto del órgano provincial remarcaba, no obstante, que en ese lugar no había barandillas delimitadoras y que, según el testimonio prestado en sede judicial por el dueño de la finca, esa rampa había sido construida por el Ayuntamiento de Valverde con la finalidad de darle acceso a su propiedad. 

El giro procesal se produjo en mayo de este año. La acusación particular (la familia de Lía) había presentado un nuevo informe del perito arquitecto que cuestionaba la versión del único testigo directo sobre la mecánica de la caída y la posición final del cuerpo.

A raíz de ese informe, un juez sustituto, Antonio Mazuecos, dictó un auto de reapertura y ordenó dos diligencias al servicio de Criminalística de la Guardia Civil: la inspección técnico-forense con medición de la mancha de sangre y la reconstrucción de los hechos con un dummy (un maniquí de prueba con el peso de Lía en el momento del accidente) e infografía tridimensional. 

El equipo especializado de la Guardia Civil ya acudió al lugar de los hechos a practicar estas diligencias, pero aún no ha remitido el informe de conclusiones. La acusación particular sostiene que la disposición final en la que quedó el cuerpo simulado (dummy) durante las pruebas de reconstrucción no coincide con la mecánica de caída relatada por el testigo.

La magistrada titular ya ha regresado a Valverde. El pasado 10 de julio dictó una nueva providencia que instaba a la Fiscalía a pronunciarse sobre la posibilidad de acordar un nuevo archivo. Lo hizo sin haber recibido aún el informe de reconstrucción en 3D de la Guardia Civil y sin dar traslado a la acusación particular. 

El abogado de la familia recurrió esa providencia con un duro escrito: “Nos encontramos ante una vulneración flagrante no solo de las normas procesales que rigen el proceso penal, sino una auténtica vulneración de los propios principios rectores del derecho penal que alcanza tintes de infracción constitucional”.

También la Fiscalía señala la improcedencia de archivar la causa sin contar con el informe encargado al equipo especializado de la Guardia Civil. De momento, la familia de Lía no dirige la acusación contra nadie en particular.

El Ayuntamiento de Valverde no ha contestado a las preguntas formuladas por este periódico, alegando que hay un proceso judicial en curso y que hasta que no termine no se pronunciarán sobre el caso. 

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