Mogán pagó 14.999 euros, el tope del contrato menor, por el informe que avala llevar la tasa turística al Supremo
El Ayuntamiento de Mogán pagó, a través de una empresa pública, 14.999 euros al bufete madrileño Cremades & Calvo-Sotelo para que elaborase el dictamen externo que el gobierno liderado por Onalia Bueno (Juntos por Mogán) ha presentado como aval jurídico para recurrir en casación ante el Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que anuló la tasa turística municipal de 0,15 euros por persona y noche.
El importe no es casual. Está a un solo euro del umbral de 15.000 euros que la Ley de Contratos del Sector Público establece como tope para las adjudicaciones directas de contratos de servicios, sin concurso público o procedimiento negociado. Un patrón que el Consistorio sureño ya ha ejecutado en anteriores ocasiones con otros reputados despachos de abogados en Madrid para solventar cuestiones judiciales.
La contratación del bufete Cremades & Calvo-Sotelo, que cuenta entre sus socios con exmagistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo -el órgano que deberá decidir primero si admite y después si estima el recurso de Mogán-, se materializó a través de la empresa pública Mogán Gestión Municipal (Gestiona), encargada de la recaudación y de la asesoría jurídica tributaria del Ayuntamiento.
El director general de esta sociedad es Eduardo Álamo Perera, el abogado que presentó junto a Bueno la tasa turística en diciembre de 2024 y también la persona que ha registrado ante el Ministerio del Interior diversas marcas con las que la alcaldesa de Mogán pretende concurrir a las elecciones autonómicas y locales de mayo de 2027.
En la rueda de prensa de finales de 2024, Bueno y Álamo afirmaron que se trataba de una iniciativa pionera en la administración local y que serviría para financiar servicios públicos. Hasta que fue anulada por el TSJC el pasado verano, el Ayuntamiento recaudó 1,4 millones de euros. El mismo día en que se conoció la sentencia del tribunal canario, el 14 de julio, la alcaldesa y el director general de Gestiona volvieron a comparecer para decir que la resolución sería recurrida ante el Supremo, que esos fondos permanecerían congelados hasta que la sentencia fuera firme y que la tasa se seguiría cobrando.
Según la documentación a la que ha tenido acceso Canarias Ahora, seis días después de esa rueda de prensa, una técnica de los servicios jurídicos de la empresa municipal Gestiona firmó un informe para justificar la necesidad de contratar asesoramiento especializado para “el estudio y emisión de un dictamen sobre la viabilidad de interponer recurso de casación” ante el Tribunal Supremo. El órgano contratante sólo específica como motivación “la singularidad del objeto del contrato”, sin explicar cuál es.
Esta fórmula, ya utilizada por el Ayuntamiento para justificar los pagos a otros despachos de abogados, permitió a la empresa municipal adjudicar a dedo el trabajo al bufete presidido por Javier Cremades por un importe de 14.999 euros, un plazo de ejecución de veinte días y un periodo de pago a 30 días desde la adjudicación. Tal y como informa en su página web, Gestiona es una sociedad de capital íntegramente municipal que ostenta la condición de poder adjudicador. Sujeta, por tanto, a los mismos procedimientos que el Ayuntamiento.
El dictamen está fechado en Madrid el 24 de septiembre, día en que Gestiona dice haberlo recibido, pero lleva la firma electrónica de Cremades el 26 de octubre, días antes de que la alcaldesa decidiera llevar el asunto por la vía de urgencia a la Junta de Gobierno local.
¿Qué dice el dictamen?
El informe del bufete madrileño tiene 26 páginas y advierte en sus conclusiones que no es “formalmente” un escrito de preparación del recurso ante el Supremo. De las 23 páginas de contenido puro (las otras tres son la portada, la introducción y el índice), el despacho dedica unas diez a explicar el régimen general de casación, los requisitos de admisión. El análisis aplicado a la sentencia del TSJC está, por tanto, en la mitad del escrito, en una docena de páginas.
En su parte inicial, el dictamen resume los fundamentos de la sentencia del tribunal canario. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC concluyó que el Ayuntamiento de Mogán había intentado camuflar como tasa lo que en realidad era un impuesto y que no tenía competencias para ello. Además, consideró que el hecho imponible (por el que se paga) se definía con expresiones “ambiguas, imprecisas, genéricas”, como “las acciones derivadas del turismo y la sostenibilidad del destino”, y que ello impedía saber qué servicios o actividades concretas financia el tributo. La sentencia aludía a la jurisprudencia del Supremo, que liga la tasa a un servicio público concreto y al beneficio de quien la paga.
En el dictamen entregado a la empresa pública municipal, Cremades & Calvo-Sotelo sostiene que concurren tres supuestos para sostener que puede haber un interés casacional para formar jurisprudencia: la resolución anula una disposición de carácter general, el alto tribunal nunca se ha pronunciado sobre una tasa turística municipal y la doctrina que fije afectaría a un número creciente de ayuntamientos. El informe sostiene que un pronunciamiento de la Sala Tercera del Supremo no solo es “conveniente”, sino “necesario”.
El dictamen, no obstante, apela a la prudencia. El escrito señala que, “debidamente formulado”, el recurso ante el Supremo “podría ser admitido” a trámite, aunque reconoce que la ley otorga al alto tribunal una facultad de selección “casi discrecional” y, por tanto, que es difícil que sea admitido. Tampoco valora las costas que podría tener que pagar el Ayuntamiento en caso de que no prosperara la acción judicial. El TSJC ya le impuso hasta un máximo de 3.000 euros.
A partir de ese dictamen externo, tanto la asesoría jurídica de Gestiona como la del Ayuntamiento elaboraron sendos informes que son incluso más contundentes que el original. El primero formula una “valoración positiva” sobre la conveniencia de preparar el recurso de casación ante el Supremo. El segundo sostiene que las conclusiones del bufete Cremades & Calvo-Sotelo revelan “una sólida viabilidad casacional”.
El plazo de 30 días hábiles para recurrir el fallo del TSJC sigue en suspenso. No empezará a contar hasta que el tribunal canario resuelva el complemento de sentencia solicitado por la Federación de Empresarios de Hostelería y Turismo (FEHT) de Las Palmas.
El patrón: de Choclán a Cremades, pasando por Fernández Valverde
La adjudicación del contrato de 14.999 euros a Cremades & Calvo-Sotelo consolida una práctica habitual en el equipo de gobierno de Bueno: recurrir a grandes despachos de abogados radicados en Madrid, con reconocidos juristas en sus filas, para asumir asuntos de alto impacto político o judicial, siempre utilizando los cauces de los contratos menores.
El Ayuntamiento de Mogán ya adjudicó un contrato menor de 15.000 euros al abogado José Antonio Choclán, magistrado en excedencia de la Audiencia Nacional y letrado de la alcaldesa en sus causas penales, para tratar de impedir que la administración tuviera que hacer frente de manera subsidiaria a la indemnización a un vendedor ambulante de origen senegalés que fue torturado por dos policías locales.
En este mandato, el Consistorio también pagó 17.000 euros al despacho de abogados Montero Aramburu para que el magistrado emérito del Supremo Rafael Fernández Valverde elaborase dos informes relacionadas con otras tantas causas penales por las que estaba siendo investigada Onalia Bueno, una de ellas precisamente por la adjudicación de contratos menores a dos productoras audiovisuales emparentadas, administradas por dos hermanos.
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