López Peraza: ''Pero, ¡cómo que estoy inhabilitado!''

El caso de José Marcelino López Peraza, secretario cesado del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, se ha convertido, desde noviembre de 2005 en un culebrón judicial salpicado de sentencias y fallos que se contradicen entre sí y que ha derivado en la “imposibilidad material” de restituirle en su puesto y en la imputación de la alcaldesa en funciones del Consistorio, Mari Pino Torres, por presunta prevaricación.

“No va a quedar indemne”, amenazaba López Peraza poco después de que el pasado de abril el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de San Bartolomé diese curso a la querella presentada contra Torres y otros miembros del Consistorio. El abogado pretende que el Ayuntamiento “rectifique” sobre su cese y califica los tres autos que respaldan la decisión de no restituirle como “paja”. “Pero, ¡cómo que estoy inhabilitado!”, se defiende.

Según la documentación a la que ha tenido acceso CANARIAS AHORA, José Marcelino López Peraza aterriza como secretario del Ayuntamiento de San Bartolomé el 12 de mayo de 2005 por resolución del Ministerio de Administraciones Públicas (MAP) del 9 de abril. Meses después, en noviembre, la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, dependiente del MAP, notifica al Gobierno municipal una sanción de “destitución del cargo con prohibición de obtener nuevo destino” durante tres años por infracciones cometidas en su anterior etapa como secretario del Ayuntamiento de Santa Brígida.

Según recoge la sentencia de la Audiencia Nacional de 2008 que ratifica la sanción, López Peraza fue inhabilitado por “simultanear su cargo de secretario en el Ayuntamiento de Santa Brígida con el desempeño particular de su profesión de abogado colegiado ejerciente, con despacho abierto al público” y “con el desempeño de otros dos puestos de trabajo en el sector público” (profesor de la ULPGC y profesor de la UNED), además de “haber intervenido en un procedimiento, asesorando y defendiendo ante los Tribunales a una asociación privada en un tema en que dicha asociación tenía intereses contrarios a los del Ayuntamiento”. También se reconoce otra falta grave de incumplimiento injustificado de la jornada de trabajo.

Cuando el Ayuntamiento recibe la notificación, Torres decide destituir de su cargo al secretario. López Peraza apela al Juzgado Central de los Contencioso-Administrativo, que acordó “la suspensión cautelar” de la resolución del MAP en la que se imponía la sanción. Así, ocho meses después del cese, en agosto de 2006, el Ayuntamiento repuso en su cargo a López Peraza, hasta que otra orden del MAP insta de nuevo al cese “sin obstáculo alguno que lo impida”, en virtud de una sentencia de la Audiencia Nacional, con fecha de julio de 2006, que revocaba el auto del Juzgado Central. Sin embargo, otra sentencia del Central, de mayo de 2007, vuelve a dejar sin efecto las resoluciones del ministerio.

Entretanto, López Peraza consigue, en octubre de 2007, la plaza de vicesecretario del Cabildo de Gran Canaria, que posteriormente será rectificada, otorgándole la plaza de secretario del Ayuntamiento de Arucas. Según la resolución en la que el ministerio le otorga el cargo, debe tomar posesión del destino en un plazo de tres días a partir del cese, y debe cesar de su cargo actual en un plazo de tres días desde la publicación de la resolución en el BOE.

Meses después, en enero de 2008, la Audiencia Nacional ratifica la sanción, de la que solo se han cumplido ocho meses (entre diciembre de 2005 y agosto de 2006).

En abril de 2008, la Alcaldía vuelve a destituir a López Peraza, ya que considera que el abogado intenta por todos los medios eludir la notificación que le obliga a cesar de su cargo y tomar posesión como secretario en Arucas. Sin embargo, al tratarse de un habilitado nacional, el cese solo depende de la voluntad del afectado.

Tres sentencias de los Juzgados 1, 2 y 5 de lo Contencioso Administrativo de LPGC respaldan al abogado y declaran a Torres “manifiestamente incompetente” para pronunciarse sobre el cese. Además, el pasado mes de marzo, el MAP emitió una orden en la que nombra de nuevo a López Peraza como secretario en San Bartolomé, El problema, según el Ayuntamiento, es que otros tres autos de esos mismos juzgados, admiten la existencia de “imposibilidad material” para ejecutar las sentencias, ya que, según los cálculos del Consistorio, el titular de la plaza aún debe cumplir siete meses de inhabilitación, desde que se publicase en el BOP de Las Palmas, en agosto de 2009, la sentencia dictada en 2008 por la Audiencia Nacional y que el propio López Peraza se negó a recibir.

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