No hubo omisión del deber de socorro en el triple atropello de la Avenida de Anaga
La Fiscalía de Santa Cruz de Tenerife ha modificado sus conclusiones provisionales y ha eliminado el delito de omisión del deber del socorro en el triple atropello que tuvo lugar el 28 de octubre de 2006 en la Avenida de Anaga, en la capital tinerfeña, y del que son acusados Francisco Javier R.B.L.P y Pedro G.H.R, para quienes mantiene las calificaciones de tres homicidios imprudentes y conducción temeraria, y al primero de ellos añade conducción alcohólica.
El juicio se celebrará por fin entre el 4 y 8 de abril próximos en el juzgado de lo Penal número tres de Santa Cruz de Tenerife, después de que hayan transcurrido más de cuatro años del suceso. Los atropellados fueron un matrimonio de 67 y 62 años y su hija de 40, que sufría una minusvalía del 93%.
Sobre cómo ocurrieron los hechos no hay apenas diferencias entre lo que manifiesta el fiscal José Miguel Castellón Arjona y el abogado de la acusación particular, Miguel Ángel González Hidalgo. Los dos encausados, que en 2006 tenían 22 y 21 años, se encontraron a la altura del semáforo del Auditorio Adán Martín y entablaron una competición en plena vía urbana, se saltaron varios semáforos en rojo y duplicaron el límite de velocidad permitida, 50 kilómetros hora.
Francisco Javier conducía un Volkswagen Polo y Pedro, un Mini Cooper. Al llegar al semáforo del Cabildo se encontraron con el matrimonio y su hija que cruzaban por el paso de peatones, con el semáforo a su favor, pero a los conductores no les dio tiempo apenas a reaccionar. Francisco Javier, que iba delante, tuvo tiempo de dar un volantazo, invadir el carril contrario, pero Pedro se encontró de frente con lo transeúntes y los arroyó. El cuerpo de una de las víctimas fue despedido 50 metros.
Javier quedó en libertad bajo fianza y Pedro estuvo en prisión provisional comunicada 45 días.
Huellas perdidas, testigos desaparecidos
Las dudas sobre cómo se ha llevado a cabo la instrucción policial han salpicado este caso. Varios testigos, hasta diez, presenciaron el atropello y declararon en juzgado, pero en la actualidad, “la mayoría parece ilocalizable”, según ha manifestado a este periódico el abogado de la acusación particular.
La retirada de los agentes de la Policía Nacional que iniciaron las investigaciones y fueron sustituidos por agentes de la Policía Local de Santa Cruz de Tenerife, dificultó que se pudieran reunir pruebas, añade González Hidalgo, por lo que fue necesario que un equipo de la ERAT de la Guardia Civil de Madrid, reconstruyera los hechos.
Según el informe pericial de la ERAT, los dos vehículos debían circular a más de 100 kilómetros por hora para no tener capacidad de frenada y los coches habrían impactado, el primero, de refilón y el segundo, de lleno, con los transeúntes.
El abogado de la defensa de Francisco Javier R.B.L.P, sostiene por el contrario y frente a los informes periciales y los testigos que declararon ante el juez de Instrucción 3, que su cliente no cometió el atropello, lo que achaca únicamente a Pedro, y que se presentó de forma voluntaria a la Policía, por lo que en su momento pidió el sobreseimiento de la causa. Así mismo alegó que no había pruebas de los delitos y que todo fue un fatal accidente porque las tres victimas no cruzaban por el paso de peatones.
Las acusaciones niegan estos argumentos. El fiscal declara en su escrito que Francisco Javier se presentó a la Policía “12 días después del hecho, cuando las sospechas se cernían sobre el mismo y las gestiones policiales se centraban sobre su persona, pero no como un simple testigo de los hechos, sino como participe o implicado en los mismos”.
En ese tiempo, según el fiscal, el acusado pudo borrar las huellas del impacto con al menos una de las víctimas. Según los peritos judiciales, había arreglado el parachoques delantero y el proyector derecho de su Volkswagen.
Dilaciones
El juicio llega con más de cuatro años de retraso, lo que podría dar lugar a una atenuante de dilaciones indebidas. El fiscal pidió la apertura de juicio oral hace un año, en febrero de 2010, pero no calificó los delitos hasta julio pasado. A favor de Pedro, al que se considera autor material de los hechos, está que la responsabilidad civil subsidiaria (200.000 euros), que recae en su padre, ya ha sido abonada por la compañía de seguros Maphre, lo que supone una reparación del daño.
La fiscalía pide seis años de cárcel a cada uno de los acusados, además de la prohibición de conducir por otros diez, y una indemnización a los familiares de los fallecidos de 300.000 euros.
La acusación particular pide a ambos acusados dos años de prisión por omisión del deber del socorro, otros dos por un delito contra la Seguridad Vial y cuatro años por homicidio imprudente en el caso de Pedro, que rebaja a tres años y medio para Francisco Javier.