Sanidad, obligada a indemnizar con un millón de euros a una familia de Lanzarote por los daños causados a un bebé
El Servicio Canario de la Salud (SCS) ha ordenado el pago de más de un millón de euros a una familia de Lanzarote por los daños neurológicos que sufrió su hijo al nacer, hace 20 años, en un parto que se prolongó más trece horas sin que los médicos se dieran cuenta de que le faltaba oxígeno.
En una resolución registrada el pasado 24 de enero a la que ha tenido acceso Efe, el SCS comunica al Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Las Palmas de Gran Canaria que ha procedido al pago de la indemnización que le impuso a favor de esa familia: 600.000 euros en concepto de principal por los daños ocasionados y 425.658 euros por intereses de demora.
La sanidad pública de la comunidad autónoma toma esa decisión un mes después de que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) corroborara la sentencia dictada en primera instancia en 2014, que consideró probado que los médicos que atendieron aquel parto en 1999 cometieron un error de diagnóstico grave.
El SCS negaba tal afirmación en sus recursos, pero se ha enfrentado a tres dictámenes favorables a los padres; el primero de ellos, del propio Consejo Consultivo de la comunidad autónoma, que recomendó al Gobierno de Canarias atender la reclamación de la familia afectada, por razones que luego ha avalado la Justicia.
Esos dictámenes coincidían en que el niño padeció hipoxia durante el parto, sin que los médicos que atendían el parto en el Hospital Materno Infantil de Las Palmas de Gran Canaria se dieran cuenta de ello y le practicaran una cesárea con urgencia.
Y ello ocurrió, resume el TSJC en su sentencia de diciembre de 2018, “bien por no emplear los medios diagnósticos adecuados, bien por no interpretar correctamente los resultados de los utilizados durante el parto”, lo cual supone “un error de diagnóstico grave”.
Los abogados de la familia afectada, Agustín Domingo Acosta y Javier Navarro, han explicado a Efe que debido a esa mala atención que recibió al nacer, el chico padece una parálisis cerebral con un grado de invalidez permanente superior al 85 por ciento.
La sentencia del TSJC de diciembre de 2018 considera que lo ocurrido durante el parto convierte a la sanidad pública canaria en responsable patrimonial de los daños neurológicos que sufre el joven afectado, que tienen su “causa directa” en un error médico.
En cuanto a la indemnización concedida, el tribunal la considera “acorde” a las “tremendas consecuencias del caso” y también al tiempo transcurrido desde que la familia presentó su primera reclamación, “cuando todavía no se aplicaba el euro, sino la primitiva peseta”.
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