El Supremo avala el ERE de La Oliva
El Tribunal Supremo ha revocado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que ordenó al Ayuntamiento de La Oliva (Fuerteventura) readmitir a los 46 trabajadores a los que despidió hace dos años a través de un expediente de regulación de empleo (ERE).
La Sala de lo Social del TSJC consideraba que el Consistorio no había justificado adecuadamente las causas económicas que le llevaban a despedir a esos trabajadores y había incumplido algunos de los procedimientos previstos para este tipo de expedientes.
En un comunicado, el Ayuntamiento majorero anuncia que el Supremo le acaba de notificar que acepta su recurso y corrige esa sentencia.
El TS subraya -según el Consistorio- las especiales circunstancias que concurren en los ERE de las administraciones públicas que, a diferencia de las de las empresa privadas, se encuentran “sin capacidad para acordar soluciones que incumplan normas de distribución competencial o de cualquier otro orden en el terreno administrativo”.
El Alto Tribunal tampoco considera acertado plantear, como hacía el TSJC, que el Ayuntamiento incumplió la obligación de negociar de buena fe y de aportar la documentación prevista en las normas.
El Supremo precisa que el TSJC no se pronunció, además, sobre si los despidos eran procedentes o improcedentes, algo que ahora deberá hacer para fijar la cuantía de las indemnizaciones.
Entre los argumentos que el Ayuntamiento de La Oliva adujo para presentar ese ERE, figuraban su insuficiencia presupuestaria y el hecho de que algunos de esos trabajadores prestaban labores en funciones que ya asumen otras administraciones.