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Admitido el recurso de una empresa sancionada por la APMUN ante las dudas sobre qué organismo es competente

Ciudad de la Justicia de Las Palmas de Gran Canaria. (ALEJANDRO RAMOS)

Europa Press

Las Palmas de Gran Canaria —

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La sección especial con competencias en materia casacional de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC ha admitido a trámite un recurso de casación autonómico contra la sentencia que el 16 de marzo 2018 confirmó una multa de 3.000 euros impuesta por la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (APMUN) a la empresa Canguro Las Palmas por la ampliación de una edificación en suelo rústico de protección natural.

Así lo ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en una nota de prensa en la que añade que, en concreto, dicha obra tuvo lugar en el término municipal de la Vega de San Mateo (Gran Canaria) y en el Espacio natural Protegido denominado Paisaje Protegido de Las Cumbres C-25.

Lo que acepta la sala con competencias casacionales es debatir y resolver qué administración es la competente para incoar, instruir y resolver expedientes sancionadores en materia de disciplina urbanística, ya que actualmente la normativa parece confusa.

En este sentido, a los ayuntamientos les corresponde las infracciones contra la ordenación urbanística; a los cabildos, las infracciones en materia de protección del medio ambiente y la gestión y conservación de Espacios Naturales Protegidos cuya gestión le hubiere sido atribuida; a la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural cuando las infracciones tengan carácter grave o muy grave y en Ayuntamiento y el Cabildo no hayan incoado expediente, y de nuevo a la APMUN cuando en un mismo supuesto concurran presuntas infracciones de la competencia municipal o insular.

Por su parte, el auto de admisión a trámite del recurso apunta que la mayor dificultad sobre competencias reside en su distribución entre los ayuntamientos y la Agencia.

El tribunal precisa asimismo que la cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia es determinar la competencia para incoar, instruir y resolver expedientes sancionadores en materia de disciplina urbanística de las distintas administraciones, conforme al Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios naturales de Canarias, e igualmente identificar como normas jurídicas que en principio deben ser objeto de interpretación, los artículos 190, 202, y 229.2 del Decreto Legislativo 1/2000 de 8 de mayo.

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