La Justicia da la razón a un funcionario que sufrió un ictus al que el Muface denegaba la debida prestación médica

Hospital Nisa Aljarafe en el que está ingresado el paciente tras la resolución del TSJC.

Iago Otero Paz

Las Palmas de Gran Canaria —

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dado la razón a un funcionario que sufrió un ictus y que estaba suscrito al Muface, el sistema de prestación pública para los funcionarios del Estado ejecutado por proveedores privados, en este caso Adeslas, quien rechazaba darle el tratamiento requerido, que consistía en el ingreso en una unidad de daño cerebral en Madrid o Sevilla ya que en Canarias no existe ningún centro especializado en neurorrehabilitación.

El asegurado sufrió el ictus a finales de 2013 y, según los protocolos, tras la fase aguda de la que se recuperó en el Hospiten Sur, tenía el derecho a ir a un médico especializado en tratamiento de neurorrehabilitación, por lo que en marzo de 2014 pidió esta prestación. La mutua se lo concedía en Sevilla pero en régimen ambulatorio, por lo que la defensa del funcionario, ateniéndose a los informes médicos, sostenía que el paciente debía ser hospitalizado en la ciudad andaluza, lo cual fue rechazado por la empresa aseguradora.

Desde Abogadas De Tenerife, el bufete que llevó este caso, explican que Muface dio largas durante siete meses al requerimiento de ingreso en el Hospital Nisa Aljarafe de la provincia andaluza, por lo que el paciente estuvo recibiendo tratamiento ambulatorio en un centro de rehabilitación ICOT, el cual no daba, según un informe médico de un doctor, el tratamiento adecuado porque debía estar haciéndose en una unidad hospitalaria de neurorrehabilitación que contara con médicos neurólogos expertos en esta área, además de médicos generalistas, médicos de rehabilitación, y médicos de urgencia, aparte de la dotación de técnicas terapéuticas especializadas en el daño cerebral sobrevenido, la existencia de procedimientos neurofisiológicos, instrumentales de diagnóstico y de tratamiento, como puede ser la neuroestimulación con aparatos adecuados o la existencia de UCl de 24.

Un segundo informe de otro doctor rezaba que el paciente debería ser ingresado en una unidad de rehabilitación para pacientes en situación aguda especializada en el tratamiento de los pacientes con accidente cerebrovascular o lesión de la médula espinal.

Estos dos informes fueron rechazados por Adeslas porque consideraba que la documentación sobre la que se emitían las resoluciones médicas no estaba actualizada al usarse, desde su punto de vista, el informe médico de alta del Hospiten Sur de marzo de 2014 y el de la terapia ocupacional en ICOT de mayo de 2014. Sin embargo, los informes estaban realizada con documentación de agosto de 2014, por lo que la información recabada abarcaba hasta octubre de 2014.

No solo Adeslas intentó convencer al TSJC de que los dos informes no tenían valor y que el tratamiento que recibía en ICOT cumplía los requisitos, un doctor declaró ante los magistrados que el tratamiento del paciente se veía dificultado por una actitud “hostil y poco colaboradora de los familiares del paciente”, una opinión que fue rechazada por la Sala, la cual estaba presidida por el magistrado Moreno-Luque Casariego y que acordó ordenar el ingreso del funcionario en el ya citado hospital sevillano, debiendo sufragar Adeslas los gastos derivados de los traslados, la estancia y el tratamiento, además de incluir los gastos de estancia de un acompañante si esta prestación está contenida en el convenio. Contra este recurso, dictado en enero de 2015, cabía recurso de reposición, el cual fue realizado por la empresa aseguradora, aunque también fue ganado por la defensa del paciente.

Desde Abogadas de Tenerife creen que el motivo por el que Adeslas rechazaba realizar el traslado del paciente hasta Sevilla era porque el coste del mismo en un avión medicalizado ascendía hasta 23.000 euros. De esta manera, sostienen que la aseguradora se negaba a darle el tratamiento adecuado simplemente por motivos económicos. Además, creen que la falta de tratamiento apropiado podría haber afectado a la recuperación del paciente y comparan la prestación que está recibiendo el mismo en la actualidad en Sevilla con el que recibía en Tenerife. Así, en la Península recibe cerca de cinco horas de rehabilitación diaria frente a las dos que realizaba en la isla, además de tener más servicios sanitarios por el hecho de estar hospitalizado.

En los últimos años los funcionarios han visto como sus derechos sanitarios se han visto disminuidos tras los recortes realizados por el Ministerio de Hacienda en los últimos años. A finales de 2013 se informaba que el convenio para 2014 equiparaba los servicios obligatorios que debían prestar estas compañías con los del Sistema Nacional de Salud, por lo que los copagos llegaron a la mutua de funcionarios. Mientras, en este 2015 los recortes en la financiación del Ministerio de Hacienda a las mutuas sanitarias ha provocado que muchos funcionarios enfermos se hayan visto privados de su derecho a la atención sanitaria continua, porque se ha reducido la oferta de centros y especialidades médicas en muchas provincias españolas.

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