Los médicos temporales retiran el recurso contra los exámenes de estabilización ante su “completa indefensión judicial”
El Sindicato de Empleados Médicos de Canarias (SEMCA), organización constituida en 2021 para defender los intereses del personal médico y facultativo afectado por el abuso de la contratación temporal en la sanidad pública del Archipiélago, ha retirado el recurso que había presentado el pasado 15 de septiembre contra la resolución que llamaba a examen a más de 8.200 aspirantes en la fase de concurso-oposición del proceso de estabilización.
El sindicato sostenía en esa demanda que no era posible iniciar los exámenes sin haber adjudicado antes las plazas del concurso de méritos, puesto que las bases recogen que esos procesos deben ser “secuenciales”, uno detrás de otro, y no se pueden solapar.
SEMCA sigue manteniendo ese argumento. El desistimiento del recurso no tiene que ver con un cambio de posicionamiento, sino con la “completa indefensión” a la que dice haber estado sometida la organización no solo por parte del Servicio Canario de Salud (SCS), sino también, “y lo que es más grave”, por parte de los tribunales, “el último recurso de amparo”.
Un enredo judicial ha frustrado las pretensiones de este sindicato. En el recurso que presentó el 15 de septiembre, SEMCA había solicitado como medida cautelarísima la suspensión del examen hasta que los tribunales se pronunciaran sobre el asunto de fondo. SEMCA entendía que concurrían razones de especial urgencia para la paralización de la convocatoria, dada la inminencia del comienzo de las pruebas (el 29 de septiembre).
Con esa petición de cautelarísimas, el sindicato pretendía evitar futuros perjuicios a los candidatos. Si se celebraban los exámenes y los tribunales acababan dando la razón a SEMCA y anulando la convocatoria, las pruebas no habrían servido de nada.
Según la ley de jurisdicción contencioso-administrativo, ante una petición de medidas cautelarísimas el juez o tribunal deberá pronunciarse en un plazo de dos días sin necesidad de oír a la parte contraria (inaudita parte). SEMCA dirigió su petición al Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) porque así lo recogía el pie de la resolución de la convocatoria, firmada el 12 de septiembre por el director de Recursos Humanos del SCS.
Cronología de un enredo judicial
Es ahí donde empieza el enredo. El lunes 22 de septiembre, cinco días después de la fecha en la que se cumplía el plazo para resolver sobre la petición de medidas cautelarísimas, los servicios jurídicos del sindicato reciben un escrito (una diligencia de ordenación) del letrado de la administración de justicia (antiguo secretario judicial) que cuestiona la competencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC para resolver y da un plazo de diez días al demandante y a la Fiscalía para alegar lo que considerasen oportuno. Un plazo que se cumple el 8 de octubre. Tres días después, por lo tanto, de la fecha en que está previsto que concluyan todos los exámenes programados en esa convocatoria.
Todo se precipita el mediodía del jueves 25, en un intervalo de menos de una hora. Ante la falta de respuesta del TSJC, “la premura de tiempo” y la necesidad de “salvaguardar los derechos de todos los aspirantes” al proceso de estabilización, los servicios jurídicos del sindicato plantean la opción de presentar otro recurso con petición de medidas cautelarísimas ante un juzgado de primera instancia. Se registra a las 12.54 horas y recae en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Las Palmas de Gran Canaria.
Apenas media hora después, el sindicato recibe una llamada de un funcionario del TSJC que comunica que sí habrá un pronunciamiento de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal sobre las medidas cautelarísimas solicitadas. A las 13.39 horas de ese jueves, el letrado de la administración de justicia de este tribunal indica que se forma una “pieza separada de suspensión” para dirimir si se paraliza o no el examen. En ese momento quedan aún cuatro días para el comienzo de las primeras pruebas.
Sin embargo, justo un minuto antes de ese escrito, a las 13.38 horas, el magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 4 de la capital ya había dictado un auto que desestimaba las medidas cautelarísimas. Su argumento era que ya había transcurrido el plazo de diez días estipulado para resolver ese tipo de peticiones, puesto que la resolución impugnada, la convocatoria del SCS, era del 12 de septiembre y el recurso se había presentado el 25. Lo cierto es que el sindicato lo había interpuesto el día 15, pero no ante el juzgado de primera instancia sino ante el TSJC, tal y como apuntaba el pie de la resolución de convocatoria del examen de la Consejería de Sanidad.
El escenario a 29 de septiembre, fecha de inicio de los exámenes, era el siguiente. Por un lado había un auto desestimatorio de las medidas cautelarísimas de un juzgado de primera instancia. Y, por otro, el sindicato seguía a la espera de respuesta del TSJC, que había abierto una pieza separada de suspensión para decidir si paralizaba o no la prueba. El SCS siguió adelante con la convocatoria al considerar que el auto del juzgado de primera instancia garantizaba la seguridad jurídica del procedimiento.
El martes, un día después del arranque de la fase de oposición, desde el Tribunal Superior de Justicia de Canarias informa a este periódico que todavía no había resolución sobre la petición del sindicato, que estaba “pendiente”. Esa misma jornada, SEMCA presenta un escrito de desistimiento al entender que las medidas cautelarísimas ya no tenían sentido, puesto que ya se habían celebrado los exámenes. Por lo tanto, los efectos perjudiciales que se pretendían evitar con esas cautelarísimas eran ya “irremediables”, por lo que el sindicato decidió no continuar con el procedimiento para no perjudicar a los aspirantes examinados.
Una “completa desprotección”
Ante esta sucesión de acontecimientos, el sindicato siente que los trabajadores han quedado “completamente desprotegidos” por la administración y por los tribunales. Sostienen que el TSJC “no ha cumplido con el plazo estipulado” para la estimación o desestimación de la medida cautelarísima solicitada y recuerdan que fue el propio SCS quien en su resolución de llamamiento a examen indicaba “unívocamente” que los recursos debían presentarse ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal canario.
SEMCA también destaca que el magistrado del juzgado de primera instancia tramitó “en menos de una hora todo el expediente” y dictó un auto desestimando las medidas cautelarísimas “sin siquiera hacer mención a su competencia sobre el asunto tratado”, a pesar de que la resolución del SCS recurrida “explicita que el competente es el TSJC, que no se ha pronunciado hasta la fecha” sobre la petición para paralizar los exámenes.
Una decisión controvertida
El proceso de estabilización se convocó a finales de 2022 con el objetivo de reducir la elevada tasa de temporalidad en la sanidad canaria (por encima del 70% en algunas categorías) hasta un máximo del 8%.
El SCS decidió convocar en esa resolución tres procesos selectivos. El primero era el de estabilización del empleo temporal de larga duración (para consolidar la plaza de los trabajadores de mayor antigüedad en la administración) mediante un concurso de mértiso. El segundo, de estabilización de empleo temporal a través de concurso-oposición. Y el tercero, el proceso selectivo ordinario, también mediante concurso oposición.
Según las bases, esos procesos debían celebrarse “de forma secuencial e independiente (cuando finaliza uno se continúa con el siguiente)”.
SEMCA entendía que solo había una forma de interpretar la resolución: “Primero se debe finalizar el proceso selectivo de estabilización por la vía del concurso y, una vez nombrados como personal estatutario fijo las personas adjudicatarias de las plazas de este proceso selectivo, se procederá al llamamiento para realizar las pruebas del proceso selectivo de estabilización por la vía del concurso-oposición”, por el examen.
Además del recurso (ahora retirado) con el que pretendían paralizar el examen, SEMCA convocó huelga para el pasado 26 de septiembre.
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