Los vecinos a los que el Santander llamó “ignorados ocupantes” ganan la batalla judicial y conservarán sus casas

Calle Ladera de Cuyás.

Iván Alejandro Hernández

Las Palmas de Gran Canaria —

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Primero se les cayó un muro de contención que obligó a desalojar sus casas por orden municipal, sobre el Paseo de Chil de Las Palmas de Gran Canaria, y aprovechando el corrimiento e inmediato desalojo, una filial del Banco Santander intentó expulsarlos de manera definitiva. La Justicia, ahora, les ha dado la razón y los vecinos de Ladera de Cuyás a los que el banco calificó en una demanda, en octubre de 2018, como “ignorados ocupantes” han ganando su batalla judicial y conservarán sus casas.

Y todo gracias a que el juzgado de Primera Instancia Número 9 de Las Palmas de Gran Canaria ha desestimado una demanda de Altamira Santander Real Estate, S.A., que, apelando al artículo 41 de la Ley Hipotecaria, reclamaba el desalojo de los vecinos que habitan las 16 viviendas en la calle Ladera de Cuyás, unas casas que el banco consideraba de su propiedad, al adquirir por compraventa una finca en la misma zona en octubre de 2008.

El juez condenó a Altamira a pagar las costas porque estima que las 16 viviendas, separadas de la calle Paseo de Chil por un muro y conectadas por casi medio centenar de escalones, no pertenecen a la sociedad inmobiliaria del Grupo Santander, ya que “la identidad registral de esa finca no está muy clara”. En el registro de la propiedad, las casas no están incluidas en la parcela que adquirió la entidad al no contemplar ninguna finca urbana o que se hubiese urbanizado; solamente “se describe como tierra labradía”, según la sentencia, emitida en diciembre de 2019.

Por ello, el magistrado considera que hay “dudas razonables” sobre la realidad física y la registral y ni los vecinos ni la sociedad inmobiliaria han podido aclarar este punto, aunque correspondía a la parte demandante demostrar que era el legítimo propietario de las casas. En cambio, los vecinos (representados por el despacho Ramón Abadías Abogados SCP -que defendió a los habitantes de 15 viviendas- y María de los Ángeles Martín Blanco, que intercedió por los ocupantes de una de las casas), sí lograron acreditar que habitan esos inmuebles desde hace, al menos, 70 años, aportando documentos, fotografías que mostraban incluso su “auto-construcción” o mediante facturas de los pagos de agua y luz.

“Consta la posesión de la finca por los demandados, que de forma tractaria procedería del titular original Fernando Arencibia Motesdeoca”, refleja la sentencia, refiriéndose a quien era el propietario de la parcela en la que se ubican las viviendas antes de los años 70 del siglo XX, que incluía las zonas donde se situaban las plataneras que ocupaban toda la calle Tomás Morales antes del crecimiento de la ciudad capitalina.

En aquella época, las 16 viviendas de la Ladera de Cuyás eran unos cuartos de labranza que Arencibia tenía para sus empleados en las plataneras, que, al parecer, les fueron cedidos, ya que “no consta la existencia de arrendamiento o precario alguno”. Posteriormente, los trabajadores construyeron allí las casas “sin perjuicio de la calificación definitiva”, según la sentencia, que pasaron de padres a hijos y vivieron como propietarios hasta la actualidad.

En paralelo, la finca que fue propiedad de Arencibia ha pasado por diferentes manos: desde Promociones Turísticas de Canarias (una inmobiliaria propiedad de la entonces Caja Insular de Ahorros, actualmente Bankia) -que quebró y no pudo acometer una pretendida promoción con los vecinos de la Ladera de Cuyás- a Tirba S.L. (que no acometió ninguna actuación), hasta que el 21 de octubre la adquirió la mercantil Centro de Equipamiento Zona Noroeste, S.A., que pasó a denominarse Altamira Santander Real State, S.A.

Y en todos esos años, los habitantes de las 16 viviendas no han sido “ignorados ocupantes” de las casas, pues el juez, en sentencia firme, ha considerado probada “la posesión” por parte de los vecinos de forma ininterrumpida de los inmuebles y Altamira no presentó recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas.

Conflicto tras el derrumbe de un muro

En la madrugada del 11 abril de 2019, en pleno procedimiento judicial, el muro que separa las viviendas de la calle Paseo de Chil cedió y el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria desalojó a una veintena de personas durante algo más de un mes para garantizar su seguridad mientras realizaba las labores de reparación.

Este hecho fue aprovechado por Altamira para pedir la “finalización del procedimiento por carencia sobrevenida de objeto”, es decir, reclamaba el sobreseimiento porque consideraba que los vecinos ya habían sido desahuciados. Se celebró una vista oral y el juez desestimó las pretensiones de la sociedad inmobiliaria.

Este periódico ha intentado contactar con Altamita Santander Real Estate, S.A., pero la sociedad inmobiliaria no se ha pronunciado al respecto.

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