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Los compañeros del juez Alba en la Audiencia de Las Palmas le corrigen y absuelven a dos policías a los que había condenado a penas de cárcel

Juicio a dos policías de Fuerteventura acusados de detención ilegal.

Canarias Ahora

Las Palmas de Gran Canaria —

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto a dos policías nacionales de Fuerteventura acusados de detención ilegal y falsedad documental al entenderse que habían simulado que sus detenidos traficaban con drogas. La sentencia, de la que es ponente María Auxiliadora Díaz, estima que las detenciones se ajustaron a la legalidad y que no queda acreditada la fiabilidad de los testigos. 

La Sección Sexta cambia ahora de criterio. El juez Salvador Alba había dictado una sentencia condenatoria de siete años de prisión para estos dos policías en 2016. Sin embargo, el Tribunal Supremo anuló este fallo en 2017 al entender que, al igual que su compañero de tribunal Carlos Vielba, tuvo conocimiento previo de los hechos, los valoró como ponente en sentencia anterior tomando partido por una de las partes y dedujo testimonio contra los dos policías, a los que después enjuició y condenó.

Se trata de la misma infracción (deber de abstención) que el juez Alba trató de atribuir sin éxito a la magistrada Victoria Rosell cuando conspiró contra ella en 2016 para fabricar pruebas y  perjudicar su carrera. 

Después de que el Supremo declara nula esta sentencia, el juicio tuvo que volver a celebrarse en mayo de 2018. El Ministerio Fiscal pedía 14 años para los dos policías acusados de haber colocado más de 170 gramos de cocaína a cuatro personas en Puerto del Rosario para simular una operación, detenerlas y atribuirles tráfico de drogas.

Sin embargo, la Audiencia considera ahora que la intervención policial se desarrolló a consecuencia de una nota informativa y tenía como objeto investigar un presunto delito contra la salud pública. En la sentencia, destaca que la validez de los testigos no queda acreditada “por la poca solidez, credibilidad y fiabilidad”, de los testigos a los que tras la detención llevada a cabo por los agentes acusados “se les imputaba un delito contra la salud pública.

El fallo señala que acusar a la Policía y decir que “se lo ha inventado todo” es “lo más normal” en este tipo de casos, por lo que declara la absolución de ambos. Además, deja sin efectos cualquier medida cautelar que hubiese sido acordada durante la instrucción de la causa. No obstante, la sentencia no es firme y cabe poner recurso de casación 

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