El Supremo confirma la nulidad del nombramiento del director de la Fundación Auditorio Teatro
El Tribunal Supremo ha rechazado revisar las sentencias que declararon nulo el nombramiento de Tilman Kuttenkueler como director general de la Fundación Auditorio y Teatro de Las Palmas de Gran Canaria, tras constatarse que no se valoraron los méritos de los demás aspirantes.
En una providencia dictada el 2 marzo, a la que ha tenido acceso Efe, el Supremo decide no admitir a trámite el recurso interpuesto por la Fundación contra las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) y el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Las Palmas de Gran Canaria que ampararon la queja de otro de los candidatos a ese puesto, Juan Márquez, antiguo gerente del Teatro Cuyás y en la actualidad jubilado.
En abril de 2018, el juez que examinó el concurso en primera instancia falló que en la resolución que adjudicaba la plaza a Kuttenkueler se echaba “en falta la valoración de las propuestas realizadas por los demás aspirantes y por qué las mismas desmerecen a las del elegido, a fin de ahuyentar las alegaciones de arbitrariedad y confianza y defender los principios de mérito y capacidad”.
Su sentencia también daba la razón al recurrente en su queja de que, a favor de la designación de Kuttenkueler, se había utilizado un argumento que no figuraba en las bases, el de “la proyección que el nuevo Patronato quiere dar a la Fundación”, lo que constituye un “concepto indeterminado cuya concreción no consta a lo largo de todo el expediente administrativo”.
En enero del año pasado, el TSJC suscribió los razonamientos del Juzgado de lo Contencioso y revocó el nombramiento de Kuttenkueler, si bien precisando que no lo hacía por “ausencia de méritos” del profesional que ha dirigido estos años la Fundación Auditorio y Teatro de Las Palmas de Gran Canaria, sino por “la ausencia del examen comparativos de los méritos de otros candidatos”.
El TSJC decidió además no asignar a nadie en concreto la plaza en litigio, sino limitarse a anular la resolución del concurso.
“No corresponde a esta Sala convertirse en órgano de selección ni suplir el déficit de motivación, sino dar respuesta a si existió ese déficit de motivación denunciado”, argumentaban los magistrados del TSJC, que subrayaban que ellos no podían convertirse “en órgano de valoración en un terreno que no les es propio”.
Ahora, el Tribunal Supremo dispone que la Fundación Auditorio y Teatro no ha presentado suficientes razones que justifiquen la tramitación un nuevo recurso en este litigio.
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