El Supremo ratifica la condena a un hombre en Gran Canaria que ató a su tío y le arrojó líquido desatascador encima
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a once años y tres meses de cárcel a un vecino de San Mateo, en Gran Canaria, acusado de atar a su tío a una silla y provocarle graves quemaduras en el cuerpo al rociarle con desatascador.
El tribunal ratifica que el procesado es autor de los delitos de lesiones, detención ilegal y robo con violencia e intimidación, aunque ya en su momento quedó absuelto del de amenazas.
La sentencia considera como hechos probados que el cuatro de enero de 2020, la víctima regresó a su domicilio donde convivía con su sobrino, la pareja de este y la hija de ambos, y se originó una discusión.
Según el Supremo, el procesado acusó a la víctima de haberlo denunciado.
A continuación lo habría atado a una silla con unos cinturones y le causó graves quemaduras en el 10% del cuerpo al rociarle con esta sustancia, por lo que tuvo que ser ingresado en un hospital.
Ante el Supremo el acusado mantuvo que no existió riesgo vital y que la detención sólo tenía por objeto el robo, a lo que ahora se responde que esta duró más de lo que correspondería a una sustracción y considera probado el uso de la violencia.
Aquella noche la respuesta de la víctima fue que ya no quería tener más trato con él a lo que procesado reaccionó dándole varios golpes en la cara con los puños cerrados.
Acto seguido, se dirigió al baño de la vivienda y cogió un bote de desatascador, compuesto por productos químicos y líquido corrosivo, para vertérselo a la víctima por la parte izquierda del rostro, cuello, torso y espalda.
Igualmente, “con ánimo de amedrentarlo, al oír a personas que estaban en el exterior, le dijo que se callara porque iba a matar a los guardias que estaban en ese momento tocando en la puerta”, recogió el fallo.
Desde un primer momento se consideró que la versión del acusado de que su tío llegó borracho a casa y sufrió un accidente porque cogió un bote de desatascador que había sobre la encimera del baño y se le cayó encima de la espalda no era “convincente ni racional” y más bien la calificación de “ficticia”.
Por tanto, el Supremo cree que la calificación jurídica efectuada por la Sala sentenciadora es “correcta, respecto a los hechos que se describen en el relato fáctico en la forma que han quedado expuestos”. Todo ello en cuanto hubo violencia que “se orientó a lograr la disponibilidad de los efectos sustraídos”, indica el fallo firme.
0