Estos son los perfiles y competencias de la Comisión de Garantías de Castilla-La Mancha para evaluar casos de eutanasia

Hoy entra en vigor la Ley de Regulación de la Eutanasia en todo el país para lo que las comunidades autónomas han tenido que crear las denominadas Comisiones de Garantía y Evaluación. Son los órganos que verificarán los casos, tanto de manera previa como posterior. Castilla-La Mancha acaba de constituir el suyo propio, cuya organización y funcionamiento ya se ha publicado en el Diario Oficial (DOCM). Esta comisión no tendrá retribuciones y la formarán entre siete y diez personas con perfiles centrado en Medicina, Psicología, Bioética y Filosofía.

El Gobierno de Castilla-La Mancha ha constituido esta comisión mediante decreto, en el cual establece que la Presidencia de la misma será elegida por mayoría simple entre las personas integrantes, mientras que la Secretaría la ejercerá una persona funcionaria de la Consejería de Sanidad. Las personas integrantes de este nuevo órgano, así como sus suplentes, serán designados por un periodo de cuatro años por la persona titular de la Consejería con competencias sanitarias.

De esta forma, entre los perfiles que recoge el decreto se encuentran personas con licenciatura o grado en Medicina, una con formación en bioética y otra especialista en Psiquiatría; personas licenciadas en Derecho, especializadas en derecho sanitario y con formación en bioética; personas especializadas en Psicología clínica, que desarrollen su trabajo en el ámbito de las enfermedades o padecimientos incurables; personas licenciadas o graduadas en Medicina con experiencia en el ámbito de las personas con enfermedades o padecimientos incurables; personas graduadas en Enfermería con formación en bioética; persona licenciada o graduada en Filosofía, con experiencia docente; y personas procedentes de organizaciones de la sociedad civil implicadas en la atención de personas con enfermedades o padecimientos incurables.

Entre las funciones de la comisión estará la de resolver, en el plazo máximo de veinte días naturales, las reclamaciones que formulen las personas a las que el médico responsable haya denegado su solicitud de prestación de ayuda para morir, así como dirimir los conflictos de intereses que puedan suscitarse.

Detectar problemas y resolver dudas

También tendrá que verificar en el plazo máximo de dos meses si la prestación de ayuda para morir se ha realizado de acuerdo con los procedimientos previstos en la ley; detectar posibles problemas en el cumplimiento de las obligaciones previstas en dicha norma, resolver dudas o cuestiones que puedan surgir durante la aplicación de la misma; y elaborar y hacer público un informe anual de evaluación acerca de la aplicación de la ley.

Asimismo, la Comisión realizará la verificación previa de que concurren los requisitos y condiciones establecidos para el correcto ejercicio del derecho a solicitar y recibir la prestación de ayuda para morir.

Se da la circunstancia de que Castilla-La Mancha también inició recientemente los trámites para la constitución de un Comité regional de Bioética que ya tienen en marcha muchas comunidades autónomas y que también evaluará casos sobre eutanasia, y también sobre prioridades en la vacunación o reproducción asistida. Este órgano quiere asesorar a los profesionales, pero sus decisiones no serán vinculantes. La comunidad autónoma ya cuenta, además, con comités de Ética Asistencial y de los Servicios Sociales y de Atención a la Dependencia (este último en el ámbito social data de 2019).