Cuatrecasas fue condenado por ocho delitos fiscales pero evitó la cárcel tras pactar con el fiscal y la Abogacía del Estado que dependía de Santamaría

Emilio Cuatrecasas, líder del bufete por el que ha fichado Soraya Sáenz de Santamaría este lunes, es un viejo conocido de la crónica judicial barcelonesa. En 2015 este abogado, cuyo despacho es especialista en asesoría fiscal, fue condenado a ocho delitos contra la Hacienda pública. Tras un pacto con la Fiscalía al que no se opuso la Abogacía del Estado –que entonces dependía de la vicepresidencia del Gobierno que ostentaba Sáenz de Santamaría–, Cuatrecasas aceptó una pena de dos años de cárcel –que no cumplió– y una multa de 1,5 millones de euros tras haber devuelto al erario público 4,1 millones, correspondientes al importe defraudado más los intereses.

En la sentencia de conformidad dictada en 2015, que hoy ha recuperado elplural.com, se consideró probado que Cuatrecasas defraudó 3,02 millones de euros en los impuestos de IVA (827.590,3 euros), Sociedades (312.887,95), IRPF (775.492,88 euros) y Patrimonio (1.109.787,36 euros), entre los ejercicios fiscales de 2006 a 2008.

El acusado devolvió, como paso previo a aceptar la sentencia que le condenaba, toda la cantidad defraudada (3.025.758,54 euros) más unos intereses de 1.107.468,67 euros. El pacto entre los grandes patrimonios que defraudan al fisco y las acusaciones es habitual, ya que la Fiscalía prioriza la devolución del dinero a lograr condenas penales de cárcel, mientras que los condenados buscan atenuar la pena y salvarse de la cárcel mediante el pago de las cantidades defraudadas.

El mecanismo por el que se concretó el fraude de Cuatrecasas consistió en consistió en deducir como gastos empresariales el coste de su propia vivienda, segundas residencias, un barco de recreo y su tripulación, que en realidad debían cotizar por los impuestos de Patrimonio, IVA, Sociedades e IRPF. En concreto, la sentencia señala que Cuatrecasas “desarrolló una sucesión de negocios simulados al objeto de eludir la debida tributación de los diferentes impuestos”.

Por medio de contratos de arrendamiento, tanto las diferentes viviendas utilizadas por la familia (en Barcelona y el Valle de Aran y una finca del Empordà), el barco de recreo, el mobiliario y varios coches tributaron “como gastos vinculados a una actividad empresarial, consiguiendo con ello su deducción en la contabilidad de la sociedad, con el correspondiente ahorro fiscal y en perjuicio de la Hacienda Pública”. destaca la sentencia.

Los contratos de alquiler con los que se articuló el fraude “comprendían los gastos por adquisición de mobiliario, electrodomésticos, decoración, consumos y mantenimiento en general, incluyendo el personal de servicio y la tripulación de la embarcación”, señaló el fallo.

La sentencia resaltó además que por más Hacienda conociera los contratos y que Cuatrecasas no los ocultara, el método de tributación “constituyó una apariencia jurídica cuya única finalidad resultaba la indebida disminución de la carga fiscal que correspondía al acusado”, esto es, pagar menos impuestos.

El caso arrancó en 2011 con una querella de la Fiscalía de Delitos Económicos de Barcelona por fraude fiscal contra Cuatrecasas, que inicialmente fue archivada por el juzgado de instrucción, aunque la Audiencia de Barcelona reabrió el caso en septiembre de 2013, al entender que su entramado societario era simulado y sólo perseguía obtener beneficios fiscales. El pacto, además de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, también fue suscrito por la Generalitat, encargada de recaudar el impuesto de patrimonio.