Una asociación de víctimas de la dana que ejerce de acusación plantea al TSJ que no aplique el aforamiento a Carlos Mazón

Lucas Marco

València —
9 de marzo de 2026 09:24 h

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La Associació Víctimes de la dana 29 Octubre 2024, que ejerce una de las acusaciones en la causa que instruye la jueza de Catarroja, ha pedido a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV) que impute al expresident Carlos Mazón por su “conducta de pasividad, ajenidad, abandono, inacción y total omisión de sus funciones de dirección y coordinación del Consell” y la “grosera negligencia con resultado mortal y lesivo”. Así consta en el escrito de alegaciones de la acusación al que ha tenido acceso elDiario.es. La entidad recuerda que Mazón ostentaba la “posición de garante”, el 29 de octubre de 2024, trágica jornada que acabó con 230 fallecidos, y era el “máximo responsable de la estructura jerárquica autonómica”.

El escrito de alegaciones considera “palmario” el nexo causal entre el “resultado mortal y lesivo” y la “falta de medidas y avisos de protección civil” por parte de la Generalitat Valenciana. Las víctimas necesitaban un aviso a tiempo: “Tan sencillo como que el President de la Generalitat Valenciana hubiese estado en el lugar que le correspondía, en el momento que le correspondía y gestionando lo que le correspondía para proteger la vida y la integridad física de los ciudadanos.

La asociación también recuerda que Mazón “mantuvo su agenda pública durante toda la mañana” y “no realizó ninguna gestión en relación con la dana”. Las 15 víctimas que representa la acusación fallecieron por la “nefasta y negligente gestión de una emergencia climática”.

El escrito de alegaciones de la Associació Víctimes de la dana 29 Octubre 2024 considera que la exposición razonada de la jueza Nuria Ruiz Tobarra cuenta con una “solidez jurídica que no deja resquicio para no implicar” al exjefe del Consell en los hechos investigados. La magistrada, a juicio de la acusación, ha “objetivado escrupulosamente todos los datos que otorgan merecimiento a la eventual responsabilidad penal” de Mazón.

La entidad recuerda que Carlos Mazón “ha rehusado hasta en tres ocasiones declarar en la instrucción de la causa, lo que denota un gran interés personal en que sea este Tribunal [Superior de Justicia], un foro especial, el que decida sobre su responsabilidad penal y no el juez predeterminado por ley” en un procedimiento en el que aún quedan diligencias por practicar, indica el escrito.

La acusación, representada por la abogada Míriam Salmerón, considera que ni el escenario de que el TSJ-CV asuma todo el procedimiento ni el de que se quede con la instrucción sobre el aforado satisface los “estándares de justicia” a los que aspiran las víctimas de la dana. “Las únicas opciones que garantizan los derechos constitucionales y fundamentales de las víctimas de la dana son que el diputado Carlos Mazón Guixot declare voluntariamente ante el juez predeterminado por ley”, afirma el escrito en referencia a la jueza Nuria Ruiz Tobarra, lo cual supondría que renunciara a su condición de diputado autonómico y “se someta a la jurisdicción ordinaria”.

La condición de aforado

Además, la entidad también plantea que su aforamiento actual como diputado “ha de entenderse únicamente por sus acciones como parlamentario regional, que no es el caso”. “La condición de aforado deviene de su actual condición de diputado por Alicante, no por ser presidente o miembro del Consell, y el delito imputado no guarda relación directa con la función pública que ahora desempeña, pudiendo acordarse la inaplicabilidad del aforamiento por interpretación restrictiva de la excepcionalidad del juez predeterminado por la Ley”, explica el escrito de alegaciones, que alude a la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura sobre el aforamiento del exlíder socialista Miguel Ángel Gallardo.

Así, la asociación pide al alto tribunal autonómico que “acuerde no aplicar el aforamiento” al expresident Mazón. Aunque, subsidiariamente, solicita que la Sala de lo Civil y Penal del TSJ-CV declare su competencia para investigar a Carlos Mazón, admita la exposición razonada y abra un procedimiento penal de causa especial contra el exjefe del Consell por los presuntos delitos de homicidio y lesiones por imprudencia grave, designando magistrado instructor y tomándole declaración.

Mai Més destaca el “distanciamiento activo” de Mazón

Por otro lado, la entidad Mai Més, que ejerce de acusación popular en la causa, también pide al alto tribunal autonómico la imputación de Mazón, cuya supuesta negligencia sitúa en tres planos: la “minimización pública e ilógica de la gravedad de la emergencia”; la situación de “ajenidad de la emergencia entre las 14.30 y las 20.28” (en referencia a las horas en las que el president alargó su comida y sobremesa con Maribel Vilapalana en un reservado del restaurante El Ventorro), y la “pasividad de la máxima autoridad del Consell” en la gestión de la catástrofe, concretada en la “ausencia de decisiones relevantes y de coordinación” entre la conselleria que dirigía Pradas y el resto de departamentos del Ejecutivo autonómico.

El escrito también destaca las “directrices minimizadoras de la emergencia” expresadas por el exsecretario autonómico de Emergencias, el investigado Emilio Argüeso, en algunas de sus conversaciones de WhatsApp incorporadas a la causa. Lo cual “encaja con la voluntad de minimizar la emergencia que la magistrada instructora ve en el máximo responsable del Consell”, apostilla el escrito.

El “distanciamiento activo” ejercido por Mazón “significó el retraso en la toma de decisiones para proteger a la población”, concluye Mai Més en su escrito de alegaciones.

Compromís dice que Mazón priorizó su “agenda personal”

Compromís, que ejerce otra de las acusaciones populares en el procedimiento, ha pedido al TSJ-CV en su escrito de alegaciones la imputación de Mazón por “priorizar su agenda personal por encima de la seguridad y bienestar de la población valenciana” y por su “desconexión” durante su estancia en El Ventorro.

El aforado “pudo y debió activar todos los mecanismos a su alcance para aminorar, reducir, y porque no anular cualquiera de las consecuencias que se produjeron ese día”, agrega Compromís en referencia a quien se situaba en la “cúspide del organigrama administrativo” del Consell e “influyó negativamente en el dramático resultado de daños personales públicamente conocido”.

La formación considera que la “exquisita y completa” instrucción de la causa ha acreditado el “comportamiento negligente de quienes decidían el destino de la ciudadanía valenciana”.

“Por mor que el Sr. Mazón no ostentara el mando único, o la dirección de de la emergencia, según estricta normativa, no es menos cierto que son evidentes sus capacidades en la gestión, decisión y funcionamiento correcta de la misma, las posibilidades que su posicionamiento jerárquico le otorgaban en coordinación o provisión de medios e instrumentos para hacer frente a la misma, y las consecuencias nefastas en cuanto al resultado que ocasionó su evasión voluntaria, consciente y reiterada la tarde del día 29 de octubre de 2024”, concluye el escrito.

De sobremesa y “ajeno a la emergencia”, según Intersindical

Por otro lado, la acusación popular que ejerce Intersindical considera en sus alegaciones que la “posición de garante del aforado no se apoya en una mera superioridad jerárquica o responsabilidad política, sino en el ejercicio de funciones concretas e indelegables vinculadas a la gestión de emergencias de extraordinaria gravedad”.

“Los indicios”, ahonda el sindicato, “apuntan a una posible inactividad decisoria en horas críticas, pese a disponer de información suficiente sobre la previsibilidad del riesgo y la necesidad de activar medidas de protección general”.

El escrito de Intersindical considera que “existía un deber jurídico específico de actuar derivado de su cargo” de president. “A la vista que en las horas críticas, el aforado se encontraba en la sobremesa de una comida totalmente ajeno a la emergencia meteorológica e hidrológica que sufría la provincia de Valencia, y que dicha omisión de deber de mando y toma de decisiones en la emergencia provocó por su imprudencia la muerte de las 230 víctimas”, apostilla.