Una asociación de víctimas mortales de la dana piden al TSJ valenciano que no aplique el aforamiento a Mazón
La Associació de Víctimes de la DANA 29 d’Octubre de 2024 ha presentado un recurso de súplica ante el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV) contra el auto que rechaza investigar al expresident de la Generalitat Carlos Mazón y considera que no está justificado que se le aplique el aforamiento.
En concreto, en ese recurso, hecho público este lunes, esa entidad estima que no existe justificación jurídica para aplicar el aforamiento pues los hechos investigados están directamente relacionados con la gestión de la emergencia del 29 de octubre de 2024, cuando Mazón ejercía como president de la Generalitat, y no con su actual condición de diputado en Les Corts.
La asociación de víctimas sostiene que el aforamiento es una excepción al principio del juez predeterminado por la ley y que, como tal, debe interpretarse de forma restrictiva. “Esta prerrogativa solo tiene sentido cuando protege la función parlamentaria, no cuando se convierte en un mecanismo de protección personal”, según indican en un comunicado.
El recurso no cuestiona que, con carácter general, el TSJCV sea el órgano competente para investigar a diputados autonómicos, sino que lo que impugna es la aplicación automática del aforamiento en este caso concreto, “sin un análisis riguroso de su finalidad ni de las circunstancias en las que se produjeron los hechos”.
Además, el escrito de la Associació de Víctimes de la DANA 29 d’Octubre de 2024 apunta a la existencia de “indicios de un uso instrumental de la condición de diputado para mantener esta prerrogativa”.
Con ello se refiere a la “ausencia de actividad parlamentaria efectiva” de Mazón desde su dimisión, su falta de “asistencia real” a los plenos y su inactividad en las votaciones, lo que, a su juicio, evidencia que su permanencia en el escaño “responde únicamente a la voluntad de eludir la investigación en el juzgado ordinario”.
El recurso advierte de que aceptar esta aplicación automática del aforamiento supondría convertir una garantía procesal en un privilegio, “vulnerando el derecho fundamental de las víctimas a la tutela judicial efectiva y al juez predeterminado por la ley”, según añaden.
La competencia
En el auto del TSJCV del pasado 16 de marzo, el Pleno de la Sala de lo Civil y Penal rechazó por unanimidad investigar a Mazón por su actuación durante la dana al no apreciar “un fundamento sólido y objetivo” de que los hechos descritos en la exposición elevada por la jueza de Catarroja “revistan carácter de delito”.
Los cinco magistrados descartaron por tanto declarar su competencia para abrir una causa penal contra Mazón y basaron su decisión principalmente en que éste no ostentaba la “posición de garante”, porque la legislación no le atribuye deberes específicos en la gestión de la emergencia.
Según la asociación que ha presentado el recurso, el auto entra a valorar aspectos propios del fondo del asunto, excediendo el momento procesal actual, que debe centrarse exclusivamente en determinar la competencia.
Desde el punto de vista jurídico, el recurso se apoya en doctrina constitucional y en resoluciones recientes que insisten en que el aforamiento no puede aplicarse de forma extensiva ni utilizarse como una opción a conveniencia del investigado, añaden.
La Associació de Víctimes de la DANA, representada por la letrada Miriam Salmerón y presidida por Mariló Gradolí, solicita al tribunal que realice “una verdadera ponderación de los derechos en juego: por un lado, la prerrogativa del aforamiento, y por otro, el derecho de las víctimas a que los hechos sean investigados por el juzgado ordinario que ya instruye la causa, el Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja”.
El objetivo es que la investigación continúe en el juzgado predeterminado por la ley y que se garantice que todas las personas, también quienes han ostentado las máximas responsabilidades públicas, respondan “en igualdad de condiciones” ante la justicia.