La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha reconocido el derecho de la exgerente de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV), Marisa García, a ser indemnizada con 99.343 euros por los daños y perjuicios derivados del dictamen de la comisión de investigación de Les Corts Valencianes sobre el accidente de la línea 1 de Metrovalencia, ocurrido en 2006 y que causó 43 fallecidos.
El tribunal estima parcialmente el recurso presentado por la exdirectiva contra el acuerdo de la Mesa de Les Corts de julio de 2021, que había rechazado su reclamación de responsabilidad patrimonial. Los magistrados aplican en este caso el criterio fijado por el Tribunal Constitucional en 2018, cuando el alto tribunal consideró que se vulneró el derecho al honor de otro exdirectivo de FGV, entonces director de Recursos Humanos, en un contexto similar. Aquel procedimiento acabó con una sentencia del TSJCV en julio de 2024, ya firme, que reconocía una indemnización de 10.000 euros.
En la nueva resolución, la Sala considera que Marisa García sufrió perjuicios morales por una “conclusión extralimitativa” vertida por la comisión de investigación constituida en 2016, que afectó a su reputación. El dictamen parlamentario le atribuyó una responsabilidad política por la comisión de actos ilícitos, pese a que un juzgado de lo Penal la había exonerado de cualquier responsabilidad penal por los hechos del accidente.
A juicio del TSJCV, las imputaciones de conductas ilícitas que exceden el ámbito propio de la actividad parlamentaria suponen “una lesión al derecho al honor”, al no corresponder a Les Corts la determinación de la autoría ni la calificación penal de las conductas de empleados públicos.
El tribunal razona que el caso de la exgerente es “trasladable en lo esencial” al analizado previamente por el Tribunal Constitucional. No obstante, la sentencia rechaza otras pretensiones de la recurrente, como ordenar a Les Corts la anulación expresa del dictamen parlamentario o de las declaraciones incluidas en él, al considerar que esas medidas exceden las competencias judiciales.
La resolución, que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, ordena además la publicación del fallo en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en el boletín oficial de Les Corts.