La Audiencia Nacional declara nulos los servicios mínimos de Fomento en la primera huelga de Ryanair en España

La Audiencia Nacional ha anulado los servicios mínimos acordados por el Ministerio de Fomento para la primera huelga de los trabajadores de Ryanair en España, los días 25 y 26 de julio de 2018. El tribunal ha estimado parcialmente el recurso que presentó el sindicato USO, al entender que el Gobierno no justificó como debía la imposición de estos servicios imprescendibles. Sin esa motivación exigida por ley, se vulnera el derecho fundamental de huelga, recuerda la Audiencia Nacional citando al Supremo.

El sindicato USO recurrió los servicios garantizados decretados por el Gobierno, por considerarlos abusivos y, además, argumentó que no estaban suficientemente motivados. Los servicios mínimos incluyeron el 100% de los vuelos domésticos con territorios no peninsulares; el 35% entre destinos peninsulares con medio alternativo de duración menor de cinco horas; el 59% con una alternativa superior a cinco horas y el 59% de las rutas extranjeras. En estos casos, además, redondeando “siempre al alza”.

La Audiencia Nacional no entra a valorar si se trata de servicios mínimos abusivos en sus porcentajes, sino que se centra en que no están justificados como la ley exige para proteger el derecho de huelga de los trabajadores. “No se precisan los criterios objetivos en función de los cuales se fijan los servicios mínimos, adoleciendo la resolución de la necesaria motivación que es exigible, al tratarse de la limitación de un derecho fundamental”, recoge el fallo, al que ha tenido acceso eldiario.es.

Cuando existe esa falta de motivación de los servicios mínimos, se produce “la efectiva vulneración del derecho fundamental invocado –derecho de huelga– pues sin esos criterios de determinación del nivel de los servicios no es posible valorar su suficiencia ni la proporcionalidad entre el sacrificio del derecho de huelga que se impone a los convocantes y los derechos e intereses que resulten afectados por ella”, recuerda la sentencia citando al Tribunal Supremo.

El sindicato USO ha denunciado que “una nulidad de servicios mínimos un año y medio después de la huelga no supone ningún respaldo efectivo a los trabajadores en el conflicto”. Estrella Zambrana, responsable del Área de Derecho Administrativo de la Asesoría Jurídica Confederal de USO, ha comunicado por ello que el sindicato está estudiando la posibilidad de reclamar una compensación económica “de Fomento a los perjudicados por haber lesionado sus derechos al fijar antijurídicamente esos servicios”.

En las pasadas jornadas de huelgas a finales de este verano, con motivo de los cierres y el despido colectivo anunciado por Ryanair en España, los sindicatos también denunciaron que los servicios mínimos decretados por Fomento fueron abusivos.