Así funciona y qué cubre el SOV o seguro obligatorio de viajeros de todo transporte público colectivo en el que viajemos
El Seguro Obligatorio de Viajeros, conocido popularmente por sus siglas SOV, constituye una pieza fundamental para la seguridad del transporte público colectivo en España desde su implantación inicial. Su finalidad primordial es garantizar la indemnización a los pasajeros cuando sufran algún tipo de daño en accidentes ocurridos durante un desplazamiento. Este sistema se encuentra regulado actualmente bajo el Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre, el cual establece las normas básicas de su funcionamiento y aplicación directa. A diferencia de otros seguros de responsabilidad, el SOV tiene un marcado carácter tutelar que busca proteger siempre la integridad física de los usuarios del servicio.
Se trata, lógicamente, de un requisito indispensable para los transportistas que operan servicios de personas dentro del territorio nacional. Su implementación fue parte de una política de desarrollo turístico para ofrecer mayores garantías a los viajeros nacionales e internacionales. Toda persona que utiliza un medio de transporte público colectivo está, en principio, amparada por esta normativa específica y obligatoria. La ley exige que los contratos se ajusten a los principios de libertad de mercado y contratación privada vigentes.
La naturaleza jurídica de este seguro lo define como una modalidad del seguro privado de accidentes individuales con carácter obligatorio. Una de sus características más relevantes es su compatibilidad absoluta con cualquier otra póliza que el viajero haya contratado por su cuenta. Esto significa que recibir las prestaciones del SOV no impide al afectado cobrar indemnizaciones de seguros de vida o accidentes que haya contratado de manera personal. Además, este seguro no libera a la empresa transportista ni a los conductores de su posible responsabilidad civil por culpa o dolo. Las indemnizaciones pagadas por el SOV no reducen el importe que pueda exigirse por la responsabilidad civil del accidente. Se rige por la Ley de Contrato de Seguro de 1980 y por su propio reglamento específico consolidado. El sistema está diseñado para que la protección sea inmediata y automática al adquirir el título de transporte necesario. En definitiva, funciona como una red de seguridad básica que complementa de forma eficaz el sistema de responsabilidad general del transporte público.
El concepto de asegurado bajo el SOV abarca a toda persona que disponga de un título de transporte válido al momento del siniestro. No importa si el billete fue adquirido de forma onerosa o si fue gratuito debido a alguna promoción o exención específica. Incluso en casos donde el billete se pierda o destruya durante el accidente, se presume la condición de asegurado si es verosímil su extravío. Los menores de edad que están exentos de pago por su corta edad también gozan de la protección total del seguro contratado. Además de los pasajeros, el personal de la empresa transportista que presta servicio en el vehículo se considera asegurado legal. También se incluye a los funcionarios públicos que se encuentren realizando sus tareas específicas durante el transcurso del viaje. La condición de asegurado se justifica mediante la presentación del billete o cualquier otro medio de prueba admitido por el derecho. Es vital conservar el documento de viaje para agilizar cualquier reclamación posterior ante la entidad aseguradora correspondiente.
El ámbito de aplicación de esta normativa es extenso y cubre diversos medios de transporte público colectivo en toda España. Se incluyen los vehículos automóviles que circulan por vías terrestres sin camino de rodadura fijo, como los autobuses urbanos e interurbanos. El transporte ferroviario, que incluye trenes de alta velocidad, cercanías y metros, está plenamente integrado en la cobertura legal. Asimismo, las embarcaciones de matrícula y pabellón españoles que realizan transporte colectivo están obligadas a suscribir este seguro de accidentes. También se contemplan medios de transporte por cable como teleféricos, funiculares, telesquís y telecabinas de todo tipo y capacidad.
Para que un vehículo de carretera esté incluido, eso sí, debe tener generalmente una capacidad mínima de nueve plazas sentadas. Los viajes cubiertos son aquellos que tengan su inicio en territorio nacional, independientemente de cuál sea su destino final. El SOV garantiza así una protección uniforme para los millones de usuarios que utilizan diariamente estas redes de transporte. En cuanto a los riesgos que cubre el seguro obligatorio de viajeros, son muy específicos y se limitan a las lesiones corporales directas. Se incluyen daños derivados de choques, vuelcos, salidas de la calzada o averías mecánicas que afecten al vehículo utilizado. También están cubiertos los incendios, explosiones o cualquier otra anomalía que proceda directamente del medio de transporte colectivo.
No obstante, existen exclusiones importantes que los viajeros deben conocer para evitar la pérdida de sus derechos fundamentales. El seguro no protegerá a aquellos pasajeros que provoquen el accidente de forma voluntaria o mediante actos dolosos. Tampoco se cubrirá a quienes se encuentren en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas estupefacientes o estimulantes. Las lesiones deben ser consecuencia directa e inmediata de la anormalidad ocurrida en el vehículo durante el desplazamiento. El sistema busca proteger accidentes fortuitos, no negligencias graves de los propios usuarios que resulten en siniestros viales.
La protección temporal del SOV no se limita exclusivamente al tiempo en que el vehículo está en movimiento por la vía. El seguro ampara los accidentes ocurridos antes de comenzar el viaje, una vez que el vehículo está a disposición de los usuarios. También cubre los percances que suceden inmediatamente después de terminar el trayecto, siempre que el viajero esté dentro del transporte. El acceso y descenso del vehículo por el lugar debido se considera un momento protegido por la cobertura legal vigente. Se incluyen también los accidentes que puedan ocurrir durante la entrega o recuperación del equipaje directamente del transporte colectivo. En el caso del transporte marítimo, la cobertura se extiende a las pasarelas, escalas o embarcaciones de traslado al muelle. Incluso se protege al viajero si debe abandonar el vehículo en situaciones excepcionales de peligro o de emergencia grave. Esta cobertura integral asegura que el proceso completo del desplazamiento esté bajo la vigilancia del seguro obligatorio.
La transparencia ayuda
Las obligaciones legales recaen principalmente sobre la empresa transportista en su calidad de tomadora del seguro obligatorio de viajeros. Su primera responsabilidad es el pago de la prima, cuyo coste se repercute al viajero dentro del precio del billete. El transportista debe dejar constancia por escrito de cualquier aviso de siniestro y de todos los datos que sirvan para calificarlo. Es obligatorio que comunique el accidente a la aseguradora y realice lo necesario para que los beneficiarios obtengan las prestaciones. Por su parte, el asegurado o sus beneficiarios deben formular el aviso del accidente ante el personal de la empresa. Incumbe a las víctimas aportar las pruebas de los daños corporales sufridos, mediante certificados médicos o del Registro Civil. La transparencia en la comunicación del siniestro es fundamental para que el sistema de protección funcione de forma correcta.
Como norma general, la cobertura se extiende hasta las 72 horas siguientes al accidente para lesiones leves. Si el asegurado tiene ya cubiertos los gastos por otros seguros obligatorios, el límite de tiempo es de diez días. En los casos más graves que no entren en los supuestos anteriores, la asistencia puede durar hasta noventa días. Esta ayuda médica busca la estabilización inicial y el tratamiento de urgencia necesario tras el impacto del siniestro. Es importante destacar que estas prestaciones son automáticas y no dependen de quién sea el culpable del accidente ocurrido. El viajero tiene garantizada una atención médica básica y especializada durante los periodos críticos posteriores al evento accidental.