El Tribunal Superior gallego condena a Mercadona por vulnerar el derecho de libertad sindical de la CIG
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado a Mercadona por “vulneración del derecho fundamental de la libertad sindical de la CIG”. La sentencia, que el sindicato ha hecho pública este jueves, se refiere en concreto a la negativa de la empresa a entregar a las delegadas de la central -la principal en Galicia- información sobre riesgos laborales. La compañía de supermercados asegura que entrega esos datos al comité de seguridad y salud “para su buen funcionamiento” y que el Superior “interpreta ahora” que también se los deben facilitar a las delegadas sindicales que no son delegadas de prevención. La CIG denuncia, sin embargo, “una campaña de acoso y derribo” contra sus afiliados.
Mercadona había negado la documentación a las sindicalistas de la CIG, según considera probado el Tribunal Superior. “Es una restricción no justificada que limita la posibilidad de ejercitar sus funciones”, dice la sentencia, “no es suficiente con que, en alguna reunión, la empresa muestre los documentos en una pantalla, mientras las personas delegadas de prevención sí tienen acceso a los mismos por otras vías, que permiten además un estudio más tranquilo y detenido”.
Además de esa negativa, el Superior también entiende que otra negativa de la empresa, esta vez a darles la regulación del mencionado comité de seguridad y salud, también afecta a la libertad sindical. “Si [las delegadas sindicales] participan, con voz pero sin voto, en el comité tienen derecho a conocer cuál es su funcionamiento”, aclara el dictamen. Hay un tercer hecho probado esgrimido por el tribunal en su condena y es una nueva negativa de la empresa: a facilitar información sobre las personas nombradas delegadas sindicales por otras organizaciones, en concreto UGT y Comisións Obreiras. La CIG es el sindicato más representativo en el comité de empresa de Mercadona Pontevedra, con ocho miembros, por siete de UGT y seis de Comisións Obreiras.
El Superior declara la “nulidad radical” de estas acciones, “condena a la empresa demandada a cesar inmediatamente en su actuación” y entregar a las delegadas sindicales la información solicitada, y a pagar a la central sindical 22.503 euros (la denuncia exigía 30.000). Contra la sentencia cabe recurso ante el Supremo que Mercadona “está valorando internamente” si interponer o no. “Facilitamos siempre toda la información al comité de seguridad y salud para su buen funcionamiento”, argumenta una portavoz de la empresa, “ahora el Tribunal Superior interpreta que además se la debemos entregar a los delegados sindicales que no son delegados de prevención. Esa es la diferencia de interpretación legal que existe”.
“Política de represión sindical”
La CIG ve la decisión judicial como una nueva prueba de “la política de represión sindical y acoso laboral que caracterizan las relaciones laborales” en la compañía, según explicó su secretaria general de Servizos, Transi Fernández en rueda de prensa. Su compañera en la sección sindical de Mercadona Pontevedra, Verónica Pérez, aseguró que “no facilitan la documentación que les solicitamos y limitan a ciertos espacios las visitas que realizamos a los centros de trabajo, incluso cuando queremos hablar con las trabajadoras y trabajadores”. El sindicato ha anunciado movilizaciones y protestas.