Más de un millón de euros en ayudas para impulsar espacios de ocio y sociabilidad en el medio rural
El Gobierno de La Rioja ha publicado hoy, día 25, en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR), la resolución de la Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación por la que se convocan para el año 2026 las subvenciones destinadas a municipios y núcleos de población separados con población igual o inferior a 500 habitantes, y entidades locales menores, para puedan ejecutar obras de habilitación, reforma, construcción y adaptación de locales públicos en espacios de ocio, convivencia y sociabilidad de la ciudadanía.
Estas ayudas, enmarcadas dentro del compromiso del Gobierno de La Rioja por financiar la mejora de los servicios públicos en todo el territorio riojano y favorecer la cohesión en nuestra región, cuentan con un presupuesto total de 1.130.000 euros.
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a partir de mañana, día 26. Las solicitudes deberán presentarse de forma electrónica, a través de la página web del Gobierno de La Rioja, dentro del apartado ‘Oficina electrónica’ a través del procedimiento habilitado al efecto en el siguiente enlace: https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25774
El porcentaje subvencionable de la actuación se aplicará en función de las siguientes franjas de población:
- Población igual o inferior a 300 habitantes: 100%.
- Población de 301 a 400 habitantes (ambas cifras incluidas): 90%.
- Población de 401 a 500 habitantes (ambas cifras incluidas): 80%.
- Población de más de 500 habitantes (en el caso de que la solicitud se realice para un núcleo de población separado del principal): 80%.
De conformidad con lo previsto en el artículo 5 de la Orden PID/83/2025, se establecen tres líneas de ayudas:
- Línea A: esta actuación tiene por objeto la habilitación, en establecimientos de bar-cafetería de titularidad municipal ya existentes, de un espacio para la venta directa de productos básicos, como pan caliente y otros productos básicos (por ejemplo, productos de higiene o productos envasados), con el fin de cubrir las necesidades básicas de aquellos municipios más afectados por la pérdida de este tipo de servicios.
- Línea B: esta actuación tiene por objeto la financiación de obras de reforma en establecimientos de bar-cafetería de titularidad municipal ya existentes, con el fin de adecuarlos a la normativa vigente y mejorar sus condiciones de uso para la ciudadanía.
- Línea C: esta actuación tiene por objeto la financiación de obras de nueva construcción o de adaptación de un local municipal ya existente para su conversión en establecimientos de bar-cafetería de titularidad municipal.
Teniendo en cuenta las franjas de población y los porcentajes referidos en el párrafo anterior, para cada una de las líneas de ayudas previstas en el artículo 5 de la Orden PID/83/2025, se establecen las siguientes cuantías máximas:
- Línea A: 18.000 euros por actuación.
- Línea B: 45.000 euros por actuación.
- Línea C: 240.000 euros por actuación.
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