Más de un millón de euros en ayudas para impulsar espacios de ocio y sociabilidad en el medio rural

Pueblo de La Rioja

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El Gobierno de La Rioja ha publicado hoy, día 25, en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR), la resolución de la Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación por la que se convocan para el año 2026 las subvenciones destinadas a municipios y núcleos de población separados con población igual o inferior a 500 habitantes, y entidades locales menores, para puedan ejecutar obras de habilitación, reforma, construcción y adaptación de locales públicos en espacios de ocio, convivencia y sociabilidad de la ciudadanía.

Estas ayudas, enmarcadas dentro del compromiso del Gobierno de La Rioja por financiar la mejora de los servicios públicos en todo el territorio riojano y favorecer la cohesión en nuestra región, cuentan con un presupuesto total de 1.130.000 euros. 

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a partir de mañana, día 26. Las solicitudes deberán presentarse de forma electrónica, a través de la página web del Gobierno de La Rioja, dentro del apartado ‘Oficina electrónica’ a través del procedimiento habilitado al efecto en el siguiente enlace: https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25774

El porcentaje subvencionable de la actuación se aplicará en función de las siguientes franjas de población:

  • Población igual o inferior a 300 habitantes: 100%. 
  • Población de 301 a 400 habitantes (ambas cifras incluidas): 90%. 
  • Población de 401 a 500 habitantes (ambas cifras incluidas): 80%. 
  • Población de más de 500 habitantes (en el caso de que la solicitud se realice para un núcleo de población separado del principal): 80%. 

De conformidad con lo previsto en el artículo 5 de la Orden PID/83/2025, se establecen tres líneas de ayudas: 

  • Línea A: esta actuación tiene por objeto la habilitación, en establecimientos de bar-cafetería de titularidad municipal ya existentes, de un espacio para la venta directa de productos básicos, como pan caliente y otros productos básicos (por ejemplo, productos de higiene o productos envasados), con el fin de cubrir las necesidades básicas de aquellos municipios más afectados por la pérdida de este tipo de servicios. 
  • Línea B: esta actuación tiene por objeto la financiación de obras de reforma en establecimientos de bar-cafetería de titularidad municipal ya existentes, con el fin de adecuarlos a la normativa vigente y mejorar sus condiciones de uso para la ciudadanía. 
  • Línea C: esta actuación tiene por objeto la financiación de obras de nueva construcción o de adaptación de un local municipal ya existente para su conversión en establecimientos de bar-cafetería de titularidad municipal. 

Teniendo en cuenta las franjas de población y los porcentajes referidos en el párrafo anterior, para cada una de las líneas de ayudas previstas en el artículo 5 de la Orden PID/83/2025, se establecen las siguientes cuantías máximas: 

  • Línea A: 18.000 euros por actuación. 
  • Línea B: 45.000 euros por actuación. 
  • Línea C: 240.000 euros por actuación. 
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