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El Ayuntamiento de Pamplona firma con los sindicatos el convenio colectivo del personal laboral para 2019 y 2020

EUROPA PRESS

PAMPLONA —

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El texto, aprobado este martes por la Junta de Gobierno Local, ratifica el convenio negociado y acordado con la representación sindical en la Mesa Negociadora de 12 de abril de este año. El convenio se aplicará con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2019, ha informado el Consistorio.

El convenio regula a lo largo de 10 capítulos, 66 artículos y ocho anexos las condiciones de trabajo de todo el personal con contrato indefinido, indefinido no fijo y temporal al servicio del Ayuntamiento de Pamplona y sus Organismos Autónomos. Según los datos de cierre de 2018, se trata de un total de 400 personas, de las cuales 330 están al servicio del Ayuntamiento y 71, de las escuelas infantiles municipales.

Entre otros aspectos, ha informado el Consistorio, se recoge “la promoción de la igualdad de oportunidades, el acceso a la formación en euskera, la regulación de la jornada laboral, vacaciones, permisos y promoción del empleo público”. En el capítulo de derechos económicos, las partes firmantes el acuerdo “se comprometen a negociar, cuando el marco normativo lo permita, medidas para revertir la situación de pérdida de poder adquisitivo consecuencia de las medidas adoptadas por la Administración del Estado en el periodo de 2010 a 2015”.

CALIDAD DE RECURSOS HUMANOS, CONDICIONES Y SERVICIOS

El preámbulo del acuerdo recoge que el Ayuntamiento de Pamplona y la representación legal del personal laboral a su servicio comparten el principio de que, “para que los servicios públicos sean eficaces y de calidad, los recursos humanos también lo tienen que ser” y, además, “estos servicios deben ser compatibles con la mejora de las condiciones de empleo del personal”.

El capítulo primero del convenio recoge el ámbito de aplicación y el seguimiento del acuerdo, a través de una comisión de seguimiento paritaria entre la representación de la Corporación municipal y la correspondiente al personal laboral municipal. El segundo capítulo regula la permanencia y asistencia al trabajo; el tercero, los derechos económicos; y el cuarto, lo correspondiente a vacaciones, licencias y permisos, reducción de jornada y otros.

El capítulo V recoge la normativa en materia de traslados, movilidad, ascensos y permuta; el VI capítulo se dedica a la salud laboral y la prevención de riesgos laborales; el VII recoge los derechos de representación, reunión y otros derechos; y el VIII capítulo, las ayudas sociales y asistenciales. Los dos capítulos finales se dedican a la formación (IX) y al régimen de faltas y sanciones (X).

Ocho anexos recogen acuerdos y procedimientos para la realización de una segunda actividad, reubicación por protección e la salud, horas complementarias y ampliaciones de jornada en el EMAD y conductas hostiles. Asimismo, se recoge el acuerdo por el que se regula la contratación temporal en régimen laboral del personal del Ayuntamiento de Pamplona.

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