Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Entra en vigor la nueva ayuda EmanZipa destinada al pago del alquiler de vivienda por parte de la gente joven

El precio de la vivienda en alquiler suaviza su subida hasta el 9,3 % en 2018

navarra.eldiarionorte

0

El departamento de Derechos Sociales del Gobierno de Navarra ha recibido en estos diez primeros días del año, y tras entrar en vigor el día 1 de enero, 80 solicitudes de reconocimiento del derecho subjetivo a la vivienda en su modalidad joven o programa EmanZipa, que supone recibir una ayuda de hasta 250 euros mensuales para el pago del alquiler de vivienda.

El Gobierno de Navarra ha manifestado que la recientemente aprobada Ley 28/2018, de 26 de diciembre, sobre el reconocimiento del derecho subjetivo a la vivienda en Navarra “supone un importante paso más en la consideración del acceso a una vivienda digna y adecuada como un derecho fundamental”. La Ley regula una prestación económica para facilitar el pago de una vivienda en arrendamiento, que se concreta en un impuesto sobre la renta negativo mediante una deducción en la cuota diferencial. Esta modalidad de deducción fiscal para la concesión de las ayudas es un sistema único en toda Europa, y es posible gracias a las competencias propias de la Comunidad foral en materia tributaria, ha añadido.

Esa prestación tiene dos modalidades: una vinculada a la necesidad de alcanzar la emancipación, dirigida a las personas jóvenes y con un carácter temporal de tres años, el llamado programa EmanZipa, y otra vinculada a la insuficiencia de recursos económicos para financiar el acceso a una vivienda, con carácter permanente en el tiempo en tanto en cuanto se sigan cumpliendo los requisitos, denominado programa DaVid.

Los requisitos comunes a los dos programas EmanZipa y DaVid son que solo podrán acogerse a estos programas quienes estén empadronados en Navarra y cuenten con ingresos mínimos de 3.000 euros y tengan bienes y derechos pro importe inferior a 90.000 euros. Además es requisito no ser titular de vivienda (salvo excepciones contempladas; caso de las viviendas inadecuadas) ni haber transmitido alguna vivienda en los últimos cinco años (salvo aquellas que hubieran generado ingresos inferiores a 90.000 euros).

Entre otros aspectos además, es necesario no tener parentesco con la parte arrendadora (hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad), una renta máxima de la vivienda 650 euros mensuales y una renovación anual de la deducción, a conceder en función de seguir cumpliendo o no los requisitos.

EmanZipa es la propuesta de derecho subjetivo de acceso a la vivienda en régimen de alquiler que tiene como destinatarias a personas jóvenes emancipadas o que desean emanciparse, con edades comprendida entre 23 y 30 años, a 31 de diciembre de cada año. EmanZipa solo se puede solicitar de manera telemática. No exige inscripción previa en el censo de solicitantes de vivienda protegida gestionado por Nasuvinsa. La duración máxima de la ayuda es de tres años, que pueden ser no consecutivos.

Los ingresos máximos a cumplir por parte de la persona inquilina son 20.000 euros (parte general de la base imponible más rentas exentas), o 30.000 euros en el caso de unidades familiares de dos o más miembros.

Se permite compartir vivienda, en cuyo caso correspondería la parte proporcional de la ayuda con relación al número de titulares del contrato de arrendamiento. El importe de la ayuda es el 50% de la renta, con 250 euros como tope mensual máximo.

Por otro lado, DaVid es la propuesta de derecho subjetivo de acceso a la vivienda en régimen de alquiler que tiene como destinatarias a personas y familias con ingresos hasta una determinada renta. DaVid se puede solicitar de manera telemática o presencialmente en las oficinas de Nasuvinsa, previa petición de cita.

Control

Exige inscripción previa en el censo de solicitantes de vivienda protegida gestionado por Nasuvinsa: al menos 1 año de antigüedad a 1 de enero de cada año. Para 2019, se exige al menos dos años de antigüedad en la inscripción a 01/01/2019, y tener menores a cargo. Los ingresos familiares ponderados máximos, 1,7 veces SARA (Suficiencia Adquisitiva por Renta Adecuada, cuyo valor en 2017 son 8.120 euros.).

La duración de DaVid es ilimitada, y se concede con carácter anual, en tanto en cuanto se sigan cumpliendo los requisitos.

El Gobierno ha expliaco que siempre se exige el pago previo de la renta, que deberá acreditarse mediante justificante bancario. Está previsto que el pago de DaVid se realice de manera mensual, mientras que EmanZipa se pagará de manera trimestral, en enero, abril, julio, y octubre de cada año.

Sobre una misma vivienda solo puede concederse una ayuda DaVid o una ayuda EmanZipa. Ambos programas son incompatibles con la percepción de subvenciones por arrendamiento de vivienda protegida, o con la concesión de ayudas extraordinarias o de emergencia para el pago del arrendamiento.

Etiquetas
stats