Acoso papal a la legislación española
La visita del Papa reabre la pretensión religiosa de condicionar las decisiones democráticas de un Estado soberano. Que el máximo representante de la Iglesia Católica utilice una tribuna institucional española para cuestionar leyes aprobadas por las Cortes Generales no constituye una mera expresión de opinión moral, sino una intervención política dirigida a influir sobre normas emanadas de la voluntad popular.
España es, por mandato constitucional, un Estado aconfesional. Las leyes no se fundamentan en dogmas religiosos, sino en principios democráticos, derechos fundamentales y decisiones adoptadas por representantes elegidos por la ciudadanía. Por ello resulta profundamente preocupante que una autoridad religiosa extranjera pretenda situar sus convicciones doctrinales por encima de la soberanía legislativa española, cuestionando derechos reconocidos por nuestro ordenamiento jurídico como la interrupción voluntaria del embarazo o la prestación de ayuda para morir.
La cuestión de fondo no es que el Papa exprese sus creencias —algo legítimo en cualquier sociedad libre—, sino que pretenda presentarlas como un criterio superior al debate democrático y como una referencia moral obligatoria para el conjunto de la ciudadanía, incluidos quienes no comparten su fe. En una democracia moderna, ninguna confesión religiosa puede reclamar privilegios políticos ni capacidad de tutela sobre las instituciones civiles.
Resulta especialmente llamativo que durante su visita se dedicaran amplios esfuerzos a censurar leyes aprobadas democráticamente mientras la cuestión de los abusos sexuales cometidos dentro de instituciones eclesiásticas volvía a ocupar un lugar secundario. Las víctimas siguen reclamando verdad, justicia, reparación y reconocimiento pleno de las responsabilidades institucionales. Cualquier autoridad moral que aspire a influir en la vida pública debería demostrar la misma contundencia al afrontar las heridas provocadas dentro de su propia organización que la que emplea para cuestionar las decisiones soberanas de un Estado democrático.
Ante esta nueva ofensiva doctrinal contra derechos consolidados, conviene recordar algunos principios esenciales.
1- El aborto y la eutanasia son derechos regulados, no obligaciones impuestas. Nadie está obligado a recurrir a ellos. Las leyes existentes simplemente garantizan que quienes, en determinadas circunstancias y bajo estrictos requisitos legales, decidan ejercer esas opciones puedan hacerlo con seguridad jurídica, sanitaria y personal.
2- La legislación española no impone una visión moral única sobre la ciudadanía. Precisamente porque España es una sociedad plural, las leyes permiten que convivan diferentes convicciones éticas y religiosas. Quien considere inmoral el aborto o la eutanasia es libre de no recurrir a ellos; lo que no puede pretender es imponer esa convicción particular al conjunto de la sociedad mediante la presión de una autoridad religiosa.
3- La regulación del aborto responde a criterios de salud pública, igualdad y protección de derechos. La experiencia histórica demuestra que su prohibición no elimina su práctica, sino que la desplaza hacia la clandestinidad, aumentando los riesgos para las mujeres, especialmente para las más vulnerables económicamente.
4- La eutanasia reconoce la autonomía personal frente al sufrimiento irreversible. La dignidad humana incluye la capacidad de decidir sobre el propio final de vida cuando concurren circunstancias extremas definidas por la ley y supervisadas por profesionales sanitarios y órganos de control independientes.
5- La soberanía popular reside exclusivamente en el pueblo español. Ninguna autoridad religiosa, nacional o extranjera, posee legitimidad democrática para condicionar las leyes aprobadas por las instituciones representativas del Estado.
Por ello, la respuesta a las declaraciones papales no debe ser la confrontación religiosa, sino la defensa firme de los principios democráticos. Las leyes españolas pueden ser modificadas, ampliadas o derogadas, pero únicamente mediante los procedimientos previstos por la Constitución y a través de la voluntad de la ciudadanía expresada en las urnas y en sus instituciones representativas, nunca por la presión doctrinal de ninguna confesión religiosa.
La democracia española no necesita tutela espiritual para legislar. Necesita respeto a su soberanía, a su pluralismo y a la libertad de conciencia de todos sus ciudadanos.