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Rechazan la recusación pedida por Sito Miñanco contra dos jueces de Pontevedra

Rechazan la recusación pedida por Sito Miñanco contra dos jueces de Pontevedra

EFE

Pontevedra/Santiago de Compostela —

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha rechazado la recusación presentada por el narcotraficante gallego José Ramón Prado Bugallo, conocido como Sito Miñanco, contra dos jueces de la Audiencia de Pontevedra.

Los letrados de Miñanco pedían que se retirase del tribunal a dos de los magistrados que deben dictar sentencia en el procedimiento por blanqueo de capitales que se sigue contra él y otras cuatro personas: su primera esposa, una de sus hijas, su cuñada y un empresario que, según el fiscal, era de su máxima confianza y actuaba como su hombre de paja.

El narcotraficante gallego está acusado de blanquear entre 1988 y 2007, a través de la inmobiliaria San Saturnino, 10 millones de euros mediante la adquisición de bienes inmuebles en diferentes ayuntamientos de la provincia de Pontevedra.

La agencia se hizo de esta manera, según los investigadores, con un multimillonario patrimonio compuesto por más de 50 fincas, una veintena de casas, naves industriales, bajos comerciales, garajes y trasteros, utilizando el dinero derivado de las actividades ilícitas de Sito Miñanco.

La recusación a estos dos jueces estaba fundamentada en el hecho de que estos mismos magistrados adoptaron en 2011 una serie de decisiones relacionadas con la instrucción de la causa, por lo que estarían “contaminados” por un conocimiento previo de los hechos y no podría garantizarse su imparcialidad.

En auto del 3 de julio remitido hoy a los medios por el TSXG, la Sala de lo Civil y lo Penal desestima las recusaciones promovidas por Miñanco y su hija Rosa María respecto a estos dos magistrados de la Sección 2ª de la Audiencia pontevedresa.

“No puede sostenerse que los recusantes desconocieran la composición de la Sala o que esta se hubiese negado a informar de su propia composición o identificación”, explica el auto.

Las recusaciones y las posteriores adhesiones de otros tres acusados “no han sido formuladas temporalmente”, añade la resolución del TSXG, pues llegaron fuera de plazo.

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