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El TC avala que el turno de oficio de los abogados sea obligatorio

El TC avala que el turno de oficio de los abogados sea obligatorio

EFE

Madrid —

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El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha avalado la reforma de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita impulsada por PP, PSOE y Ciudadanos que, entre otras cosas, establece que el turno de oficio es obligatorio para los abogados.

En la sentencia, el Constitucional desestima por unanimidad el recurso presentado por el grupo parlamentario de Unidos Podemos con el apoyo de las asociaciones profesionales Altodo, Aproed, ALA, Eureka, Confederación Española de Abogados Jóvenes, Apaem y AJA, que entienden que la reforma vulnera seis artículos de la Carta Magna.

A su juicio, la imposición de la referida obligación era contraria a la dignidad de la persona, vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva y era discriminatoria, pues imponían a un sector de profesionales la obligación de cubrir un servicio público.

Y además consideraban que lesionaba el derecho al trabajo, a la libertad de empresa y limitaba el derecho a la negociación colectiva y a adoptar medidas de conflicto colectivo.

Pero en su sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Antonio Xiol, el TC desestima el recurso al considerar que la modificación del texto legal es plenamente constitucional.

En concreto, la resolución explica que la “obligatoriedad de prestar el servicio de asistencia jurídica trae causa de la necesidad de asegurar el derecho constitucional a la asistencia jurídica gratuita reconocido en el artículo 119 de la Constitución como derecho prestacional y de configuración legal”.

Un artículo, añade, “cuyo contenido y condiciones de ejercicio corresponde delimitar al legislador atendiendo a los intereses públicos y a las disponibilidades presupuestarias”.

La sentencia señala que “de su plena efectividad y garantía dependen importantes intereses, tanto públicos como privados, vinculados al ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva de las personas que carecen de medios económicos para litigar”.

Por este motivo, precisa, “no resulta inconstitucional que sean los colegios de abogados, como corporaciones de derecho público de base asociativa, los que ejerzan en este campo una función pública delegada del Estado, en los términos recogidos en los preceptos que se impugnan”.

Además de la obligatoriedad de prestar el servicio de justicia gratuita, la reforma -que solo contó con el voto en contra de Podemos- garantiza que los abogados y procuradores del turno de oficio estén exentos del pago del IVA.

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