Consulta íntegros los dos decretos de vivienda del Gobierno aprobados tras el desahucio de Maricarmen

elDiario.es

30 de septiembre de 2026 07:37 h

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles el primer decreto de vivienda aprobado el martes por el Consejo de Ministros. El texto incluye la protección frente a los desahucios ampliada hasta 2030; la regulación de alquiler de temporada y habitaciones; la prohibición de la compra de fondos buitre hasta el 2028 y la prórroga de dos años de los contratos en vigor que finalizan antes del 31 de diciembre de 2028, entre otras cuestiones.

Ente los principales puntos, se incluye la protección frente a los desahucios, que impide ejecutarlos a personas vulnerables sin alternativa habitacional, se amplía hasta 2030, después de que durante la tarde del lunes el borrador recogiera 2028 como fecha clave. También se refuerza la obligación de ofrecer alternativas residenciales de las administraciones autonómicas y municipales. Consulta el texto íntegro:

Otros puntos destacables:

  • La prórroga de los contratos en vigor será de dos años para todos aquellos que finalicen antes del 31 de diciembre de 2028.
  • Congelación de las subidas de alquiler, a un 0% por encima del índice de Vivienda.
  • Los fondos buitre tendrán prohibido comprar vivienda hasta 2028.
  • Se regula el alquiler de temporada y, también, de habitaciones.
  • Financiación al 0% de interés de la entrada para la compra de la primera vivienda.
  • Bonificaciones fiscales a inquilinos y a “buenos caseros”. 
  • Endurecimiento del control y subida del IVA sobre los pisos turísticos.
  • Fomento de movilización de vivienda vacía.
  • Blindaje del control de los precios del alquiler en las zonas tensionadas.
  • Más derecho de tanteo y retracto para las personas inquilinas.
  • Supresión de ventajas fiscales de las socimi.

El segundo decreto recoge la renovación automática de los alquileres y aún no se ha publicado en el BOE si bien ya ha sido remitido al Congreso de los Diputados. Lo reproducimos íntegro a continuación: