Análisis
Hechos probados... y olvidados por el juez Peinado para seguir persiguiendo a Begoña Gómez
El juez Juan Carlos Peinado sigue empeñado en procesar por cinco delitos a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, y ha transformado las diligencias que inició en abril de 2024 en un procedimiento para el juicio ante el tribunal del jurado. La Audiencia Provincial de Madrid anuló en este tiempo una decena de resoluciones del juez, entre ellas cinco imputaciones, varias órdenes de registro, y la última decisión de Peinado que abocaba el procedimiento a la vía del jurado. Pero el instructor sorteó los suspensos de la Audiencia Provincial como pudo: a veces sin hacer mucho caso, otras veces corrigiendo errores para seguir aplicando su criterio, y siempre manteniendo viva la causa.
Su último salto ha sido imponer, en contra de la Audiencia Provincial, que el procedimiento contra Begoña Gómez sea juzgado por un jurado popular dado que, según explica, entre los cinco delitos que atribuye a la mujer del presidente y que considera entrelazados –tráfico de influencias, malversación de fondos públicos, apropiación indebida, intrusismo profesional y corrupción en los negocios– los dos primeros corresponden a los que la Ley establece que pueden ser tramitados por el procedimiento del jurado.
El juez Peinado se corrigió a sí mismo cuando imputó por malversación de fondos a Begoña Gómez y a su asistente, Cristina Álvarez, unos meses después de negarse a hacerlo a petición de la acusación popular de ultraderecha. Ahora mantiene esa imputación pese a que la Audiencia Provincial dejó dicho que “el funcionario ilícitamente destinado a cubrir necesidades o utilidades privadas de su superior o encargado no puede cometer el delito de malversación”.
En un auto de 47 folios, el juez instructor elabora un extenso relato de hechos con todos los indicios que ha recabado durante 23 meses de investigación contra la mujer del presidente del Gobierno. En ese escrito, Peinado olvida incluir en su exposición todos los contraindicios descubiertos durante la investigación que favorecen a Begoña Gómez y que obligarían en la mayoría de los casos a archivar el procedimiento. Son los que siguen:
Tráfico de influencias
El juez Peinado inició su investigación a cuenta de unas cartas de apoyo que firmó la mujer del presidente del Gobierno como codirectora de una cátedra en la Universidad Complutense a favor del empresario Juan Carlos Barrabés. Esas cartas de apoyo se incluyeron en la oferta con la que Barrabés concursó y logró dos contratos millonarios de Red.es, una entidad estatal dependiente entonces del ministerio de Economía. En su relato de hechos, Peinado señala: “La relevancia de este documento no reside solo en su contenido, sino también en su contexto: la carta fue aportada por una unión temporal de empresas vinculada al grupo empresarial de Juan Carlos Barrabés, con quien Begoña Gómez ya mantenía relación profesional, y se presentó en el marco de una licitación promovida por una entidad pública dependiente del mismo Gobierno que desde dos años antes presidía su esposo”.
Pero Peinado olvidó escribir en su auto que junto a las cartas de Begoña Gómez había otras 31 con idéntica redacción firmadas por responsables de distintas empresas privadas –Google, Microsoft…– y organismos públicos, como el Ayuntamiento de Madrid, gobernado por el PP. Tampoco explicó que esas cartas se incluían en un apartado que el concurso valoraba con el 8% de los puntos totales del concurso y que, además, este asunto ya no pertenece al procedimiento que tramita el juez Peinado. La Fiscalía Europea Anticorrupción, que asumió la investigación del caso, no investiga a Gómez ni tiene pruebas del tráfico de influencias en el procedimiento, sino que analiza supuestas anomalías en el pliego de condiciones y en la resolución del concurso. Por su parte, la Guardia Civil hizo un informe solicitado por el juez Peinado que descartaba cualquier relación entre Begoña Gómez y las personas que tramitaron el concurso. Nada de esto escribió Peinado en su último auto.
Apropiación indebida
El juez instructor insiste en atribuir a Begoña Gómez el delito de apropiación indebida de un software fabricado durante el desarrollo de la cátedra para el uso gratuito de pequeñas y medianas empresas. “El uso del nombre idéntico al de la Cátedra, junto con las referencias directas a la titularidad de la Universidad Complutense en una web que estaba registrada a título personal por la investigada Begoña Gómez, generaba una evidente confusión visual e institucional sobre si el software era un servicio oficial gratuito de la Universidad o un reclamo para la consultora privada Transforma TSC S.L. constituida por ella”, escribe Peinado.
El juez evita contar que la Complutense investigó estos hechos y preguntó al Registro de la Propiedad Intelectual si el software del litigio había sido registrado a nombre de Gómez. La respuesta fue negativa, nadie ha registrado ese software, ahora abandonado por la Universidad, a quien pertenece. También omite el juez que el registro del dominio web (50 euros al año) a nombre de Begoña Gómez fue porque así se lo indicó la propia Universidad a la mujer del presidente del Gobierno.
Intrusismo profesional
Begoña Gómez firmó un pliego de condiciones para adjudicar un contrato relacionado con la herramienta tecnológica que la Cátedra que codirigía se había comprometido a crear. El juez Peinado ve en este hecho un indicio de intrusismo profesional. Para poder acreditarlo, Peinado pidió opinión a la Asociación de Abogados del Estado, la principal organización profesional de este cuerpo en España con más de 700 asociados. La respuesta fue que no había ningún delito en la actuación de Gómez: “La normativa de contratación pública no establece una reserva estricta de dicha función a un cuerpo concreto de funcionarios ni exige una titulación específica para la redacción de tales documentos”. Pero el juez cita en su resolución otro informe que nunca pidió. “Hay una comunicación remitida por la Nueva Asociación de Abogados del Estado por el Estado de Derecho” que, supuestamente, defiende la tesis de que Begoña Gómez no podía firmar ese pliego de condiciones.
Esa Asociación fue fundada en noviembre de 2024 por tres abogados del Estado y la lidera una de ellos, que está jubilado. Lo que se conoce de esta asociación desde que nació es que se dedica a criticar al Gobierno de Pedro Sánchez en medios de comunicación conservadores. De todas estas peculiaridades no habla Peinado en el auto donde mantiene viva la causa contra Gómez por intrusismo profesional basándose en una comunicación de una asociación de abogados del Estado sin apenas socios y que no representa a nadie. También obvia en su auto judicial que la interventora de la Complutense declaró en el juzgado que de acuerdo con las normas internas de la Universidad y con el marco legal que regula esos procesos de contratación pública, los pliegos de prescripciones técnicas tienen que ser firmados por el jefe o la jefa de la unidad, que en este caso era Begoña Gómez. Además, Peinado tampoco se refiere a la documentación incorporada al sumario que acredita que la mujer del presidente firmó los pliegos porque así se lo pidieron desde la universidad.
Corrupción en los negocios
Peinado señala que Gómez logró financiación y respaldo empresarial privado para los proyectos desarrollados durante el funcionamiento de la cátedra en una universidad pública. El juez cree que esas ayudas “aparecen conectadas con una posición de privilegio relacional y con beneficios o expectativas de beneficio recíproco”. En ningún momento Peinado aclara que Begoña Gómez no se lucró con su actividad en la cátedra de la Complutense sino todo lo contrario pues no pudo cobrar ni un euro por su trabajo como codirectora debido a que estaba prohibida cualquier retribución al no ser trabajadora de la universidad. Algo que le explicaron los implicados al juez de manera reiterada. Gómez colaboraba con la Universidad Complutense desde 2012, mucho antes de que su marido fuera secretario general del PSOE. El año que más facturó por las clases que daba apenas alcanzó al salario mínimo interprofesional. Nada de esto cuenta Peinado en su auto. Del supuesto beneficio que sacaron las empresas privadas que financiaron la cátedra no hay una sola prueba en el sumario tras 23 meses de investigación.