La jueza cita como testigo al marido de Ana Millán en la causa por corrupción contra la número 3 de Ayuso
La jueza que investiga por corrupción a Ana Millán ha citado a su marido para que declare como testigo antes de cerrar la investigación y solicitar previsiblemente su imputación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ante el que ahora está aforada la vicepresidenta de la Asamblea madrileña y número 3 del Partido Popular en la Comunidad de Madrid. Juan Pedro Santos Ceballos, esposo de Millán, es uno de los familiares de la ex alcaldesa de Arroyomolinos que se habría beneficiado con un trabajo por parte de un empresario, también imputado, cuando la vicesecretaria de Organización del PP madrileño era concejala en la localidad del sur de Madrid.
La actual titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Navalcarnero ha citado al marido de Millán el 3 de junio, dentro de cuatro meses. La misma jueza ya advirtió del retraso que sufría la instrucción de una causa de corrupción en un juzgado local que actúa como instrucción y primera instancia. Ese mismo día también declarará, como testigo, la que fuera coordinadora del Ayuntamiento de Arroyomolinos, Laura Vallejo del Saz.
La anterior titular de la causa se inhibió en favor del TSJM una vez Millán pasó a estar aforada, gracias a la decisión de Isabel Díaz Ayuso de situarla en una posición privilegiada de las listas electorales de 2023, que le aseguraban salir elegida diputada autonómica y, por tanto, escapar a la acción del juzgado local. Por entonces, Millán ya estaba imputada. Ayuso también la ascendió en el partido hasta el puesto que detenta ahora, equivalente al número 3, solo por detrás de Alfonso Serrano y la propia presidenta.
Una de las sospechas de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil, que ha impulsado el caso, es el ingreso en metálico de más de 50.000 euros por parte de Millán. La número 3 del PP madrileño declaró en el juzgado, como investigada, que ese dinero procedía de los trabajos de hostelería y ocio nocturno de su marido, y que a ella no le gustaba guardar billetes en casa.
La primera citación como testigo de Juan Pedro Santos Ceballo se remonta a hace casi cuatro años, en mayo de 2022. El retraso en su declaración no se debe, por tanto, a la saturación del juzgado. Ocurre que, pese a ser el marido de la antigua alcaldesa de Arroyomolinos y residir en la localidad, el hostelero estaba ilocalizable. La anterior jueza debería haber dictado una exposición razonada antes de enviar el caso al TSJM, razón por la que un magistrado de esa instancia devolvió al juzgado de Navalcarnero las actuaciones a solicitud de la propia Fiscalía.
El representante del Ministerio Público apoya la imputación de Ana Millán por los delitos de tráfico de influencias, cohecho, prevaricación y fraude contra la administración pública, pero consideraba que no se habían practicado todas las diligencias necesarias, entre ellas la declaración de Santos Ceballos, al tiempo que apoyaba la presentación de una exposición razonada pidiendo la imputación de la misma ante el TSJM.
Cuatro empresas de Francisco Roselló, el empresario imputado, fueron adjudicatarias, entre 2006 y 2011, de más de 660.915,21 euros en contratos de la Concejalía de Juventud, al frente de la cual estaba Ana Millán, según los datos que la UCO obtuvo de Hacienda. Cuando Millán cambió de Concejalía, el Ayuntamiento de Arroyomolinos dejó de contratar a Roselló, según destaca la Guardia Civil.
Dentro de ese periodo, entre el 3 de enero de 2008 y el 13 de julio de 2012, Ana Belén Millán recibió 44.462,67 euros de la empresa Neverland, propiedad de Roselló, según consta en los atestados de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil incorporados a la causa. El pago se produjo a través del alquiler de un ático de Millán en el centro de la localidad por parte de una empresa de Roselló, que pagó el doble del precio de mercado. Además, el marido de Millán fue contratado por Roselló como bedel en un colegio y la hermana de la concejala resultó seleccionada por una empresa del investigado como trabajadora social.