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La Justicia ratifica que la agitadora ultra Cristina Seguí debe pagar 6.000 a Ábalos por insultarlo en Twitter

La agitadora ultra Cristina Seguí

Alberto Pozas

6 de mayo de 2024 20:09 h

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La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado que Cristina Seguí, agitadora ultra que impulsó la fallida causa judicial contra Mónica Oltra, debe indemnizar con 6.000 euros a José Luis Ábalos por vulnerar su honor en Twitter. Los jueces de lo civil consideran que la agitadora de extrema derecha insultó en repetidas ocasiones al exministro en internet y le acusó de diversas irregularidades sin ninguna prueba: “Como si sólo por existir publicaciones o polémicas al respecto, tuvieren que tomarse por ciertas o veraces”, dice el tribunal madrileño.

Cristina Seguí fue una de las fundadoras de Vox en València, partido del que se desvinculó a finales de 2014. Desde entonces ha aumentado su presencia en medios de comunicación vinculados al perfil de ultraderecha, ha publicado libros contra el feminismo y ha fundado una asociación que ejerció la acusación contra la exvicepresidenta Mónica Oltra en la causa, recientemente archivada, en la que se investigó si ayudó a encubrir los abusos de su exmarido a una menor de edad. En este caso, la víctima de los abusos ha cargado contra los abogados de la acusación y contra la propia Seguí. También se enfrenta a cuatro años de cárcel por difundir un vídeo de unas niñas víctimas de una violación.

La Justicia puso la lupa sobre los tuits que Seguí dedicó a José Luis Ábalos entre diciembre de 2020 y abril de 2021 en su cuenta que entonces sumaba casi 180.000 seguidores. Tuits en los que, por ejemplo, se refería al entonces ministro como “engendro, producto mediocre y moralmente tarado”, hablaba de su “poca higiene”, le acusaba de “desviar millones” a través de una ONG y afirmaba, entre otras cosas, que había tenido varias “amantes”.

En primera instancia, el juzgado entendió que los tuits “de contenido íntimo y sexual” de Seguí afectaron al honor de Ábalos. “Por todo ello no puede acogerse la libertad de expresión deba prevalecer en el presente caso”, dijo esa primera sentencia que ahora confirma la Audiencia Provincial de Madrid. Los tuits de Seguí, dicen los jueces, no eran “mera opinión” y todo lo que decía sobre el entonces ministro de Fomento y hoy diputado “ni estaba mínimamente acreditado ni contrastado”. 

Los jueces confirman la condena de 6.000 euros de la comunicadora ultra, que entre otras cosas alegó que se limitó a comentar publicaciones en medios de comunicación sobre la vida privada de Ábalos. “Como si sólo por ello, es decir, por existir publicaciones o polémicas al respecto, tuvieren que tomarse por ciertas o veraces. No se alegó siquiera una mínima y razonable diligencia a la hora de contrastar tales hechos”, reprochan los jueces.

Las referencias que hizo Seguí en su cuenta de Twitter “ninguna relación guardan con la posible discrepancia política o con la posible crítica a la gestión de intereses públicos o generales”, explica la Audiencia de Madrid. La agitadora ultra, condenada además a pagar las costas del proceso, todavía puede acudir a la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo a reclamar la eliminación de la condena.

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