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Nueve ciudadanos de Madrid elegidos por sorteo: cómo funciona un jurado popular como el del caso contra Begoña Gómez

Begoña Gómez, esposa del presidente del gobierno Pedro Sánchez, en la comisión de investigación de la Asamblea de Madrid. EFE/Javier Lizón

elDiario.es

21 de junio de 2026 14:45 h

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El juez Juan Carlos Peinado ha abocado este sábado a Begoña Gómez a ser juzgada ante un tribunal del jurado, a falta de que la Audiencia Provincial de Madrid resuelva los recursos pendientes. Peinado imputa a la esposa del presidente del Gobierno delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios en el sector privado entre particulares, apropiación indebida y malversación de caudales públicos.

Si todo sigue adelante por esa vía, serán nueve ciudadanos, elegidos por sorteo, los encargados de decidir si se creen a las acusaciones o a las defensas. En España, la composición de los nueve miembros y dos suplentes del jurado se decide entre los vecinos de un mismo municipio, dentro de la provincia en la que se ha cometido el delito, según la Ley del Tribunal del Jurado, que data de 1995. Tienen que ser españoles y mayores de edad, saber leer y escribir, poder ejercer sus derechos políticos y no tener una discapacidad psíquica o física que impida el desempeño de sus funciones.

La mayoría de las sentencias emitidas por un jurado popular son condenatorias. Según los últimos datos del Consejo General del Poder Judicial, que datan de hace una década, 2016, el 92,3% del total (193 de 209) fueron condenatorias.

¿Cómo se forma el jurado?

La lista de candidatos a jurado −que podrán ser llamados o no− se realiza cada dos años por sorteo dentro del censo electoral. Hay varios impedimentos: estar procesado, cumplir condena por delito doloso o estar suspendido de cargo público, entre otras. Tampoco pueden formar parte de un jurado popular los diputados y senadores, la familia real o los miembros en activo de la carrera judicial y fiscal; así como las personas que tengan vínculos familiares, amistad o interés directo o indirecto en la causa.

Cada vez que hay una causa, con una antelación de un mes con respecto a la primera vista del juicio, se hace un sorteo de entre los candidatos a jurados de la lista para elegir a 36 candidatos. Hay un periodo de excusas en el que los candidatos pueden exponer sus motivos para no participar en un cuestionario. La Fiscalía y las demás partes, a quienes se ha debido entregar previamente el cuestionario que han respondido los candidatos a jurados, podrán formular recusación por concurrir falta de requisitos o cualquiera de las causas de incapacidad o incompatibilidad. Y después de esto, si todavía quedan al menos 20 ciudadanos, se procederá a otro sorteo para seleccionar a los nueve jurados que formarán parte del Tribunal, y otros dos más como suplentes.

¿Qué delitos se pueden juzgar?

Los ciudadanos de a pie solo pueden enjuiciar delitos contra las personas, los cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos, contra el honor y contra la libertad y seguridad. Entre estos delitos está incluida la malversación de caudales públicos, como ocurre en este caso, aunque son pocos los casos de este tipo que enjuician.

¿Se puede recusar a los miembros elegidos?

Sí. Las partes, después de formular las preguntas que quieran (y que el magistrado que preside el tribunal declare pertinentes) podrán recusar sin alegar ningún motivo determinado hasta cuatro por parte de las acusaciones y otros cuatro por parte de las defensas, según recoge la Ley.

¿Qué ocurre durante el juicio?

Los miembros del jurado tienen derecho a ausentarse del trabajo de forma justificada y la Ley contempla una retribución por cada día que dure el juicio de 67 euros, además de indemnizaciones por gastos de viaje en vehículo particular, alojamiento y gastos de manutención en caso de ser necesarios.

Los ciudadanos tienen que pronunciarse sobre los hechos, pero nunca realizan calificaciones jurídicas. Durante el desarrollo del juicio, el tribunal puede realizar preguntas a los testigos, acusados y peritos. El juez es el encargado de decidir si las cuestiones son procedentes o no, como en cualquier otro proceso.

Al final, el presidente del tribunal tiene que entregarles una hoja con los hechos concretos para que ellos declaren si han sido probados o no probados, y deben emitir un veredicto de culpabilidad o inocencia. Para el de culpabilidad se necesitan siete votos, mientras que para la inocencia son cinco. Es el magistrado el que debe dar forma jurídica al veredicto y acatarlo, salvo que se produzcan contradicciones en los hechos probados o haya defectos en la votación.

¿Qué ocurre en los casos mediáticos?

Durante la deliberación, los nueve ciudadanos permanecen incomunicados con el exterior. De esta forma se pretende evitar la influencia que puede tener la información de los medios de comunicación o incluso que la realización de llamadas relacionadas con el caso, por ejemplo.

Eso no quita que, en casos como este, los ciudadanos ya conozcan cómo ha transcurrido el procedimiento: el juez Peinado lleva más de dos años investigando a Begoña Gómez y ha cerrado la instrucción cuando quedan un par de meses para su jubilación.

La causa de los trajes de Francisco Camps es otro de los ejemplos de juicio con mucha relevancia mediática: en 2012, el jurado le declaró a él y al exdirigente regional del PP Ricardo Costa “no culpables” por cinco votos a cuatro de un delito de cohecho pasivo impropio al no considerar demostrado que la trama Gürtel le hubiera regalado unos trajes de Milano. Un militante del PP que había estado presente en todas las sesiones del juicio, Carlos Lirio, fue fotografiado en la terraza del hotel donde se alojaba el jurado. El Supremo confirmó la decisión un año después.

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